Resolución N° 3407/18
Nro de Expediente:
2018-4401-98-000033
 
DESARROLLO AMBIENTAL
Fecha de Aprobación:
30/7/2018


Tema:
CONVENIOS

Resumen:
Se aprueba el Proyecto de Convenio a suscribirse entre la Intendencia de Montevideo y la Asociación Uruguaya ORT.

Montevideo, 30 de Julio de 2018.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el Convenio a suscribirse entre la Intendencia de Montevideo y la Asociación Uruguaya ORT;
        RESULTANDO: 1o.) que el mencionado Convenio tiene como objetivo brindar capacitación por parte de dicha Asociación, a través de su equipo "ORTrecicla", al Equipo Técnico de Educación Ambiental;
        2o.) que dicha capacitación dará lugar a que esta Intendencia implemente un conjunto de medidas tendientes a educar y sensibilizar a sus funcionarios/as en cuanto al manejo de residuos que son potencialmente reciclables dentro del espacio físico de trabajo en su sede Central y Anexo, con la intención de realizar una correcta clasificación y disposición de estos y concientizar al funcionariado sobre la revalorización de los residuos generados;
        3o.) que la División Asesoría Jurídica efectuó el control jurídico formal del texto proyectado;
        CONSIDERANDO: 1o.) que el Coordinador del Equipo Técnico de Educación Ambiental y la Dirección General del Departamento de Desarrollo Ambiental propician el dictado de la resolución correspondiente;
        2o.) que a los efectos de la firma del convenio se entiende conveniente hacer uso del mecanismo previsto en el
        Art. 280 de la Constitución de la República;
        EL INTENDENTE DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1o.-Aprobar el siguiente Proyecto de Convenio a suscribirse entre la Intendencia de Montevideo y la Asociación Uruguaya ORT: CONVENIO: En la ciudad de Montevideo, el día ....... del año 2018, comparecen POR UNA PARTE: La Intendencia de Montevideo (en adelante IdeM), representada en este acto por .............................., en su calidad de .......................................... , con domicilio en la Av. 18 de Julio No. 1360 en esta ciudad, inscripta con el RUT No. 211763350018 y POR OTRA PARTE: La Asociación Uruguaya ORT (en adelante la Universidad ORT), constituyendo domicilio en la calle Cuareim No. 1451 en esta ciudad, RUT No. 213381520018 representada por ................................ en su calidad de .................................... Las mencionadas organizaciones acuerdan lo siguiente: PRIMERO Antecedentes: 1- La IdeM a través del Equipo Técnico de Educación Ambiental (en adelante ETEA), División Limpieza (DL) y el Servicio de Conservación del Palacio (SCP), se encuentran abocados a mejorar el manejo de los residuos dentro del espacio físico de trabajo. Para ello tienen interés en llevar adelante campañas de concientización de sus funcionarios/as, así como realizar actividades que tiendan a dicho fin. 2- La Universidad ORT ha desarrollado un programa de reciclaje denominado ORTrecicla, cuyo objetivo es la correcta gestión de los residuos dentro de sus locales. Dicho programa incluye una campaña de educación y sensibilización a estudiantes, docentes y funcionarios/as para el correcto manejo de los residuos que son reciclables. 3- Es de interés de la IdeM realizar un programa similar al referido en el punto 2 que antecede, tanto en su Sede Central como en su Anexo, sito en la calle Soriano No. 1426. SEGUNDO: Objeto. El objeto del presente Convenio consiste en brindar capacitación por parte de la Universidad ORT, a través de su equipo ORTrecicla, a ETEA para la implementación por parte de la IdeM de un conjunto de medidas tendientes a educar y sensibilizar a sus funcionarios/as en cuanto al manejo de residuos que son potencialmente reciclables dentro del espacio físico de trabajo en su sede Central y Anexo, con