| Resolución N° 834/15 | Nro de Expediente:
2500-001420-12 |
| DESARROLLO ECONOMICO E INTEGRACION REGIONAL | Fecha de Aprobación:
23/2/2015 |
Tema:
CONVENIOS
Resumen:
Prestar aprobación al texto del Acuerdo Complementario del Convenio de Cooperación entre la Comisión Administradora del Mercado Modelo y la Fundación JULIO RICALDONI de la Facultad de Ingeniería – Universidad de la República, en el marco de su Programa de Apoyo al desarrollo Científico y Tecnológico del Estado.
Montevideo, 23 de Febrero de 2015.- |
VISTO: estas actuaciones relacionadas con el convenio suscrito con fecha 2 de octubre de 2012, entre la Comisión Administradora de Mercado Modelo, de la Intendencia de Montevideo y la Fundación Julio Ricaldoni de la Facultad de Ingeniería de la Universidad de la República;
RESULTANDO: 1o.) que el mismo tiene por objeto impulsar desarrollos técnicos y científicos en todas las áreas de la ingeniería, en el marco de su Programa de Apoyo al desarrollo Científico y Tecnológico del Estado, alineándose con los objetivos del Programa "Fondo para la Promoción de la Calidad Agroalimentaria" (FOPROCA);
2o.) que de acuerdo a lo previsto en la "Cláusula séptima-Acuerdo Complementarios" del referido convenio, se adjunta el texto de Acuerdo Complementario a suscribir entre las partes, ampliando el monto a transferir en la suma de $ 2:500.000,oo con cargo al año 2015;
3o.) que la Unidad Gestión Presupuestal del Departamento de Desarrollo Económico e Integración Regional adjunta la Solicitud SEFI Nº 176753;
4o.) que el texto del convenio que se propone aprobar recoge las observaciones efectuadas por la División Asesoría Jurídica;
CONSIDERANDO: que a tales efectos la Dirección General del aludido Departamento eleva actuaciones solicitando la
aprobación de las cláusulas del convenio a suscribir entre las partes;
LA INTENDENTA DE MONTEVIDEO
RESUELVE:
1.- Aprobar el siguiente proyecto de:
ACUERDO COMPLEMENTARIO del CONVENIO DE COOPERACIÓN ENTRE COMISIÓN ADMINISTRADORA DEL MERCADO MODELO Y LA FUNDACIÓN JULIO RICALDONI DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA – UNIVERSIDAD DE LA REPÚBLICA: En la ciudad de Montevideo, a los ..... días del mes de ....... de 2015, POR UNA PARTE: la Comisión Administradora de Mercado Modelo (en adelante CAMM) representada por ..................... y ............................. en sus calidades de Presidente y Secretario respectivamente con domicilio en la calle Cádiz 3280 y POR OTRA PARTE: la Fundación Julio Ricaldoni (en adelante FJR) representada por ..................... en su calidad de Presidente del Consejo de Administración, con domicilio en la Avenida Julio Herrera y Reissig 565 edificio anexo, convienen:
CLÁUSULA PRIMERA: Antecedentes: 1) Con fecha 2 de octubre de 2012, se suscribió entre la CAMM y la Fundación Julio Ricaldoni de la Facultad de Ingeniería, un Convenio de Cooperación, en virtud del cual se acordó que esta última, se compromete a brindar a la CAMM cooperación técnico profesional, para impulsar en la mencionada Unidad Ejecutora, desarrollos técnicos y científicos en todas las áreas de la Ingeniería. Dicho apoyo se alinea con los objetivos y acciones estratégicas de la CAMM. 2) Como contrapartida, la CAMM se compromete a transferir un monto máximo anual de $ 1.500.000,oo (un millón quinientos mil pesos uruguayos), por el período de tres años. 3) En el marco de sus cometidos, las partes mantienen una excelente relación de cooperación en lo que respecta al desarrollo y ejecución del convenio. Las actividades hoy ejecutadas significan un importante aporte para que la CAMM desarrolle los cometidos sustantivos que le son propios de manera eficaz y eficiente. 4) En estos tres años la CAMM ha podido cumplir con los objetivos del Programa Fondo para la Promoción de la Calidad Agroalimentaria en forma eficiente a través del convenio con la Fundación Ricaldoni; control de calidad en la producción y comercialización de productos de la granja con énfasis en frutas y hortalizas. Para continuar cumpliendo con dichos objetivos y además profundizar en el asesoramiento, capacitación y extensión comercial a productores y demás integrantes de la cadena hortifrutícula, y dado el incremento en la demanda por parte de mayoristas en los controles de calidad y los programas de capacitación previstos para el 2015 en el marco de la Gestión del Cambio hacia la Unidad Alimentaria, es necesaria la ampliación del monto del convenio. CLÁUSULA SEGUNDA: Objeto: Las referidas instituciones, en el marco de sus competencias y de acuerdo a lo estipulado en la Cláusula 7 (Acuerdo Complementario), del convenio de cooperación suscripto el 2 de octubre de 2012, entienden necesario y conveniente ampliar el monto del mencionado convenio, el cual a la fecha está vigente. CLÁUSULA TERCERA: Monto: A los efectos de viabilizar el cumplimiento del presente convenio, la CAMM, a través de la Intendencia de Montevideo se compromete a transferir a la Fundación Julio Ricaldoni, la suma de $ 2:500.000,oo (dos millones quinientos mil pesos uruguayos). Dicha suma se entregará: Con cargo al año 2015 una vez firmado el presente convenio. Dichos montos podrán ampliarse, de entenderse necesario, por la vía de Acuerdos Complementarios, según lo indicado en la Cláusula 7.
CLÁUSULA CUARTA: Ratificación: En todo lo demás, las partes ratifican en todos sus términos el convenio de cooperación suscripto el 2 de octubre de 2012. CLÁUSULA QUINTA: Otorgamiento: En prueba de conformidad, se firman dos ejemplares de un mismo tenor y contenido, a un mismo efecto, en el lugar y fecha arriba indicados.
2.- Delegar en la Comisión Administradora del Mercado Modelo la potestad para suscribir el convenio cuyo texto se aprueba por el numeral precedente.
3.- La erogación de $ 2:500.000,oo (pesos uruguayos dos millones quinientos mil) se atenderá según Solicitud SEFI Nº 176753.
4.- Comuníquese a la Secretaría General; al Departamento de Recursos Financieros; a la División Asesoría Jurídica; y pase por su orden a la Contaduría General para su intervención y a la Comisión Administradora del Mercado Modelo para su suscripción y conocimiento del Servicio de Escribanía.
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| ANA OLIVERA, Intendenta de Montevideo.- |
| DR. JORGE RODRIGUEZ, Secretario General (I).- |
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