Resolución N° 1486/06
Nro de Expediente:
3020-000377-05
 
DESARROLLO AMBIENTAL
Fecha de Aprobación:
8/5/2006


Tema:
CONVENIOS

Resumen:
Se aprueba proyecto de Convenio a suscribiese con la Intendencia Municipal de Montevideo y la Ong. Acción Promocional 18 de Julio por tareas de mantenimiento de taludes de drenaje.

Montevideo, 8 de Mayo de 2006.-
 
      VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el llamado público a licitación entre Ong's, integrantes del Registro aprobado por la Resolución No. 13754/93, con el objeto de realizar experiencias educativo-laborales, en aquellos sectores sociales que presentan dificultades de inserción laboral, por falta de experiencia y con jóvenes en condiciones de riesgo social;
      RESULTANDO: 1o.) que en dicho marco de colaboración, se ha programado, con el fin de proporcionar una primer experiencia educativo laboral, la realización por jóvenes de las zonas 10 y 11, de tareas realizadas bajo la supervisión del Servicio de Operación y Mantenimiento de Saneamiento, así como, desmalezamientos y retiro de residuos preexistentes y los generados por el trabajo;
      2o.) que a la mencionada Licitación se presentó sólo la Organización No Gubernamental Acción Promocional 18 de Julio;
      3o.) que el Tribunal actuante, sugiere la adjudicación de las tareas a la Ong Acción Promocional 18 de Julio, por considerar que la propuesta presentada reúne las condiciones exigidas en el llamado;
      CONSIDERANDO: 1o.) que el Servicio de Escribanía y la Asesoría Jurídica informan, que el Convenio a firmar con la Asociación Civil "Acción Promocional 18 de Julio", se ubica en el marco de Donación Modal;
      2o.) que el Convenio proyectado regirá a partir de su firma, debiendo esta Comuna transferir como donación modal, la suma total que asciende a $ 4:179.426,oo;
      3o.) que la Oficina de Gestión Presupuestal del Departamento de Desarrollo Ambiental, realizó la imputación SEFI 90901, por la suma de $ 2:420.000,oo, monto que se considera suficiente para los gastos del presente ejercicio;
      4o.) que la Directora General del Departamento de Desarrollo Ambiental es de opinión favorable en que se apruebe el Proyecto de Convenio, propuesto;
      EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
      RESUELVE:
      1o.-Aprobar el Proyecto de Convenio a suscribirse entre la Intendencia Municipal de Montevideo y la Institución Acción Promocional 18 de Julio: DONACIÓN MODAL: En la ciudad de Montevideo a los….días del mes de ……… de dos mil seis entre: POR UNA PARTE: la Intendencia Municipal de Montevideo, (en adelante, la IMM), R.U.C 211763350018, con domicilio en esta ciudad en la Avda. 18 de Julio No. 1360, representada en este acto por ***, en su calidad de Director General del Departamento de Desarrollo Ambiental, POR OTRA PARTE La Asociación Civil “Acción Promocional 18 de Julio” (en adelante, la Asociación), representado en este acto por la *** , en sus calidades de ***,. constituyendo domicilio en la calle Chimborazo No. 3266, R.U.C 490 607 0018 convienen celebrar lo siguiente: PRIMERO: Antecedentes.- I) La presente donación se enmarca en las políticas sociales que la IMM desarrolla, mediante un llamado público a Organizaciones No Gubernamentales integrantes del Registro aprobado por Resolución Nº 13.754/93, con el objetivo de colaborar con aquellos sectores sociales que presentan dificultades para su inclusión social e inserción laboral, como primera experiencia educativo – laboral dirigido a jóvenes de 18 a 29 años, en condiciones de riesgo social. La política social de empleo –por medio de los convenios educativos laborales- apunta a la promoción de un proceso, a través del cual, el joven incorpore herramientas que colaboren a mejorar su condición. En este marco se conceptualiza el trabajo como instrumento pedagógico y socializador. De este modo, el trabajo constituye un ámbito estructurador que posibilita: a) reforzar la identidad, b) desarrollar y profundizar los vínculos en las diferentes situaciones de trabajo: responsabilidad, derechos y deberes, relacionamiento con autoridad, hábito de trabajo y c) incorporar normas formales de conductas sociales, estableciendo redes vinculares. II) La Asociación Civil “Acción Promocional 18 de julio” es una Asociación no Gubernamental, sin fines de lucro. En este marco reseñado y dentro de su propio objetivo, que la Asociación propone la realización