Resolución N° 2289/99
Nro de Expediente:
6001-001043-98
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
21/6/1999


Tema:
PERMISOS DE CONSTRUCCION

Resumen:
Autorizar condicionada obras ampliación estación de servicio, Avda. Dr. Carlos María Ramírez Nº 1695 esq. Grecia

Montevideo, 21 de Junio de 1999.-
 
        VISTO: que por trámite en consulta se solicita autorización para construir en el establecimiento destinado a expendio de combustible, ubicado en el predio empadronado con el Nº 23.628, sito en la Avda. Dr. Carlos María Ramírez Nº 1695 esq. Grecia, según gráficos del expediente Nº 6001-001043-98;
        RESULTANDO: 1º) que se solicita tolerancia para invadir, con techo liviano zonas de retiros frontal, lateral y de ensanche;
        2º) que la División Planificación Territorial informa que: a) la invasión en zona de retiro lateral sobre la calle Grecia es total y sobre la mencionada avenida es parcial ; b) las construcciones serían realizadas con techos livianos sobre estructuras metálicas lo que facilita su remoción, en caso de solicitarse y c) teniendo en cuenta el entorno urbano en que se encuentra puede autorizarse con carácter precario y revocable;
        3º) que el Servicio de Catastro y Avalúo informa que por la ocupación del espacio público corresponde el pago de 54 U.R. anuales;
        4º) que la propietaria a fs. 4 de estas actuaciones ha prestado su conformidad con el pago de la tasación anual fijada;
        5º) que la División Espacios Públicos y Edificaciones comparte lo informado y propicia su autorización de acuerdo con las siguientes condiciones: a) se deberá abonar la tasa anual establecida de 54 U.R. en el Departamento de Actividades Productivas y Comerciales; b) no se considerará el valor de las obras para la indemnización en caso expropiación y c) se deberá gestionar el Permiso de Construcción correspondiente y la habilitación de funcionamiento por el destino comercial;
        CONSIDERANDO: que el Departamento de Acondicionamiento Urbano propicia dictar resolución de acuerdo a lo aconsejado;
        EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1º.- Autorizar, a construir las obras proyectadas en el establecimiento destinado a expendio de combustible, ubicado en el predio empadronado con el Nº 23.628, sito en la Avda. Dr. Carlos María Ramírez Nº 1695 esq. Grecia, de acuerdo a las siguientes condiciones: a) se deberá pagar anualmente un derecho de 54 U.R. (cincuenta y cuatro unidades reajustables) en el Departamento de Actividades Productivas y Comerciales; b) no se considerará el valor de las obras para la indemnización en caso expropiación y c) se deberá gestionar el Permiso de Construcción correspondiente y la habilitación de funcionamiento por el destino comercial.-
        2º.- Comuníquese a los Departamentos de Descentralización, para su transcripción a la autoridad local competente, de Recursos Financieros , de Actividades Productivas y Comerciales y pase al Servicio de Contralor de Edificaciones.-
SR. ALBERTO ROSSELLI, Intendente Municipal (I).-
DRA. MARIA JULIA MUÑOZ, Secretaria General.-