Resolución N° 135/25/1000
Nro de Expediente:
2024-5220-98-001981
 
SECRETARIA GENERAL
Fecha de Aprobación:
21/1/2025


Tema:
MULTAS

Resumen:
Se aplica una multa de UR 50 a la empresa Espina Obras Hidráulicas SA, por la constatación del transporte de residuos sin la habilitación correspondiente.-

Montevideo, 21 de Enero de 2025.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el vehículo matrícula SCL 8730, padrón 902805573, responsabilidad de la empresa Espina Obras Hidráulicas SA, RUT 213598490013, con domicilio a estos efectos en la calle Hervidero N.º 3039 y correo electrónico: mbeloqui@espina.com.uy;
        RESULTANDO: 1o.) que el Servicio de Convivencia Departamental informa que personal inspectivo constató el transporte de residuos sin la correspondiente habilitación cuando dicho vehículo circulaba por la calle Jorge García frente al N.º 171, labrándose Acta N.º 15408 de 04/11/24;
        2o.) que de acuerdo a lo dispuesto por el artículo R.69 del Volumen II del Digesto Departamental se otorgó vista a efectos de la formulación de descargos, no siendo de recibo los presentados;
        3o.) que en tal sentido el citado Servicio sugiere aplicar una multa de UR 50 por infringir lo dispuesto en artículo D.1928.2 del Volumen VI "Higiene y Asistencia Social" del Digesto Departamental y conforme a lo establecido en el artículo D.1928.14, literal a) del mismo cuerpo normativo;
        4o.) que la Prosecretaría General remite las actuaciones para el dictado de la correspondiente resolución;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales de acuerdo al Decreto N.º
        34.134 de 12/04/12 y la Resolución N.º 2287/13 de 03/06/13;

        2o.) que por Resolución N.º 4242/20 de 1/12/20, confirmada por Resolución N.º 2973/24 de 12/07/24, se delegó en la Secretaría General la facultad de aplicar multas de hasta un monto de UR 55;
        LA DIRECCIÓN GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE SECRETARÍA GENERAL EN EJERCICIO
        DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de UR 50 (unidades reajustables cincuenta) a la empresa Espina Obras Hidráulicas SA, RUT 213598490013, con domicilio a estos efectos en la calle Hervidero N.º 3039 y correo electrónico: mbeloqui@espina.com.uy, por los motivos indicados en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Disponer que transcurrido el plazo de 30 (treinta) días, si la multa permaneciera impaga, el Servicio de Convivencia Departamental comunicará a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes a los efectos de gestionar el cobro.-
        3.- Comuníquese a la Asesoría de Desarrollo Municipal a sus efectos, al Servicio Gestión de Contribuyentes y pase al Servicio de Convivencia Departamental para la notificación correspondiente y demás efectos.-

Ing. Agr. Olga Otegui, Secretaria General.-