la intención de realizar una correcta clasificación y disposición de ellos y concientizar al funcionariado sobre la revalorización de los residuos generados. TERCERO: Obligaciones de las instituciones comparecientes. La Universidad ORT se obliga a: 1- Durante el primer mes de trabajo: Realizar talleres de intercambio ETEA-ORT en los cuales se relevará la información proporcionada por ETEA y se transferirá la experiencia ORTrecicla. Para esto se realizará un taller semanal de 2 (dos) horas, en el cual participarán 3 (tres) integrantes del grupo ORTrecicla. Los Talleres de intercambio ETEA-ORT tendrán el siguiente contenido: I) Experiencia ORTrecicla: i.- Qué se recicla en la universidad y por qué se eligieron esas fracciones; ii.- Decisión y compra de las papeleras; iii.- Diseño de las papeleras y los colores utilizados; iv.- Incorporación de experiencias con referentes de la universidad; v.- Incorporación de experiencias con el personal de limpieza; vi.- Campaña de expectativa; vii.- Campaña de concientización; viii.- Seguimiento de qué se encontraba en las papeleras para saber dónde poner el énfasis en la comunicación; ix.- Almacenamientos de los residuos; x.- Recolección de los residuos; xi.- Destino de los residuos. II) Datos sobre reciclaje: i.- Informar qué se recicla en Uruguay; ii.- Los diferentes tipos de plásticos; iii.- Sobre el reciclaje de papel y cartón (cómo se recicla); iv.- Posibles empresas que trabajan con materiales que se reciclan; v.- Datos sobre la producción mundial de basura y la importancia de reciclar; vi.- Procesar la información obtenida en los talleres. 2- Durante el segundo mes de trabajo: I) Realizar reuniones ETEA-ORTrecicla con referentes de DL y SCP de la IdeM; referentes de la empresa encargada de la limpieza del Edificio Sede y Anexo y también de la División de Información y Comunicación. Se realizará 1 (una) reunión semanal de 1 (una) hora; II) Procesar la información obtenida generando una propuesta de pasos a seguir. Se considerarán pautas escritas para la implementación de la captación de aquellos ítems con capacidad de valorizar, siguiendo las pautas establecidas en la norma UNIT 1239:2017. En la propuesta se evaluará, entre otros, los siguientes parámetros: ubicación y cantidad de contenedores, frecuencia de recolección, sugerencia del plan de comunicación, acopio intermedio, transporte y destino final para las oficinas de Desarrollo Ambiental. 3- Durante el tercer y cuarto mes de trabajo ETEA y ORTrecicla determinarán: I) El acompañamiento de las acciones a seguir en base a la evaluación realizada y la propuesta referidas en el punto 2-, ítem II; II) Realizar 2 (dos) talleres de concientización semanales de 1 (una) hora cada uno con un integrante del grupo ORTrecicla y un educador de ETEA, para los referentes de distintas Unidades y Servicios de manera de expandir la propuesta a otras áreas de la IdeM. Los talleres de concientización tendrán el siguiente contenido: a) Importancia del reciclaje: i.- Contexto mundial; ii.- Situación en Uruguay; iii.- Fracciones reciclables, plástico, papel, cartón, latas, vidrio; iv.- Fracción compostable (caso puntual de yerba). b) Relevamiento de datos de cada área: i.- ¿Qué materiales generan en su área?; ii.- Sugerencias para que el plan de gestión de residuos funcione; iii- Procesar la información obtenida en los talleres; iv.- Generar un informe y una propuesta de pasos a seguir. 4- Durante el cuarto mes de trabajo ETEA y ORTrecicla determinarán: I) Realizar hasta 6 (seis) talleres de concientización de 15 (quince) minutos cada uno con un integrante del grupo ORTrecicla y un educador de ETEA, para los integrantes de distintas Unidades y Servicios en sus lugares de trabajo, con el fin de difundir y explicar la propuesta. 