Resolución N° 466/15/5400
Nro de Expediente:
3240-002120-15
 
ASESORIA JURIDICA
Fecha de Aprobación:
3/8/2015


Tema:
INVESTIGACIONES ADMINISTRATIVAS

Resumen:
Dar por concluida la investigación administrativa dispuesta por Resolución No. 368/15/5000 de 29 de abril de 2015, relacionada con la eventual desobediencia de una orden dada por el Jefe Operativo de la Cuadrilla de Areas Verdes del Servicio Centro Comunal Zonal No. 3.-

Montevideo, 3 de Agosto de 2015.-
 
          VISTO: la Resolución No. 368/15/5000 de 29 de abril de 2015, dictada por la Dirección General del Departamento de Gestión Humana y Recursos Materiales, en ejercicio de facultades delegadas;
          RESULTANDO: 1o.) que por la misma se dispuso encomendar a la Unidad Sumarios la realización de una investigación administrativa a fin de esclarecer los hechos denunciados por el Jefe Operativo de la Cuadrilla de Areas Verdes del Servicio Centro Comunal Zonal No. 3, contra dos funcionarias de la citada cuadrilla ante la eventual desobediencia de una orden dada por el mismo;
          2o.) que el 23/7/15, la Dirección de la Unidad Sumarios, efectuada la investigación administrativa, concluye que en el incidente no se produjo una desobediencia a una orden sino que fue un pedido de las funcionarias para concurrir al baño, en especial una funcionaria que necesitaba concurrir al baño del Cantón por tener que higienizarse por estar con su período menstrual;
          3o.) que por lo tanto, la Dirección de la citada Unidad entiende pertinente el dictado de resolución dando por finalizada esta investigación administrativa, disponiendo la clausura de las actuaciones;
          CONSIDERANDO: las facultades delegadas por Resolución No. 596/15/1000 de 23/7/15, del Sr. Secretario General;
          EL DIRECTOR DE LA DIVISION ASESORÍA JURÍDICA
          RESUELVE:
          1.- Dar por concluida la investigación administrativa dispuesta por Resolución No. 368/15/5000 de 29 de abril de 2015, dictada por la Dirección General del Departamento de Gestión Humana y Recursos Materiales, en ejercicio de facultades delegadas, disponiendo la clausura de las actuaciones, por los motivos expuestos en la parte expositiva de la presente resolución, sin atribución de responsabilidad de ningún funcionario.-
          2. Pase al Servicio Centro Comunal Zonal No. 3 para su conocimiento y demás efectos.-

DR. ESC. ERNESTO BELTRAME, Director de la División Asesoría Jurídica.-