Resolución N° 1883/17
Nro de Expediente:
2016-1001-98-002666
 
ASESORIA JURIDICA
Fecha de Aprobación:
8/5/2017


Tema:
RECURSOS

Resumen:
Se hace lugar al recurso de reposición interpuesto por un funcionario y se deja sin efecto la Resolución No. 5642/16 de 5 de diciembre de 2016.-

Montevideo, 8 de Mayo de 2017.-
 
          VISTO: el recurso de reposición interpuesto por el funcionario Carlos Costa contra la Resolución No. 5642/16 de 5 de diciembre de 2016 que dispuso modificar su carrera estableciendo que del Escalafón Especialista Profesional, Subescalafón Especialista Profesional Técnico, Carrera Inspector de Tránsito, Nivel IV, pasa a revistar en el Escalafón Administrativo, Subescalafon A3, Nivel de Carrera III, Grado SIR 7;
          RESULTANDO: 1o.) que el recurrente considera que la resolución es ilegitima y no expresa fundamento de derecho alguno, mientras que indica que su traslado no se adecua a ninguna de las hipótesis establecidas en el Digesto para el cambio de carrera, entre otras consideraciones;
          2o.) que la Unidad Asesoría expresa que desde el punto de vista adjetivo el recurso de reposición se presentó en tiempo y forma;
          3o.) que desde el punto de vista sustancial se indica que por Resolución No. 3770/11 de 15/8/11, el funcionario Carlos Costa fue sancionado con tres meses de suspensión sin goce de sueldo como responsable de una falta grave contraria al deber de decoro y diligencia en su carácter de funcionario Inspector de Tránsito, previo a lo cual y en forma provisional mientras se sustanciaba el sumario a tenor del Art. D. 150 del Volumen III del Digesto Departamental, había sido trasladado a cumplir funciones en el Servicio de Salubridad Pública;
          4o.) que la modificación de la carrera del impugnante no finca en norma sustantiva alguna ni encuadra en ninguna de las disposiciones legislativas que la habilitan (Arts. D. 98.3, D 98.4 y D. 98.5 del Volumen III del Digesto Departamental) y en cuanto solución con vocación de permanencia resulta contraria al carácter provisional y cautelar que en tales términos habilitó y fundamentó en su momento el traslado;
          5o.) que la incompatibilidad de la falta cometida en relación a la naturaleza de contralor de las normas de tránsito que debe cumplir un funcionario Inspector se vincula con su idoneidad o aptitud moral, la cual corresponde sea valorada en el marco del sumario administrativo el cual ya fue laudado y en el que se dispuso la imposición de una sanción que además ya fue cumplida;
          6o.) que por lo expuesto la Unidad Asesoría propicia el dictado de resolución por la cual se haga lugar al recurso de reposición interpuesto y en consecuencia se deje sin efecto la Resolución No. 5642/16;
          CONSIDERANDO: que el 29/3/17 la División Asesoría Jurídica remite las actuaciones para su consideración;
          EL INTENDENTE DE MONTEVIDEO
          RESUELVE:
          1. Hacer lugar al recurso de reposición interpuesto por el funcionario Carlos Costa, C.I. 1.861.332 y dejar sin efecto la Resolución No. 5642/16 de 5 de diciembre de 2016.-
          2. Pase al Departamento de Gestión Humana y Recursos Materiales para notificar al interesado y demás efectos.-
ING. DANIEL MARTINEZ, Intendente de Montevideo.-
FERNANDO NOPITSCH, Secretario General.-