Resolución N° 2/19/5500 | Nro de Expediente:
2018-3220-98-000010 |
DESARROLLO SOCIAL | Fecha de Aprobación:
17/1/2019 |
Tema:
CLAUSURA
Resumen:
Clausurar el local comercial destinado almacén, sito en la calle 25 de Mayo 165.-
Montevideo, 17 de Enero de 2019.- |
VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la falta de condiciones reglamentarias del local comercial clandestino con destino almacén - venta de frutas y verduras, sito en la calle 25 de Mayo No. 165;
RESULTANDO: 1o.) que en inspecciones realizadas por el Centro Comunal No. 1 y el Servicio de Regulación Alimentaria se constató que el local mencionado no posee habilitación, presenta falta de higiene y orden en general y no reúne las condiciones edilicias adecuadas;
2o.) que en función de lo expuesto, el Sector Tecnología del Servicio de Regulación Alimentaria sugiere se propicie la clausura del establecimiento comercial, de conformidad con los artículos D. 894 lit. a) y 891 lit. c);
3o.) que la Dirección Profesional (I) del Servicio de Regulación Alimentaria se manifiesta de conformidad y aclara que no fue posible obtener los datos del titular o responsable del establecimiento;
4o.) que la Dirección de la División Salud se manifiesta de conformidad;
CONSIDERANDO: que por Resolución Nº 3257/15 de fecha 9 de julio del 2015, el señor Intendente delegó en la Dirección General del Departamento de Desarrollo Social la facultad de impedir el funcionamiento de establecimientos comerciales e industriales cuando existieran razones urgentes de salubridad, fallas constructivas, y otras transgresiones a la normativa departamental en vigencia, debidamente constatadas, respectivamente;LA DIRECCIÓN GENERAL DEL DEPARTAMENTO
DE DESARROLLO SOCIAL EN EJERCICIO
DE FACULTADES DELEGADAS
RESUELVE: 1.- Clausurar el local comercial clandestino con destino almacén - venta de frutas y verduras, sito en la calle 25 de Mayo No. 165, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
2.- Comuníquese al Departamento de Secretaría General para conocimiento de la Jefatura de Montevideo, a la División Salud, al Servicio Central de Inspección General (Unidad Clausuras) para la notificación correspondiente y pase al Servicio de Regulación Alimentaria.-
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Dra. Fabiana Goyeneche, Directora General del Departamento de Desarrollo Social.- |
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