Resolución N° 5581/23
Nro de Expediente:
2022-5500-98-000136
 
GESTIÓN HUMANA Y RECURSOS MATERIALES
Fecha de Aprobación:
27/11/2023


Tema:
COMPENSACIONES ADICIONALES

Resumen:
COMPENSACIONES ADICIONALES - SE PRORROGA EL PAGO DE LA COMPENSACIÓN ESPECIAL MENSUAL, A LA FUNCIONARIA DEL INSTITUTO DEL NIÑO Y EL ADOLESCENTE DEL URUGUAY, EN COMISIÓN EN ESTA INTENDENCIA, SRA. ELENA MUÑOZ, EQUIVALENTE A LA DIFERENCIA ENTRE LA REMUNERACIÓN QUE PERCIBE EN SU ORGANISMO DE ORIGEN Y LA CORRESPONDIENTE A UN GRADO SIR 18 EN RÉGIMEN DE 6 HORAS DIARIAS DE LABOR, A PARTIR DE SU VENCIMIENTO Y HASTA EL 31 DE DICIEMBRE DE 2024.-

Montevideo, 27 de Noviembre de 2023.-
 

                          VISTO: las presentes actuaciones promovidas por el Departamento de Desarrollo Social;

                         RESULTANDO: 1°.) que solicita prorrogar a partir de su vencimiento y hasta el 31 de diciembre de 2024, el pago de la compensación especial mensual, a la funcionaria del Instituto del Niño y el Adolescente del Uruguay, en comisión en esta Intendencia, Sra. Elena Muñoz, otorgada por Resolución Nº 0739/22 de fecha 14 de febrero de 2022 y cuya última prórroga fue dispuesta por Resolución Nº 1219/23 de fecha 6 de marzo de 2023, equivalente a la diferencia entre la remuneración que percibe en su organismo de origen y la correspondiente a un Grado SIR 18 en régimen de 6 (seis) horas diarias de labor,  en tanto se mantienen los motivos que dieron lugar a su otorgamiento;

2º.) que el Servicio Gestión de Retribuciones informa en actuación Nº 56 el monto de la diferencia salarial de que se trata;

                         CONSIDERANDO: que el Departamento de Gestión Humana y Recursos Materiales estima procedente el dictado de resolución en el sentido solicitado;

LA INTENDENTA DE MONTEVIDEO

RESUELVE:

1º.- Prorrogar el pago de la compensación especial mensual, según el monto indicado en actuación Nº 56, a la funcionaria del Instituto del Niño y el Adolescente del Uruguay, en comisión en esta Intendencia, Sra. Elena Muñoz, CI Nº 1.471.213, equivalente a la diferencia entre la remuneración que percibe en su organismo de origen y la correspondiente a un Grado SIR 18 en régimen de 6 (seis) horas diarias de labor, a partir de su vencimiento y hasta el 31 de diciembre de 2024.-

2º.- Establecer que la erogación resultante será atendida con cargo a los Rubros, Subrubros y Renglones que corresponda según tabla de equivalencia con los códigos de liquidación de haberes.-

3º.- Comuníquese al Departamento de Desarrollo Social, para la notificación correspondiente, a los Servicios de Administración de Gestión Humana, de Planeamiento Estratégico de Gestión Humana, a la Unidad Información de Personal y previa intervención de Contaduría General pase al Servicio Gestión de Retribuciones, a sus efectos.-

 

ANA CAROLINA COSSE GARRIDO, INTENDENTA DE MONTEVIDEO.-

OLGA BEATRIZ OTEGUI PINTOS, SECRETARIA GENERAL.-