de experiencias educativo-laborales de jóvenes entre 18 y 29 años de edad, de ambos sexos, provenientes de la zona de influencia. III) La Asociación propone la realización de experiencias educativo – laborales de jóvenes entre 18 y 23 años de edad, de ambos sexos, provenientes de la zona de acción de la Asociación (Zona 10 y 11), pertenecer o estar relacionado con alguno de los grupos o Programas de la Asociación, estar desocupados/as al momento de ser convocados, dando prioridad a aquellos/as que tengan hijos a cargo y estar en situación de alta vulnerabilidad, para lo cual solicita la colaboración de la IMM y ésta entiende que pueden cumplirse realizando tareas programadas de mantenimiento de taludes de drenaje pluviales y limpieza del cauce de hormigón en la ciudad de Montevideo. SEGUNDO: Objeto.- La IMM donará a la Asociación, la suma de pesos uruguayos cuatro millones ciento setenta y nueve mil cuatrocientos veintiséis ($ 4.179.426,oo), que se entregarán de la siguiente forma: una partida inicial a los 10 días de celebrado este contrato por un monto de seiscientos sesenta mil cuatrocientos setenta y cuatro pesos uruguayos ($ 660.474,oo), la que será entregada por única vez y no estará sujeta a ajustes económicos de tipo alguno durante el plazo contractual y 12 cuotas iguales y consecutivas de doscientos noventa y tres mil doscientos cuarenta y seis pesos uruguayos ($ 293.246,oo ), siendo estas últimas ajustadas semestralmente de acuerdo al IPC. Se deja constancia de que en el caso de eventual renovación del presente, la partida inicial para el segundo año se ajustará a los parámetros y estrictas necesidades de funcionamiento, los que serán resueltos en forma conjunta por la Asociación y la Unidad de Convenios. TERCERO: Modo.- A efectos de dar cumplimiento a los fines perseguidos por la presente donación detallados en el apartado I de la cláusula PRIMERA, la IMM impone a la Asociación el cumplimiento del siguiente modo: I) Seleccionar e incorporar a las tareas educativas – laborales a 14 jóvenes durante 6 meses del convenio que se incrementarán en 4 más los seis meses restantes, a fin de cumplirlas en las condiciones que se detallan en el siguiente numeral, debiendo la Asociación comunicar a la IMM el nombre de la persona que oficiará como interlocutor ante la dependencia municipal correspondiente; II) Desarrollar las tareas con dos cuadrillas de trabajo compuestas: una de 8 educandos (denominada en adelante A), trabajará durante seis meses del convenio incrementándose dos educandos más en los otros seis meses, el otro equipo (denominado en adelante B) de 6 educandos trabajará durante 6 meses incrementándose dos educandos más. Se les asignarán a las dos cuadrillas 6 horas diarias de labor de lunes a viernes, totalizando 30 horas semanales cada educando, con 1 supervisor con 10 horas por día con un total de 50 horas semanales, 2 coordinadores con 8 horas diarias de labor con un total de 40 horas semanales cada uno y 1 tractorista con 6 horas diarias de labor, con un total de 36 horas semanales de lunes a sábado. Las cuadrillas de referencia tendrán como cometido: el equipo A) tendrá la limpieza de los taludes de los canales de drenaje y los laterales de los mismos, la misma se efectuará con tractor con pastera y desmalezadora para proceder al desmalezado en general y retiro de residuos preexistentes y los generados por dichos trabajos. El equipo B) realizará el mantenimiento periódico de las áreas que se asignen, con corte de pastos, retiro de residuos y malezas. En lo que respecta al mantenimiento de cauces, en los casos en que el fondo sea de hormigón, se mantendrán en lo posible, libres de depósitos y en los restantes, se los mantendrá, en lo posible libres de vegetación y residuos. III) Hacerse cargo de la gestión de las tareas y su supervisión, tomándose como parte de las primeras, la compra de los insumos, de las herramientas, de la vestimenta, así como la contratación de los vehículos que correspondan para el desarrollo de las mismas; IV) Realizar el seguimiento del proceso educativo, el que deberá corresponder en un todo a lo expresado en la propuesta pedagógica presentada, el mismo deberá realizarse por un equipo técnico integrado por especialistas en distintas disciplinas sociales; V) Rendir cuentas a la IMM mensualmente, dentro de los diez días siguientes a la finalización de cada mes, con detalle de la utilización del dinero abonado de acuerdo con el destino previsto por este contrato. CUARTO: Aceptación y Plazo.