VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el gasto de las sumas de $ 836.000,oo, $ 160.000,oo, $ 148.000,oo y $ 305.000,oo a favor de las empresas Compañía Uruguaya de Transportes Colectivos SA (CUTCSA), Corporación Ómnibus Micro Este SA (COMESA), Unión Cooperativa Obrera del Transporte (UCOT) y Cooperativa de Obreros y Empleados del Transporte Colectivo (COETC), Nos. de proveedor: 2100027200, 21015366900, 2102757200 y 2102904500, respectivamente;
RESULTANDO: 1o.) que el Contador Delegada del Tribunal de Cuentas de la República observó el referido gasto por contravenir lo establecido en el artículo 15º del Texto Ordenado de Contabilidad y Administración Financiera (TOCAF), solicitudes de pedido FI Nos. 163472, 163471, 163473 y 163459;
2o.) que la División Asesoría de Desarrollo Municipal y Participación señala que dichos gastos corresponden al complemento de los contratos de boletos de concejales municipales y se consultó a la División Planificación y Ejecución Presupuestal, para su control del equilibrio presupuestal;
CONSIDERANDO: lo previsto en los artículos 211, literal B) de la Constitución de la República y 114º del TOCAF;
EL INTENDENTE DE MONTEVIDEO
RESUELVE:
1.- Reiterar el gasto por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución, de acuerdo al siguiente detalle:
Empresa |
Monto |
Solicitud de pedido FI |
Nº Proveedor |
CUTCSA |
$ 836.000,oo |
163472 |
2100027200 |
COMESA |
$ 160.000,oo |
163471 |
2101536900 |
UCOT |
$ 148.000,oo |
163473 |
2102757200 |
COETC |
$ 305.000,oo |
163459 |
2102904500 |
2.- Comuníquese al Departamento de Recursos Financieros, a la División Asesoría de Desarrollo Municipal y Participación, cumplido pase al Departamento de Secretaría General para la reiteración por sistema y a Contaduría General a sus efectos.-
2.15.0.0 |