Resolución N° 4117/01
Nro de Expediente:
4701-007921-00
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
29/10/2001


Tema:
CONVENIO-CONTRATO

Resumen:
Aprobar Convenio I.M.M.-Comisión Administradora del Complejo América, terminal ómnibus.-

Montevideo, 29 de Octubre de 2001.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con el traslado de la Terminal de ómnibus ubicada en la calle Santiago de Compostela casi la de Yegros, Complejo América;
        RESULTANDO: 1º) que la Unidad de Planificación del Transporte Urbano informa que: a) en el mes de noviembre de 1995, se formalizó un convenio entre la Cooperativa "COFAVI 90" y esta Intendencia representada por la Junta Local Zona Nº 12 y el Concejo Vecinal, por el cual la referida cooperativa en formación, cedía el terreno y la Intendencia construiría las instalaciones para la terminal; b) al terminarse la construcción del complejo de viviendas, se hizo evidente la incompatibilidad de una terminal dentro de una cooperativa de vivienda; c) se propicia el traslado de la mencionada terminal hacia las calles Andrés y P. Bonmgsadri, por parte de la Intendencia con la consecuente prolongación de los recorridos de las líneas involucradas y autorizar la construcción por parte del Complejo Habitacional América de la infraestructura para la nueva terminal; d) el terreno donde se proyecta construir pertenece al Banco Hipotecario del Uruguay y está cedido en comodato precario a la Comisión Administradora del Complejo América, quién presentó los recaudos gráficos y memorias que refieren al nuevo local y e) el Banco Hipotecario del Uruguay según Acta de Directorio Nº 13.639 del 1º/XII/99 prestó conformidad a la construcción de la citada terminal;
        2º) que la División Tránsito y Transporte propicia la realización de un convenio a los efectos de habilitar la construcción de acuerdo con los planos que lucen a fs. 74 y fs. 75 de estas actuaciones, a través de la supervisión técnica y el contralor profesional de esta División;
        3º) que la División Espacios Públicos y Edificaciones presta su conformidad, y sugiere la aprobación del proyecto de convenio que luce de fs 78 a fs. 79 de estas actuaciones;
        4º) que la Junta Local Zona Nº 12 tomo conocimiento;
        CONSIDERANDO: que el Departamento de Acondicionamiento Urbano entiende que la propuesta presentada contempla adecuadamente los objetivos de esta Administración, de posibilitar mejoras en beneficio de la comunidad mediante el aporte privado, por lo que corresponde la aprobación del convenio respectivo;
        EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1º.- Aprobar el siguiente texto de Convenio a celebrarse entre esta Intendencia Municipal y la Comisión Administradora del Complejo América:
        PROYECTO DE CONVENIO
        CONVENIO DE PATROCINIO.- En la ciudad de Montevideo a los ............. días del mes de ............... de ........................- POR UNA PARTE: La Intendencia Municipal de Montevideo (en adelante la Intendencia), con domicilio en la Avda. 18 de Julio N° 1360, representada por ................. .- POR OTRA PARTE: La Comisión Administradora del Complejo América (en adelante la Comisión), con domicilio en ................., representados por ....................- CONVIENEN: en la celebración de lo siguiente: PRIMERO: ANTECEDENTES.- I) A los efectos de brindar un mejor servicio de transporte público para la zona, la Intendencia ha mantenido contactos con la Comisión acordándose el traslado de la terminal de ómnibus ubicada actualmente en la calle Santiago de Compostela casi la de Yegros, a la esquina de la calle Andrés y calle P. Bonmgsadri. II) Dicho Complejo se asienta sobre un terreno de propiedad del Banco Hipotecario del Uruguay el cual fue cedido en comodato a los mismos por Convenio celebrado con fecha 3/IV/96, autorizado por resolución del Directorio de dicha Institución el 1º/XII/99.- SEGUNDO: OBJETO.