Resolución N° 1792/99
Nro de Expediente:
w1893
 
JURIDICA
Fecha de Aprobación:
18/5/1999


Tema:
RECURSOS

Resumen:
No se hace lugar al recurso presentado por el Sr. Krikor Kehyaián.-

Montevideo, 18 de Mayo de 1999.-
 
        VISTO: los recursos de reposición y apelación en subsidio, interpuesto por el Sr. Krikor Kehyaián, contra la Resolución Nº 1278/98, del 22 de octubre de 1998, dictada por el Director de la División Tránsito y Transporte;
        RESULTANDO: 1o.) que por la misma se dispuso aplicar al recurrente una suspensión de treinta días, sin perjuicio del pago de la multa correspondiente, del permiso de circulación a consecuencia de la infracción por él cometida cuando circulaba a excesiva velocidad -106 km/h en zona de 75 km/h-, el día 6 de octubre de l998;
        2o.) que el recurrente sostiene que circulaba a 85 km/h y que el Inspector actuante procedió con falta de respeto;
        3o.) que la División Tránsito y Transporte rechazó la reposición, elevando actuaciones para la apelación en subsidio;
        CONSIDERANDO: 1o.) que desde el punto de vista formal el recurso fue interpuesto en tiempo y forma;
        2o.) que desde el punto de vista sustancial, los fundamentos del recurrente carecen de consistencia como para que se pueda revisar la medida;
        3o.) que la ausencia de elementos de juicio por parte del titular y la certeza que arroja el registro fotográfico determinan que no puede tomarse en cuenta la sola afirmación de que circulaba a una velocidad menor a la registrada. Por otra parte, existiendo una suerte de "margen de tolerancia", resulta llamativa la afirmación de que el infractor circulara a solo 10 km/h por encima del límite de la zona, ya que si ello hubiera sido correcto, la multa correspondería, pero no así la suspensión;
        4o.) en lo que respecta a la presunta falta de respecto del Inspector actuante, la ausencia de otros elementos de juicio por parte del Sr. Kehayaián, impide tomar en consideración dichos agravios;
        5o.) que en consecuencia se estima pertinente rechazar en todos sus términos la recurrida;
        EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1o.- No hacer lugar al recurso de apelación en subsidio, interpuesto por el Sr. Krikor Kehyaián, contra la Resolución Nº 1278/98, del 22 de octubre de 1998, dictada por el Director de la División Tránsito y Transporte.-
        2o.- Pase por su orden al Servicio Central de Inspección General para la notificación correspondiente y a la División Tránsito y Transporte, para su archivo.-
ARQ. MARIANO ARANA, Intendente Municipal.-
DRA. MARIA JULIA MUÑOZ, Secretaria General.-