Resolución N° 2812/99/2000
Nro de Expediente:
2230-008301-99
 
RECURSOS FINANCIEROS
Fecha de Aprobación:
27/8/1999


Tema:
EXONERACIONES - MULTAS Y RECARGOS

Resumen:
Se aplica el Art. 25o. del Decreto No. 27.803 a la deuda de impuestos domiciliarios del padrón No. 65.539.

Montevideo, 27 de Agosto de 1999.-
 
        VISTO: la gestión de la Sra. Mariela Quijano Pi solicitando desglose de la deuda de impuestos domiciliarios del inmueble padrón No. 65.539, ubicado en la calle Alberto Zum Felde S/N, por encontrarse prescripta parte de ella, de acuerdo con las disposiciones legales vigentes;
        RESULTANDO: que el Servicio de Gestión de Cobro de Morosos informa que a través del Nodo Informático se procedió a corregir la emisión de valores bajando el período prescripto. Sin embargo el monto inicial se ha incrementado por el tiempo que demoró en resolverse este expediente iniciado el 30/11/98, por lo que correspondería, si se entiende conveniente, actualizar la deuda desde noviembre de 1998 de conformidad con lo dispuesto por el Art. 25o. del Decreto No. 27.803;
        CONSIDERANDO: que la División Administración Fiscal informa que se entiende procedente la aplicación del Art. 25o. del Decreto Departamental No. 27.803 desde el mes de noviembre de 1998 a la fecha, dado que el trámite se ha demorado por causas imputables a la Administración;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO DE RECURSOS FINANCIEROS
        RESUELVE:
        1o.- Declarar exonerada a la Sra. Mariela Quijano Pi del pago de la multa y recargos emergentes de la deuda que mantiene con esta Comuna, por concepto de impuestos domiciliarios respecto del inmueble padrón No. 65.539, ubicado en la calle Alberto Zum Felde S/N, desde noviembre de 1998 a la fecha.-
        2o.- Disponer que las sumas adeudadas se reajustarán por el Indice de Precios al Consumo (IPC), a partir del mes de noviembre de 1998 y hasta el mes inmediato anterior al de su pago efectivo.-
        3o.- Establecer un plazo de 30 días a partir de la fecha de notificación de la presente Resolución para hacer efectivo el pago de lo adeudado o celebrar convenio de pago. Pasado este plazo la deuda generará la multa y recargos establecidos por la normativa vigente.-
        4o.- Pase al Servicio de Ingresos Inmobiliarios para su cumplimiento.-

Cr. HUGO DIAZ, Director General del Departamento de Recursos Financieros.-