Resolución N° 1721/00
Nro de Expediente:
3330-002076-99
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
23/5/2000


Tema:
MULTAS

Resumen:
Aplicar multa 65,3004 U.R., Eduardo G. Bassino y otros, obras sin permiso Juan Rosas Nº 4233.-

Montevideo, 23 de Mayo de 2000.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con las construcciones realizadas sin el correspondiente permiso municipal en el inmueble sito en calle Juan Rosas Nº 4233, propiedad de los Sres. Eduardo Gabriel Bassino Rodríguez, José Andrés González y Gabriel Bonilla Muniz, C.I. Nos. 1:366.169-1, 2:772.733-4 y 1:900.733-4 respectivamente;
        RESULTANDO: que el Servicio de Contralor de Edificaciones informa que corresponde aplicar una multa de 65,3004 U.R., según lo que establece el literal A, numeral 4, Art. 15º del Decreto No. 21.626 promulgado el 23/IV/84;
        CONSIDERANDO: que en aplicación a lo preceptuado por Resolución Nº 477/87 del 22/I/87, ratificada por Resolución Nº 2.244/94 del 5/VII/94, corresponde que las multas hasta 70 U.R. sean aplicadas por este Ejecutivo Comunal;
        EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1º.- Aplicar una multa de 65,3004 U.R. (sesenta y cinco unidades reajustables con tres mil cuatro diezmilésimas), a los Sres. Eduardo Gabriel Bassino Rodríguez, José Andrés González y Gabriel Bonilla Muniz, C.I. Nos. 1:366.169-1, 2:772.733-4 y 1:900.733-4 respectivamente, propietarios del inmueble sito en la calle Juan Rosas Nº 4233, con domicilio en la calle Andrés Chaves Nº 1414, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2º.- Comuníquese al Servicio Gestión de Cobro de Morosos y pase a la División Espacios Públicos y Edificaciones, quién remitirá al Servicio Central de Inspección General los formularios impresos de acuerdo a lo determinado por el Art. R.98 del Volumen II del Digesto Municipal a los efectos de notificar el acto administrativo al infractor, advirtiéndole que dispone de un plazo de 30 (treinta) días a contar de la fecha de notificación de la presente resolución para el pago de la multa, bajo apercibimiento de que, en caso de omisión, se iniciará acción judicial para el cobro de la misma.-
ALBERTO ROSSELLI, Intendente Municipal.-
DRA. MARIA JULIA MUÑOZ, Secretaria General.-