Resolución N° 585/00/5000
Nro de Expediente:
5130-003261-00
 
RECURSOS HUMANOS Y MATERIALES
Fecha de Aprobación:
15/8/2000


Tema:
BAJAS

Resumen:
Se tramita la jubilación por incapacidad laboral, del funcionario Sr. Nolberto Barboza, otorgándosele licencia con goce de sueldo, mientras se tramita lamisma, a partir del 2 de junio de 2000.-

Montevideo, 15 de Agosto de 2000.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones, relacionadas con el estado de salud del funcionario Sr. Nolberto Barboza, C.I. N° 1.022.641, quien se desempeña en la Unidad Técnica de Alumbrado Público;
        RESULTANDO: 1o.) que al titular se le realizó un Tribunal Médico con fecha 8 de junio de 2000, el que dictaminó que corresponde el cese de la relación laboral por padecer una afección que lo hace inepto para el normal y continuado desempeño de las tareas a su cargo y de todo otro tipo de tareas, siendo su incapacidad laboral evaluada en un 100%;
        2o.) que correspondería efectuar su inclusión en el régimen de los arts. D.128 y D. 129, Volumen III del Digesto Municipal, a partir del 2 de junio de 2000;
        3o.) que la Unidad Cuentas Personales informa que el Sr. Barboza no cuenta con causal jubilatoria;
        CONSIDERANDO: 1o.) que se estima procedente el dictado de resolución, disponiendo que la Unidad Cuentas Personales tramite la jubilación del titular en el Area de la Salud del B.P.S, otorgándole a tales efectos licencia con goce de sueldo;
        2o.) las facultades oportunamente delegadas;
        LA DIRECCION GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE RECURSOS HUMANOS Y MATERIALES
        RESUELVE:
        1o.- La Unidad Cuentas Personales tramitará la jubilación por incapacidad laboral, del funcionario Sr. Nolberto Barboza, C.I. N° 1.022.641, quien se desempeña en la Unidad Técnica de Alumbrado Público, dependiente del Departamento de Descentralización, de conformidad con lo previsto en los arts. D. 128 y D. 129, Volumen III del Digesto Municipal.-
        2o.- Otorgar al citado funcionario, licencia con goce de sueldo, mientras se tramita la jubilación dispuesta, por el término máximo de un año, a partir del 2 de junio de 2000.-
        3o.- En caso necesario, la citada Unidad aplicará las medidas previstas en el inciso final del art. D. 129, Volumen III del Digesto Municipal, comunicando en forma simultánea, por escrito, dicha situación a la Unidad Sueldos y Jornales del Servicio de Liquidación de Haberes; a la Unidad Empleos del Servicio de Administración de Recursos Humanos y a la dependencia en el que revista el titular.-
        4o.- Comuníquese al Departamento de Descentralización; a las Unidades Auditoría de Personal, Empleos, Cuentas Personales, Técnica de Alumbrado Público, Certificaciones Médicas y Valoración de Puestos; al Servicio de Liquidación de Haberes y pase, por su orden, a los de Central de Inspección General para notificación al interesado y Administración de Recursos Humanos a sus efectos.-

Esc. Hyara Rodríguez , Directora General del Departamento de Recursos Humanos y Materiales.-