Resolución N° 2426/15 | Nro de Expediente:
2500-000484-15 |
DESARROLLO ECONOMICO E INTEGRACION REGIONAL | Fecha de Aprobación:
1/6/2015 |
Tema:
MERCADO MODELO
Resumen:
Prestar aprobación al texto de convenio a suscribir entre la Intendencia de Montevideo y el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, MGAP para la integración de la cadena comercial hortifrutícola desde “la granja a la mesa del consumidor”.
Montevideo, 1 de Junio de 2015.- |
VISTO: estas actuaciones relacionadas con el convenio a suscribir entre la Intendencia de Montevideo y el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca;
RESULTANDO: 1o.) que el mismo tiene por objeto la integración de la cadena comercial hortifrutícola desde “la granja a la mesa del consumidor”, donde ambas instituciones tienen competencia, en el marco de una producción sustentable;
2o.) que el texto del convenio que se propone aprobar recoge las observaciones efectuadas por la Asesoría Jurídica;
CONSIDERANDO: que a tales efectos la Dirección General del Departamento de Desarrollo Económico e Integración Regional eleva las actuaciones solicitando la aprobación de las cláusulas del convenio a suscribir entre las partes;
LA INTENDENTA DE MONTEVIDEO
RESUELVE:
1.- Prestar aprobación al siguiente proyecto de:
CONVENIO: En la ciudad de Montevideo, el día 1º de marzo de 2015 , entre: POR UNA PARTE: el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca (en adelante, MGAP) representado en este acto por la Señora Directora General de la Granja, Ing. Agr. Zulma Gabard titular de la cédula de identidad Nº …………..,constituyendo domicilio en la calle Avda. Gral. Eugenio Garzón Nº 456, de esta ciudad; y POR OTRA PARTE: la COMISION ADMINISTRADORA DEL MERCADO MODELO, representada en este acto por el Presidente y Secretario de la Comisión Administradora del Mercado Modelo (en adelante C.A.M.M.), Sr. Carlos Baldasini y el Ing. Agr. Marcelo Amado titulares de la cédula de identidad Nº 937.802 y Nº 1.298.960/0 respectivamente, constituyendo domicilio en la calle Cádiz 3280, de esta ciudad, quienes convienen lo siguiente: PRIMERO (Antecedentes): 1) Con fecha 8 de mayo de 2006 la Intendencia de Montevideo y el Ministerio de Ganadería Agricultura y Pesca, suscribieron un acuerdo marco, que habilitaba a las dos instituciones a elaborar y ejecutar programas y proyectos de cooperación, cuya vigencia no podía superar el período de gobierno, de cada parte. 2) Con fecha 28 de agosto de 2006 se suscribió un acuerdo específico entre las dependencias de las partes, Dirección General de la Granja y Comisión Administradora del Mercado Modelo, que involucraban un compromiso económico cuya ejecución finalizó el 28 de febrero de 2010. 3) Con fecha 10 de mayo de 2011 se procedió a la firma de un nuevo convenio con plazo máximo 28 de febrero de 2015, por el cual se establecieron relaciones de cooperación para desarrollar y formalizar un centro de recepción, procesamiento, análisis y difusión de información en materia de producción y comercio de frutas y hortalizas. Se creó el Observatorio Granjero y se determinaron sus cometidos. SEGUNDO (Objeto): La DIGEGRA y la CAMM acuerdan celebrar el presente Convenio para el logro de los siguientes objetivos: I) Integración de la cadena comercial hortifrutícola desde “la granja a la mesa del consumidor”, donde ambas instituciones tienen competencia, en el marco de una producción sustentable. II) Desarrollo de aspectos de inocuidad, resaltando que las fruticultura y horticultura deben contribuir a una alimentación saludable y una producción y comercialización responsable. III) Implementación del rotulado, buenas prácticas de higiene y estandarización de los envases hortifrutícolas comercializados en el ámbito del Mercado Modelo, con base en los Decretos aprobados por parte de las intendencias de San José, Canelones, Montevideo, Salto y Artigas, a la fecha. IV)Promoción del consumo saludable de frutas y hortalizas por parte de la población, como componentes indispensables de una