Resolución N° 400/06/1000
Nro de Expediente:
5220-019720-06
 
SECRETARIA GENERAL
Fecha de Aprobación:
30/10/2006


Tema:
CLAUSURAS

Resumen:
Se clausura el local "Matute", ubicado en Eduardo Acevedo 1410, responsabilidad de la Empresa Salvador Gómez y otros, por no acatar la resolución de no pasar musica.-

Montevideo, 30 de Octubre de 2006.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el local "Matute Bar", ubicado en Eduardo Acevedo 1410, responsabilidad de la Empresa Salvador Gómez y otros, RUC 21 5258090015, con igual domicilio a los efectos legales;
        RESULTANDO: 1o.) que el 4/10/06, por Resolución Interna del Servicio Central de Inspección General, se dispuso no autorizar la realización de música, música en vivo, bailes, espectáculos artísticos y/o similares en el local de referencia, por falta del permiso correspondiente para locales de su tipo y documentación incompleta;
        2o.) que el Sector Espectáculos Públicos en informe de 23 de octubre de 2006, manifiesta que por Actas Nos. 16.862 y 16.868, 20/10/06, en inspección realizada al local de obrados se pudo constatar que no se dio cumplimiento a la Resolución Interna mencionada, por lo que sugiere la clausura del mismo;
        3o.) que la Dirección del Servicio Central de Inspección General, el 23/10/06 eleva las actuaciones sugiriendo el dictado de la resolución de clausura correspondiente;
        CONSIDERANDO: 1o.) que por el literal a) del numeral 1o. de la Resolución N° 3227/05, de 13/VII/05, el señor
        Intendente Municipal delegó en el Secretario General la facultad de clausurar locales cuando se constaten infracciones a la normativa que regula su funcionamiento;
        2o.) que la Prosecretaría




        General se manifiesta de conformidad;
        EL SECRETARIO GENERAL DE LA
        INTENDENCIA MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1.- Clausurar el local "Matute Bar", ubicado en Eduardo Acevedo 1410, responsabilidad de la Empresa Salvador Gómez y otros, RUC 21 5258090015, con igual domicilio a los efectos legales, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente Resolución.-
        2.- Establecer que el Servicio Central de Inspección General, al hacer efectiva la clausura, notificará a la firma interesada que una vez que hayan cesado las causas que la originaron podrá solicitar la reapertura del local, el que no deberá ponerse en funcionamiento hasta que se dicte resolución rehabilitándolo, bajo apercibimiento de la aplicación de más severas sanciones.-
        3.- Comuníquese a la Jefatura de Policía de Montevideo y pase al Servicio Central de Inspección General (Unidad de Clausuras) para la notificación correspondiente y demás efectos.-

ARQ. HERBERT ICHUSTI, Secretario General.-