- El objeto del presente convenio es la construcción sobre dicho terreno de una casilla de terminal de ómnibus para los funcionarios de las compañías de transporte colectivo con terminación en la calle Andrés con la calle P. Bonmgsadri, cuya ubicación se grafica en el Plano de ubicación agregado a fs. 75 del Expediente Nº 4701-007921-00.- TERCERO: OBLIGACIONES DE LAS PARTES.- I) La Comisión se compromete a: 1) construir sobre el referido espacio una casilla de terminal de ómnibus según tipo A de la Intendencia de acuerdo al plano agregado a fs. 74 del referido expediente, aportando la totalidad de los materiales e instalaciones que fueren necesarios para la ejecución de las obras proyectadas, aceptando para ello la supervisión técnica y el contralor profesional de la División Tránsito y Transporte; 2) delimitar la superficie en cuestión de manera que separe claramente dicha construcción del resto del terreno de la Comisión. II) La Intendencia se compromete a: 1) exigir a las empresas de transporte colectivo usufructuarias del local objeto del Convenio su correcto uso, así como el mantenimiento de su higiene y normas de convivencia ciudadana; 2) realizar la gestión que le puede corresponder en la supervisión técnica y el contralor profesional de las construcciones, según planos adjuntos al expediente antes referido.- CUARTO: RESPONSABILIDAD.- La Comisión asume la responsabilidad jurídica y económica que pudiera derivarse de los actos, hechos y actividades cuya ejecución toma a su cargo por este convenio y en especial asume todas las responsabilidades respecto a las contrataciones y subcontrataciones que pueda efectuar con terceros, así como de las consecuencias que de ella se deriven, excluyendo a la Intendencia de toda responsabilidad.- QUINTO: PLAZO DE EJECUCION DE LAS OBRAS.- La fecha de inicio de los trabajos que por este Convenio se obliga a realizar la Comisión así como la de su finalización, se establecerá de común acuerdo con el Servicio que supervisará el cumplimiento de este Convenio, estableciéndose un plazo de 2 (dos) meses para la culminación de los mismos a contar de su inicio. A tales efectos la Comisión deberá presentar un cronograma de actividades para su aprobación.- SEXTO: SUPERVISION.- La Intendencia, por intermedio del Servicio Centro Comunal Zonal Nº 12, supervisará el cumplimiento del presente Convenio.- SEPTIMO: INCUMPLIMIENTO.- En caso de incumplimiento de alguna de las obligaciones asumidas por el particular, dará lugar a que la Intendencia previa constatación del mismo, resuelva de pleno derecho este Convenio, sin derecho de aquél a reclamación o indemnización de especie alguna.- OCTAVO: ESTIPULACIONES ESPECIALES.- Las partes acuerdan: a) la indivisibilidad de las obligaciones asumidas; b) constituir domicilios especiales para todos los efectos judiciales o extrajudiciales a que dé lugar este convenio en los indicados como suyos en la comparecencia; c) darle plena validez a las comunicaciones efectuadas entre sí por telegrama colacionado; d) pactar la mora automática y e) que una vez acordado el cese del presente convenio, las partes no tendrán derecho a reclamos de especie alguna. Para constancia y en señal de conformidad se suscriben tres ejemplares del mismo tenor en el lugar y fecha indicados en el acápite.-
        2º.- Delegar en el Director General del Departamento de Acondicionamiento Urbano la facultad de suscribir el convenio que se aprueba por el numeral que precede.-
        3º.- Autorizar al Presidente y Secretario del la Junta Local Zona Nº 12 a firmar el presente convenio.-
        4º.- Comuníquese al Departamento de Descentralización para su conocimiento y el del Servicio Centro Comunal Zonal Nº 12, a las Divisiones Tránsito y Transporte y Espacios Públicos y Edificaciones y pase al Departamento de Acondicionamiento Urbano.-
ARQ. MARIANO ARANA, Intendente Municipal.-
DRA. MARIA JULIA MUÑOZ, Secretaria General.-