alimentación apropiada. V) Coordinar acciones entre las dependencias correspondientes del MGAP (DIGEGRA, DIEA, DGSA) y la IdeM, a través del Mercado Modelo, para continuar con el desarrollo y formalización del centro de recepción, procesamiento, análisis y difusión de información en materia de producción y comercio de frutas y hortalizas, en el marco del sistema informativo denominado Observatorio Granjero. Esta estructura que procesa información, tendrá como cometidos: a) mejorar la planificación y transparencia de las distintas actividades vinculadas al comercio de frutas y hortalizas. b) facilitar los estudios de evaluación de mercados de exportación. c) brindar al Ministerio de Agricultura y Pesca, información que incluya aspectos relacionados a las disponibilidades y necesidades de la población.d) mejorar los procesos vinculados a la captación, digitación, procesamiento, almacenamiento y análisis de los datos recogidos a nivel de campo, así como de ingresos al Mercado Modelo. TERCERO (Acciones): Para el cumplimiento del objeto del presente Convenio las partes se comprometen a: a) Realizar actividades conjuntas de extensión en temas tales como, comercialización, calidad, trazabilidad u otros que se entienda pertinentes, dirigidas hacia productores, comerciantes, proveedores y otros actores de la cadena comercial de las frutas y hortalizas tanto de instituciones públicas como privadas. b) Apoyar el desarrollo de mecanismos que permitan establecer la trazabilidad de la cadena y que promuevan el mantenimiento de la calidad e inocuidad de las frutas y hortalizas. c) Identificar productos y oportunidades de agregado de valor, mediante estudio de las tendencias del mercado y las tecnologías de procesamiento de alimentos disponibles. d) Realizar estudios de mercado e implementar sistemas de información y vigilancia comercial a partir de la identificación de productos y oportunidades de negocios. e) Participar y coordinar con otras instituciones con potestades en el tema alimentación saludable, la realización de campañas y otras actividades de promoción de una dieta saludable. f) Difundir la información resultante utilizando todos los medios idóneos al respecto. g) Realizar encuestas, monitoreo y relevamientos de información que permitan el seguimiento sistemático del comportamiento productivo y comercial en el ámbito nacional de las frutas y hortalizas que se definan de interés. h) Efectuar pronósticos de cosecha para las principales zafras, así como colaborar en la producción de información necesaria para la toma de decisiones y la elaboración de políticas alimentarias por parte de los actores correspondientes. i) Relevar datos de la situación productiva y comercial de las frutas y hortalizas de otros países, de interés en nuestro mercado .j) Analizar el conjunto de datos centralizados de forma de generar información pertinente, oportuna y veraz. k) Formular un cronograma anual de encuestas y actividades de difusión. l) Realizar acuerdos de trabajo con otras Instituciones Públicas o Privadas en temas alineados con el presente convenio. m) Desplegar otras acciones conjuntas vinculadas al comercio hortifrutícola desarrollado en el ámbito del Mercado Modelo. CUARTO (Obligaciones): El MGAP, a través de la DIGEGRA se compromete a: I) Aportar los recursos humanos y materiales que se requieren en el desarrollo de las diversas tareas operativas vinculadas al artículo precedente y al normal funcionamiento de la Agencia instalada en el Mercado Modelo. II) Actuar como coordinador en el ámbito del MGAP con el fin de viabilizar el Observatorio Granjero. III) Mejorar los procesos vinculados a la captación, digitación, procesamiento, almacenamiento y análisis de los datos recogidos en la Guía de Ingresos al Mercado Modelo. IV) Realizar aportes económicos para el desarrollo de las líneas de trabajo vinculadas con la promoción del consumo saludable de frutas y hortalizas de acuerdo a la discrecionalidad de la Dirección de la Granja. Se hará a través del Fondo de Fomento