VISTO: la gestión presentada por la Sra. María Fernanda Fittipaldi;
RESULTANDO: 1o.) que por la misma solicita la exoneración de la obligación del pago de los derechos de uso de espacio público correspondientes al quiosco fijo ubicado en Avenida Uruguay a 20 metros de la calle Arenal Grande, que le fuera otorgado por Resolución Nº 332/00 de 27 de abril de 2000;
2o.) que el quiosco de referencia se encuentra emplazado en el entorno de las obras de ampliación y reciclaje del local de la ex-Carnicería Municipal;
3o.) que por tal motivo resultó necesaria su remoción a una zona próxima a su ubicación original, donde se comprueba que la empalizada existente anula parte del tránsito peatonal perjudicando la actividad comercial del mismo;
4o.) que en mérito a ello la Unidad Gestión Comercial sugiere la rebaja del 50% de los derechos mensuales a abonar por la permisaria, así como la exoneración de la cuota parte de los derechos anuales, por el período en que se mantenga dicha situación;
CONSIDERANDO: que por lo expuesto la Dirección General del Departamento de Desarrollo Económico e Integración Regional eleva actuaciones solicitando el dictado de resolución en el sentido indicado;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
RESUELVE:
1.- Eximir, a la Sra. MARIA FERNANDA FITTIPALDI, C.I. Nº 4.331.596-3 del pago, del 50% (cincuenta por ciento) del total de las obligaciones por uso de espacio público correspondientes al quiosco fijo ubicado en la Avenida Uruguay esquina Arenal Grande.
2.- Comuníquese al Servicio Central de Inspección General para su notificación y pase a la División Promoción Económica a sus efectos.