Resolución N° 143/10/3000
Nro de Expediente:
3270-008358-09
 
DESCENTRALIZACION
Fecha de Aprobación:
5/2/2010


Tema:
MULTAS HABILITACION - INSPECCION GENERAL

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 4.9470 al local destinado a venta de leña, ubicado en la calle Gauna Nº 3682, perteneciente a la empresa unipersonal Enrique Paolino.-

Montevideo, 5 de Febrero de 2010.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento del establecimiento destinado a venta de leña, sito en la calle Gauna No. 3682, propiedad de la empresa unipersonal Enrique Paolino, R.U.T. 211872170019, C.I. 1.406.828-4, con igual domicilio a los efectos legales;
        RESULTANDO: 1o.) que en inspección realizada por el Sector Inspectivo del Servicio Centro Comunal Zonal No. 6, se pudo comprobar que carecía de la habilitación de la Dirección Nacional de Bomberos, intimándosele a presentar en un plazo de 5 (cinco) días en el mencionado Servicio, los comprobantes de haber iniciado los trámites correspondientes;
        2o.) que ante el incumplimiento de lo intimado se solicita la aplicación de una multa de U.R. 4.9470, a la empresa de obrados por infracción a lo dispuesto por el Decreto No. 21.626, de 23/IV/84;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las facultades oportunamente delegadas;
        LA DIRECCION GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE DESCENTRALIZACION
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de U.R. 4.9470 (Unidades Reajustables cuatro con nueve mil cuatrocientas setenta diezmilésimas) a la empresa unipersonal Enrique Paolino, R.U.T. 211872170019, C.I. 1.406.828-4, propietaria del establecimiento destinado a venta de leña, sito en la calle Gauna No. 3682, con igual domicilio a los efectos legales, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Disponer que transcurrido el plazo de 30 (treinta) días calendario, si la multa permaneciera impaga, esta repartición comunicará a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes a los efectos de gestionar el cobro de la misma.-
        3.- Comuníquese a la División Región Este y pase -por su orden- al Sector Despacho para notificación a la empresa infractora y librar testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal No. 6.-

SRA. MIRIAM RODRIGUEZ, Directora General del Departamento de Descentralización.-