de la Granja. La IdeM, a través de la CAMM se compromete a: I) Aportar un local en el Mercado Modelo en forma gratuita para la Agencia de DIGEGRA, local que oficiará asimismo como sede del presente Convenio. II) Aportar recursos humanos para realizar las diversas tareas operativas vinculadas a la cláusula tercera. III) Aportar recursos financieros para el desarrollo de actividades comprendidas en la cláusula tercera en general, y particularmente en su literal a) y en cuanto al desarrollo de las líneas de trabajo vinculadas con la promoción del consumo saludable de frutas y hortalizas, las cuales se harán efectivas a través de cuenta extra presupuestal del Fondo Promoción Calidad Agroalimentaria (FOPROCA), número de cuenta 309000173. IV) Contribuir con los insumos y equipos necesarios para lograr los objetivos del presente Convenio. V) Actuar como coordinador con los laboratorios oficiales para la realización de los análisis de residuos de plaguicidas en frutas y hortalizas vinculados con actividades del objeto de este Convenio. VI) Mejorar los procesos vinculados a la captación, digitación, procesamiento, almacenamiento y análisis de los datos recogidos en la Guía de Ingresos al Mercado Modelo. VI) Realizar los aportes económicos necesarios para el desarrollo de las líneas de trabajo vinculadas con la producción del consumo saludable de frutas y hortalizas. QUINTO (Estructura): El sistema informativo se basa en una estructura permanente, instalada en el Mercado Modelo, compuesta por personas, equipos y procedimientos, con el objeto de recabar, evaluar y analizar datos. Esta estructura - Observatorio Granjero - procesa datos generados por las entidades participantes, coordina acciones propias entre las instituciones, generando y difundiendo información. SEXTO (Coordinación y Comunicación): La coordinación en la ejecución de este convenio, estará a cargo de una comisión de seguimiento integrada por un delegado titular y un alterno por cada institución signataria, cuya designación se hará por documentos separados, en un plazo no mayor a los treinta días de la suscripción del presente. Dicha Comisión presentará dentro de los primeros 30 días de cada año un plan de actividades y de funcionamiento de la secretaría técnica. La difusión, publicación y uso de la información resultante se realizará de común acuerdo entre las partes tomando en cuenta las necesidades específicas de cada Institución. SÉPTIMO (Plazo): El plazo de este Convenio regirá desde el primero de Marzo de 2015 hasta el 30 de junio de 2015, prorrogable de común acuerdo entre las partes, previa resolución de Ministerio de Ganadería Agricultura y Pesca y Comisión Administradora del Mercado Modelo (CAMM). OCTAVO (Resolución): Este Convenio podrá ser resuelto por cualquiera de las partes debiendo notificar a la otra en forma fehaciente con una antelación mínima de un mes. La resolución del acuerdo no alterará el desarrollo de las acciones que se hubieren acordado, las que continuarán hasta su total conclusión salvo que expresamente se determine lo contrario por las partes. NOVENO (Domicilios especiales): Las partes constituyen domicilios especiales para todos los efectos a que de lugar este convenio, en los indicados en la comparecencia. Para constancia previa lectura, se otorga y firma el presente en dos ejemplares del mismo tenor en el lugar y fecha ut-supra indicados.
2.- Delegar en el Presidente y Secretario de la Comisión Administradora del Mercado Modelo la potestad para suscribir el convenio cuyo texto se aprueba por el numeral precedente.
3.- Comuníquese a la Secretaría General para conocimiento del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca; a la Contaduría General y pase a la Comisión Administradora del Mercado Modelo para su suscripción y conocimiento del Servicio de Escribanía.
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ANA OLIVERA, Intendenta de Montevideo.- |
RICARDO PRATO, Secretario General.- |
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