Resolución N° 1234/00/3000
Nro de Expediente:
3400-000261-00
 
DESCENTRALIZACION
Fecha de Aprobación:
24/8/2000


Tema:
MULTAS - INSPECCION GENERAL

Resumen:
Aplicar multa al establecimiento destinado a inquilinato sito en la calle Francisco Gómez 936, propiedad del Sr. Francisco Montoro.-

Montevideo, 24 de Agosto de 2000.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con el establecimiento destinado a inquilinato, sito en la calle Francisco Gómez No. 936, propiedad del Sr. Francisco Montoro, C.I. 4.321.031-8, con igual domicilio a los efectos legales;
        RESULTANDO: 1o) que con fecha 14 de junio de 2000, mediante Orden de Servicio No. 218.605, se intimó la presentación que habilite el funcionamiento del referido establecimiento (Servicio de Contralor de Edificaciones - Planos);
        2o) que comprobándose el incumplimiento de lo intimado dentro de los plazos establecidos, el Servicio Central de Inspección General sugiere la aplicación de una multa de U.R. 13,6213, a la titular de obrados por infracción al Decreto Nro. 27.836, y de acuerdo al Decreto No. 21.626 de fecha 23 de abril de 1984;
        3o) que la División Región Oeste se muestra de conformidad;
        CONSIDERANDO: 1o) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se apliquen por transgredir las ordenanzas departamentales, hasta el máximo legal vigente;
        2o) que por Resolución No. 2478/00 del 17/VII/00 el Sr. Intendente Municipal delegó en el Director General del Departamento de Descentralización la facultad de aplicar multas


        hasta un monto de 55 U.R.;
        LA DIRECCION GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE DESCENTRALIZACION
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de U.R. 13,6213 (trece unidades reajustables con seis mil doscientas trece diezmilésimas), al Sr. Francisco Montoro, C.I. 4.321.031-8, con domicilio a los efectos legales en la calle Francisco Gómez No. 936, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente Resolución.-
        2.- Disponer que transcurrido el plazo de 30 (treinta) días, si la multa permaneciera impaga, el Servicio Central de Inspección General informará a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Cobro de Morosos a los efectos de gestionar el cobro.-
        3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Cobro de Morosos y pase al Servicio Central de Inspección General para su notificación y demás efectos.-

PROF. ANA MARIA OLIVERA, Directora General (I) del Departamento de Descentralización.-