Resolución N° 5707/12
Nro de Expediente:
4251-001492-12
 
ASESORIA JURIDICA
Fecha de Aprobación:
18/12/2012


Tema:
CONVENIOS

Resumen:
Se aprueba el Contrato de Arrendamiento de Obra a suscribirse con el Ministerio del Interior, cuyo objeto es la contratación, en régimen de arrendamiento de obra de la Orquesta Filarmónica de Montevideo, por parte de dicho Ministerio, para la realización de una actuación del espectáculo denominado "Galas de Tango", el 19 de diciembre de 2012.-

Montevideo, 18 de Diciembre de 2012.-
 
          VISTO: estas actuaciones relacionadas con la suscripción de un Contrato de Arrendamiento de Obra entre esta Intendencia y el Ministerio del Interior;
          RESULTANDO: 1o.) que el objeto del mismo consiste en la contratación, en régimen de arrendamiento de obra de la Orquesta Filarmónica de Montevideo, por parte de la contratante, para la realización de una actuación del espectáculo denominado "Galas de Tango", el 19 de diciembre de 2012;
          2o.) que la Unidad Asesoría realizó el contralor jurídico-formal del mencionado Contrato, señalando que por tratarse de un arrendamiento de obra entre organismos del Estado, la contratación de referencia se fundamentaría en el Art. 33, literal C, numeral 1 del Texto Ordenado de Contabilidad y Administración Financiera (TOCAF), remitiendo las actuaciones al Sector Acuerdo para el dictado de la correspondiente resolución;
          CONSIDERANDO: que el 17 de diciembre de 2012, el Director de la División Asesoría Jurídica eleva las actuaciones de conformidad con lo propuesto;
          LA INTENDENTA DE MONTEVIDEO
          RESUELVE:
          1. Aprobar el Contrato de Arrendamiento de Obra a suscribirse entre la Intendencia de Montevideo y el Ministerio del Interior, en la siguiente forma:
          CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE OBRA: En la ciudad de Montevideo, a los días del mes de de 2012, comparecen POR UNA PARTE: la Intendencia de Montevideo, en adelante la IdeM, representada en este acto por en su calidad de inscripta en el Registro Unico Tributario con el No. 211763350018, con domicilio en Av. 18 de Julio No. 1360 de esta ciudad, y POR OTRA PARTE: el Ministerio del Interior, en adelante denominado la contratante, representado en este acto por en su calidad de con domicilio en Mercedes No. 933, de esta ciudad, quienes acuerdan lo siguiente: PRIMERO: OBJETO: El objeto del presente contrato es la contratación, en régimen de arrendamiento de obra de la Orquesta Filarmónica de Montevideo, por parte de la contratante para la realización de una actuación del espectáculo denominado "Galas de Tango", dirigido por el Maestro Alvaro Hagopián, el 19 de diciembre de 2012, a las 21 horas, en el Teatro Solís, en los términos y condiciones que se estipulan en el presente documento. SEGUNDO: PRECIO: El precio que abonará la contratante a la IdeM por dicha actuación será de $ 180.000,oo (Pesos Uruguayos ciento ochenta mil). La mitad de dicha suma deberá depositarse en la cuenta corriente No. 196 0005876, del Banco de la República Oriental del Uruguay a nombre de la IdeM, antes del 1o. de diciembre de 2012, por concepto de seña. El 50% (cincuenta por ciento) restante será abonado mediante igual procedimiento, antes del 12 de diciembre de 2012. El total recaudado será transferido a la cuenta extrapresupuestal No. 10800537 de la Orquesta Filarmónica de Montevideo. TERCERO: OBLIGACIONES DE LA CONTRATANTE: Además del pago del precio que se estipula en la cláusula anterior, la contratante se compromete a:
          - Aceptar que si por razones de fuerza mayor el Maestro Alvaro Hagopián no pudiera hacerse presente, la Orquesta Filarmónica será dirigida por un Maestro suplente.
          - Abonar los derechos de autor o cualquier otro impuesto que correspondiera.
          - Abonar en forma integra a la IdeM la suma pactada en la cláusula segunda en el caso de que la contratante decida suspender el espectáculo con una antelación de menos de un día respecto a la fecha y horario establecido para el comienzo del mismo.
          - Abonar a la IdeM una indemnización equivalente al 30% (treinta por ciento) del monto establecido en la cláusula segunda en el caso de que se decida suspender el espectáculo con una antelación de más de un día respecto a la fecha y horario establecido para el comienzo del mismo. CUARTO: OBLIGACIONES DE LA IdeM: La IdeM se compromete a:
          - Cumplir con la actuación contratada en el día y lugar acordado en el presente y con las condiciones indicadas en el mismo.
          - Efectuar a su cargo las contrataciones artísticas necesarias.
          QUINTO: RESCISIÓN: El incumplimiento de todas o cualesquiera de las obligaciones a cargo de las partes dará lugar al inicio, previa constatación del mismo de los trámites tendientes a la rescisión del contrato. Se considerará que se ha incurrido en incumplimiento que amerite la rescisión, cuando notificada por escrito de la constatación del mismo, dentro del plazo de 10 (diez) días siguientes la parte incumplidora no lo rectificara a satisfacción de la otra parte, salvo que la conducta verificada implique una acción u omisión no susceptible de rectificación. SEXTO: DOMICILIOS ESPECIALES: Las partes constituyen domicilios especiales a todos los efectos de este contrato, en los indicados como respectivamente suyos en la comparecencia. SÉPTIMO: MORA AUTOMÁTICA: La mora se producirá de pleno derecho sin necesidad de acto judicial o extrajudicial alguno, por el sólo vencimiento de los términos establecidos, así como por la realización u omisión de cualquier acto o hechos que se traduzca en hacer o no hacer algo contrario a lo estipulado. OCTAVO: COMUNICACIONES: Cualquier notificación que deban realizarse las partes, se tendrá como válidamente efectuada, si la misma es hecha a los domicilios constituidos en este documento por medio de carta con aviso de retorno, fax, telegrama colacionado o cualquier otro medio que diera certeza de su realización. NOVENO: INDIVISIBILIDAD: Las partes acuerdan la indivisibilidad del objeto de las obligaciones contraídas en el presente contrato hasta la total extinción de las mismas. Para constancia y como prueba de conformidad se firman tres ejemplares del mismo tenor en el lugar y fecha indicados en el acápite.
          2. Comuníquese al Ministerio del Interior, a la Orquesta Filarmónica de Montevideo, al Departamento de Cultura, a la División Promoción Cultural, al Servicio de Escribanía y pase a la División Asesoría Jurídica para la suscripción del referido Contrato, y demás efectos.-
ANA OLIVERA, Intendenta de Montevideo.-
RICARDO PRATO, Secretario General.-