Resolución N° 775/04
Nro de Expediente:
1001-036251-03
 
RECURSOS FINANCIEROS
Fecha de Aprobación:
1/3/2004


Tema:
EXONERACIONES - CONTRIBUCION INMOBILIARIA

Resumen:
Declarar exonerado al Estado (Ministerio de Salud Pública), del pago del impuesto de Contribución Inmobiliaria que grava la sexta ava parte del inmueble padrón No. 21.302/SS/101, de la cual es propietario, ubicado en la calle Pablo de María No. 1578, al amparo de lo dispuesto por el Art. 14 del Decreto No. 24.754, desde el 30/6/2000 al 2003 inclusive

Montevideo, 1 de Marzo de 2004.-
 
        VISTO: la gestión realizada por el Ministerio de Salud Pública, solicitando exoneración de pago del impuesto de Contribución Inmobiliaria que grava al inmueble de su propiedad en la sexta parte indivisa del padrón No. 21.302/SS/101, ubicado en la calle Pablo de María No. 1578;
        RESULTANDO: 1o.) que el gestionante adquirió parte del inmueble por modo sucesión (herencia yacente) de la causante señora Loreley Paulina Sarro Fontana, fallecida el 30 de junio de 2000;
        2o.) que el Servicio de Ingresos Inmobiliarios informa que el Ministerio de Salud Pública está comprendido dentro de la inmunidad impositiva establecida en el Art. 463 de la Ley No. 16.226 que dispone: "Declárase que el Estado, los organismos comprendidos en el Art. 220o. de la Constitución de la República y los Gobiernos Departamentales, gozan de inmunidad impositiva, tanto nacional como departamental, por sus bienes y actividades no comerciales ni industriales", por lo que procede exonerar al mencionado organismo del pago de la sexta ava parte del impuesto de Contribución Inmobiliaria, desde el 30 de junio de 2000 al 2003 inclusive, por lo que la Intendencia Municipal dejará de percibir la suma aproximada de $ 7.915,00;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la Dirección de la División Administración Fiscal estima que procede declarar exonerado al MSP, del pago del 1/6 del 100% del impuesto de Contribución Inmobiliaria, respecto del inmueble padrón No. 21.302/SS/101, desde el 30/6/2000 al 2003 inclusive;
        2o.) que el Director General del Departamento de Recursos Financieros entiende que corresponde proveer de conformidad;
        EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1o.- Declarar exonerado al Estado (Ministerio de Salud Pública), del pago del impuesto de Contribución Inmobiliaria que grava la sexta ava parte del inmueble padrón No. 21.302/SS/101, de la cual es propietario, ubicado en la calle Pablo de María No. 1578, al amparo de lo dispuesto por el Art. 14 del Decreto No. 24.754, desde el 30/6/2000 al 2003 inclusive, por lo que la Intendencia Municipal dejará de percibir la suma aproximada de $ 7.915,00.-
        2o.- Comuníquese a la Secretaría General para que curse nota al Ministerio de Salud Pública y pase al Servicio de Ingresos Inmobiliarios.-
ARQ. MARIANO ARANA, Intendente Municipal.-
DRA. MARIA JULIA MUÑOZ, Secretaria General .-