- La Asociación acepta la donación y se obliga a cumplir puntualmente el modo establecido en la cláusula anterior a partir de la firma del convenio. QUINTO: Contralor del cumplimiento del modo.- La IMM controlará: I) el cumplimiento de la ejecución del modo que será realizado por el Servicio de Operación y Mantenimiento de Saneamiento quien dispondrá de los controles, a efectos de notificar todo eventual incumplimiento o inobservancia de los trabajos acordados, debiendo informar de los mismos a la Unidad Convenios; II) Esta última tendrá la responsabilidad de establecer las pautas necesarias para el seguimiento y evaluación de la propuesta pedagógica presentada por la Asociación Civil, a tales efectos la Asociación deberá presentar informes bimensuales ante dicha Unidad la que trabajará en forma coordinada con el Referente del Servicio de Operación y Mantenimiento de Saneamiento, el Equipo Técnico de la Asociación, el Educador y los jóvenes educandos. III) Las rendiciones de cuentas serán presentadas de acuerdo a lo estipulado en el punto V de la cláusula tercera.- IV) Que la Asociación cumpla con toda la legislación nacional vigente en la relación jurídica que se acuerde con los individuos que lleven adelante la ejecución del convenio y con los beneficiarios del mismo. La constatación de su incumplimiento en cualquier aspecto habilita a la IMM a la inmediata rescisión del contrato. SEXTO: Responsabilidades de la Asociación.- La Asociación asume la totalidad de las responsabilidades emergentes de la relación trabada entre ella, de los técnicos contratados para la ejecución del programa y entre ésta y los beneficiarios del mismo, así como las obligaciones que por la misma pudieran generarse con otros organismos estatales, respecto de las cuales la IMM es por completo ajena. Asimismo la Asociación indemnizará en el caso de daños materiales o personales causados a terceros, cuando se constatare la responsabilidad de los participantes del programa por acción, omisión o negligencia en el desempeño de las tareas desarrolladas en el cumplimiento del modo. SÉPTIMO: Mora automática.- La mora se producirá de pleno derecho, sin necesidad de acto judicial o extrajudicial alguno, por el solo vencimiento de los términos establecidos, así como la realización u omisión de cualquier acto o hecho que se traduzca en hacer o no hacer algo contrario a lo estipulado. OCTAVO: Rescisión.- El incumplimiento de todas o cualquiera de las obligaciones a cargo de la Asociación, dará lugar al inicio, previa constatación del mismo, de los trámites tendientes a la rescisión de esta donación por parte de la IMM., salvo que la conducta verificada implique una acción u omisión no susceptible de rectificación. Serán de aplicación las normas que regulan la sustanciación del procedimiento administrativo en la IMM, que la Asociación declara conocer y aceptar. NOVENO: Domicilios especiales.- Las partes constituyen domicilios especiales a todos los efectos de este contrato, en los indicados como respectivamente suyos en la comparecencia. DECIMO: Comunicaciones.- Cualquier notificación o intimación que deben realizarse las partes, se tendrá por válidamente efectuada si es hecha a los domicilios constituidos en este documento, por medio de telegrama colacionado o cualquier otro medio que diera certeza de su realización. DECIMO PRIMERA: Representación.- La Asociación acredita la representación invocada según .................................. expedido el día .........................../ exhibido ante............................ Y en prueba de conformidad, se firman tres ejemplares del mismo tenor en el lugar y fecha indicados en el acápite.
      2o.-Delegar en la Directora General del Departamento de Desarrollo Ambiental, la firma del Convenio que se aprueba en el numeral que antecede.
      3o.Comuníquese a los Departamentos de Descentralización y Recursos Financieros, a la División Saneamiento, al Servicio de Operación y Mantenimiento de Saneamiento a la Unidad de Gestión Presupuestal del Departamento de Desarrollo Ambiental; cumplido, pase a la Contaduría General para la intervención y contralor del gasto y al Departamento de Desarrollo Ambiental para la firma del Convenio que se aprueba.
RICARDO EHRLICH, Intendente Municipal.-
ARQ. HERBERT ICHUSTI, Secretario General.-