5- La Universidad ORT no brindará material impreso de ningún tipo. CUARTO: Obligaciones de la IdeM. La IdeM se obliga a: 1- Gestionar la colocación de 2 (dos) carteles en la vía pública que señalizarán la ubicación de 2 (dos) sedes de la ORT; i.- el primero ubicado en la intersección de las Avdas. Libertador y Uruguay, señalizando la Universidad ORT ubicada en la calle Cuareim No. 1451; ii.- el segundo ubicado en la intersección de los Bvres. España y Artigas, señalizando la Universidad ORT ubicada en Bv. España No. 2633. Se detallan las características de los carteles y la ubicación exacta de estos en gráficos anexos. 2- La colocación del cartel será por un plazo de 5 años. 3- Las dimensiones y diseño de la cartelería se ajustará en todo momento a la normativa departamental vigente y a las especificaciones que rigen en el contrato de la empresa que lo instala. 4- Proporcionar a los integrantes de ORTrecicla la infraestructura necesaria para llevar adelante los talleres referidos en la cláusula TERCERA del presente convenio. QUINTO: Plazo. El plazo de vigencia de este convenio es de 4 (cuatro) meses a partir de la fecha de su suscripción. El convenio se mantendrá vigente hasta tanto se hayan cumplido con las obligaciones establecidas en las cláusulas TERCERA Y CUARTA del presente. SEXTO: Evaluación y Seguimiento. Se entregará un informe escrito al ETEA al finalizar el mes 2 (dos), con quien se evaluará el plan de trabajo y un informe al final del presente convenio. SÉPTIMO: Comunicaciones. Cualquier notificación o intimación que deban realizarse las partes se tendrá por válidamente efectuada si es hecha a los domicilios constituidos en este instrumento, por medio de telegrama colacionado o cualquier otro medio que dé certeza a su realización. OCTAVO: Domicilios Especiales. Las partes constituyen domicilios especiales a todos los efectos de este convenio en los indicados como respectivamente suyos en la comparecencia. NOVENO: Rescisión del Convenio. El incumplimiento de todas o cualquiera de las obligaciones a cargo de las instituciones comparecientes dará lugar al inicio, previa constatación, de los trámites tendientes a la rescisión del convenio por parte de la IdeM. Se considerará que las instituciones comparecientes han incurrido en incumplimiento que amerite la rescisión del convenio cuando, notificadas por escrito de la constatación, dentro de los 15 (quince) días siguientes no lo rectificaran, salvo que la conducta verificada implique una acción u omisión no susceptible de rectificación. En la hipótesis de incumplimiento, serán de aplicación las normas que regulan la sustanciación de los procedimientos administrativos en esta Intendencia (Digesto, Libro II "Del Procedimiento", Arts. R.20 a R.113.8). DÉCIMO: Mora Automática. La mora se producirá de pleno derecho, sin necesidad de acto judicial o extrajudicial alguno, por el solo vencimiento de los términos establecidos, así como por la realización u omisión de cualquier acto o hecho que se traduzca en hacer o no hacer algo contrario a lo estipulado. DECIMOPRIMERO: Representación. La Universidad ORT se acredita mediante la presentación de certificado notarial luciente ......................................, el que se encuentra vigente. En prueba de conformidad, se firman 3 (tres) ejemplares de igual tenor, en el lugar y fecha indicados en el

        acápite.

        2o.-Delegar en la Dirección General del Departamento de Desarrollo Ambiental la facultad de firmar el Convenio que se aprueba en el numeral que antecede.
        3o.-Comuníquese a las Divisiones Asesoría Jurídica y Limpieza, al Servicio de Conservación del Palacio, al Equipo Técnico de Educación Ambiental y pase al Sector Despacho del Departamento de Desarrollo Ambiental a sus efectos.
ING. DANIEL MARTINEZ, Intendente de Montevideo.-
FERNANDO NOPITSCH, Secretario General.-