Resolución N° 4052/01
Nro de Expediente:
4102-007100-98
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
23/10/2001


Tema:
CONVENIO-CONTRATO

Resumen:
Convenio IMM- Asoc. Paseo Cultural de Ciudad Vieja, equipamiento urbano.-

Montevideo, 23 de Octubre de 2001.-
 
        VISTO: la propuesta presentada por la Asociación Paseo Cultural de Ciudad Vieja, referente al equipamiento urbano de los retiros frontales de los edificios Presidente y Artigas, ubicados en la esquina Sudeste de las calles Rincón y Treinta y Tres;
        RESULTANDO: 1º) que la propuesta cuenta con la aprobación de la Comisión Especial Permanente de la Ciudad Vieja y la Junta Local Zona Nº 1;
        2º) que el Servicio Gestión de los Espacios Públicos considera de interés los propuesto;
        3º) que las obras comprenden la creación de una microplaza con equipamiento urbano, cuyo costo estimado es de U$S 110.000;
        4º) que como contrapartida se dispuso la exoneración de hasta un 50% de la Contribución Inmobiliaria de los predios empadronados con los Nos. 4.692, 3.152 y 3.154 por el período 2000-2002, conforme al Decreto Departamental Nº 29.306 del 14/XII/00, promulgado por Resolución Nº 4814/00 del 26/XII/00;
        5º) que la Unidad Concesiones elaboró el texto de convenio a celebrarse entre las partes, según consta a fs. 10 del expediente Nº 4102-007100-98;
        6º) que la División Espacios Públicos y Edificaciones propicia su aprobación;
        CONSIDERANDO: que el Departamento de Acondicionamiento Urbano entiende que la propuesta presentada contempla adecuadamente los objetivos de esta Administración, de posibilitar la concreción de mejoras en los espacios públicos con el aporte privado, por lo que corresponde la aprobación del convenio respectivo;
        EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1º.- Aprobar el siguiente texto de Convenio a celebrarse entre esta Intendencia Municipal y la Asociación Paseo Cultural de la Ciudad Vieja:
        PROYECTO DE CONVENIO
        CONVENIO.- En la ciudad de Montevideo a los ............... días del mes de ................de .......................- POR UNA PARTE: La Intendencia Municipal de Montevideo (en adelante la Intendencia), con domicilio en la Avda. 18 de Julio N° 1360, representada por ......................... POR OTRA PARTE: La Asociación Paseo Cultural de la Ciudad Vieja, (en adelante la Asociación), con domicilio en la calle Bartolomé Mitre Nº 1356 of. 203, representada por ..................- CONVIENEN: en la celebración de lo siguiente: PRIMERO: ANTECEDENTES.- I) La Asociación presentó una propuesta que consta en el expediente Nº 4102-007100-98, relativa al equipamiento urbano de los retiros frontales de los edificios Presidente y Artigas, ubicados en la esquina Sudeste de las calles Rincón y Treinta y Tres. II) La Comisión Especial Permanente de la Ciudad Vieja aprobó la propuesta, dado que la misma redundaría en una mejora de la zona, así como del entorno en que se inscribe. III) Es interés de las partes, mejorar las condiciones en que se encuentra el mencionado espacio público y de esta manera lograr un uso apropiado para los vecinos y turistas.- SEGUNDO: OBJETO.- Atendiendo a lo expuesto en la Cláusula anterior y en el marco de lo dispuesto en el Decreto Departamental Nº 25.398 del 19/XII/91, el objeto del este convenio consiste en la instrumentación de la colaboración ofrecida por la Asociación, destinada a mantener y embellecer el espacio público de referencia.- TERCERO: APORTE DE LA COMISION.- En consecuencia la Asociación se compromete en el espacio antes referido, a hacerse cargo de las siguientes actividades: 1) establecimiento de microplazas equipadas con bancos, faroles y árboles; 2) en el ángulo esquina se implantará una escultura de Octavio Podestá, sobre la pared medianera del Edificio Rincón, se colocará un alto relieve de Enrique Broglia y en la medianera de la calle Treinta y Tres se realizará una reproducción mural de Manuel Pailós, dotando al espacio de un contundente e inusual aporte plástico; se colocarán dos carteleras una ubicada sobre la calle Rincón y otras sobre la calle Treinta y Tres que brindarán información acerca de las obras y sus artistas, los textos se presentarán en español e inglés; la conjunción de tres importantes obras de artistas nacionales vivos con amplio reconocimiento internacional permitirá acercar y difundir el arte uruguayo al masivo público que transita y visita la Ciudad Vieja (escuelas, liceos, turistas, etc.); 3) sustitución del kiosco existentes sobre la calle Treinta y Tres por uno proyectado por el Arq. Leo Ravera, aprobado por la Comisión Especial Permanente de la Ciudad Vieja en sesión Nº 855 del 6/II/01; 4) acondicionamiento y limpieza permanente del espacio de referencia; 5) plantación y mantenimiento permanente de las especies vegetales que se coloquen en el área de referencia con el asesoramiento y supervisión del Servicio Gestión de los Espacios Públicos y 6) vigilancia del área durante las 24 (veinticuatro) horas del día durante la vigencia del presente convenio. Los trabajos a realizarse en el espacio de referencia deberán ajustarse en un todo al proyecto (Estudio López Rey y Leo Ravera) oportunamente aprobado por la Comisión Especial Permanente de la Ciudad Vieja con fecha 2 de diciembre de 1998, el cual se considera parte integrante del presente convenio.- CUARTO: La Asociación no podrá realizar ninguna obra, implantación de equipamiento, cartelería o cualquier intervención sin previa autorización de la Intendencia a través de la Comisión Especial Permanente de la Ciudad Vieja. Se establece asimismo, que los aspectos no especificados en el proyecto, deberán contar con la aprobación expresa de los servicios competentes.- QUINTO: PLAZO.- El plazo del presente convenio es de tres años a partir de la fecha de su celebración, renovables automáticamente por períodos iguales.- SEXTO: SUPERVISION.- La Intendencia supervisará, a través de la Comisión Especial Permanente de la Ciudad Vieja, La Junta Local Zona Nº 1 y el Servicio Gestión de los Espacios Públicos, el cumplimiento del presente convenio.- SEPTIMO: INCUMPLIMIENTO.- En caso de que de la supervisión surja el incumplimiento por parte de la Asociación, la Intendencia quedará habilitada a dejar sin efecto unilateralmente este convenio sin posibilidad de reclamación alguna de la contraparte.- OCTAVO: PUBLICIDAD.- La Asociación tendrá derecho a que la Intendencia deje constancia de su colaboración en el espacio público referido. Para constancia y en señal de conformidad se suscriben tres ejemplares del mismo tenor en el lugar y fecha indicados en el acápite.-
        2º.- Delegar en el Director General del Departamento de Acondicionamiento Urbano la facultad de suscribir el convenio que se aprueba por el numeral que precede..-
        3º.- Comuníquese al Departamento de Descentralización para conocimiento de la Junta Local Zona Nº 1, a la Comisión Especial Permanente de la Ciudad Vieja, al Servicio Gestión de los Espacios Públicos y pase al Departamento de Acondicionamiento Urbano.-
ARQ. MARIANO ARANA, Intendente Municipal.-
DRA. MARIA JULIA MUÑOZ, Secretaria General.-