Resolución N° 1223/09
Nro de Expediente:
3180-000655-08
 
DESARROLLO SOCIAL
Fecha de Aprobación:
30/3/2009


Tema:
DONACION MODAL

Resumen:
Se aprueba texto de donación modal con la Iglesia Anglicana del Uruguay para el desarrollo del Programa Barrido Otoñal.-

Montevideo, 30 de Marzo de 2009.-
 
        VISTO: que la Secretaría de la Mujer inicia estas actuaciones tendientes a lograr un acuerdo promoviendo una donación modal con la Asociación Civil Iglesia Anglicana del Uruguay;
        RESULTANDO: 1o.) que a través de dicho instrumento se persigue la continuación del Programa "Barrido Otoñal" que se lleva adelante desde el año 2002 y por el cual se brinda una experiencia socio-laboral alternativa, de carácter transitorio, a mujeres jefas de familia en situación de pobreza por un período aproximado de cinco meses;
        2o.) que se efectuó la solicitud SEFI No. 115651;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la Institución referida fue seleccionada por la Comisión Asesora que actuó en el llamado abierto convocado a esos efectos;
        2o.) que la Asesoría Jurídica no formula observaciones al texto propuesto;
        3o.) que la División Políticas Sociales se expresa de conformidad;
        4o.) que a los efectos de dotar de mayor agilidad al sistema asegurando su ejercicio eficiente se entiende conveniente hacer uso del mecanismo previsto en el art. 280o. de la Constitución de la República;
        5o.) que la Dirección General del Departamento de Desarrollo Social estima oportuno y conveniente el dictado de resolución que apruebe el texto de la donación modal a firmarse con la referida Institución;
        EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1.- Aprobar el texto de una donación modal a firmase con la Asociación Civil Iglesia Anglicana del Uruguay, en los siguientes términos: DONACION MODAL. En la ciudad de Montevideo, el ................... del año dos mil nueve, entre: POR UNA PARTE: La Intendencia Municipal de Montevideo, (en adelante, la IMM), RUT 211763350018, con domicilio en esta ciudad en la Avda. 18 de Julio No. 1360, representada en este acto por ...................................... y POR OTRA PARTE: La Asociación Civil Iglesia Anglicana del Uruguay (en adelante la Institución), RUT No. ....................... representada en este acto por .................................., en su calidad de ...................................con domicilio en la calle Reconquista Nº 522, quienes acuerdan lo siguiente: PRIMERO: ANTECEDENTES: I) La presente donación se enmarca en las políticas sociales que la IMM desarrolla, con el objetivo de colaborar con aquellos sectores que presentan dificultades para su inclusión social e inserción laboral. Dicha política brinda una experiencia socio laboral alternativa, de carácter transitorio, dirigida a mujeres jefas de familia en condiciones de pobreza; II) La Iglesia Anglicana del Uruguay es una Institución sin fines de lucro, que tiene como objetivo llevar a cabo Programas de desarrollo que procuran apoyar procesos de recuperación de protagonismo personal en la vida tanto individual como grupal y comunitaria; así como también, elaborar conjuntamente con la población estrategias de salida progresiva de la situación de marginación; III) Por el llamado público realizado en enero de 2008 por la Secretaría de la Mujer de la División Políticas Sociales a Organizaciones No Gubernamentales interesadas en la suscripción de convenios con la IMM para realizar tareas de barrido de cordones, veredas, entorno de los árboles y limpieza de papeleras en la zona asignada, la Iglesia Anglicana del Uruguay resultó seleccionada con el objetivo primordial de potenciar el crecimiento individual y colectivo de las mujeres jefas de hogar en condiciones de pobreza a través del trabajo realizado por esta modalidad de convenios educativos laborales.- SEGUNDO: OBJETO: La IMM dona a la Institución, la suma de $ 1:260.180 (pesos uruguayos un millón doscientos sesenta mil ciento ochenta), que se entregará en tres cuotas: la primera, que incluye la compra de uniformes, herramientas, materiales e imprevistos, a la firma del contrato por $ 540.074 (pesos uruguayos quinientos cuarenta mil setenta y cuatro), la segunda de $ 360.053 (pesos uruguayos trescientos sesenta mil cincuenta y tres) en el mes de julio, y la tercera de $ 360.053 (pesos uruguayos trescientos sesenta mil cincuenta y tres) en el mes de setiembre.- TERCERO: MODO.- A efectos de dar cumplimiento a los fines perseguidos por la presente donación, detallados en la cláusula Primero, la IMM impone a la Institución el cumplimiento del siguiente modo: I) Seleccionar mediante convocatoria abierta y sorteo público e incorporar a las tareas educativo-laborales a 22 (veintidós) mujeres, para realizar el barrido de cordones, veredas, entorno de los árboles y limpiezas de papelera, 2 (dos) supervisoras, y una coordinadora para el barrido de las siguientes zonas: Avda. Gral. Flores desde la Plaza 1º de Mayo hasta Plaza del Ejército; el Centro Comercial de Arenal Grande; y la Av. Daniel Fernández Crespo desde la calle Miguelete hasta el Palacio Legislativo, debiendo la Institución comunicar a la IMM el nombre de las personas contratadas para llevar a cabo las tareas mencionadas; II) Asegurar la presencia diaria del total de las mujeres, por el período definido en conjunto entre las partes y expresado en los contratos pertinentes; III) Hacerse cargo de la gestión de las tareas, incluida la compra de los insumos, de las herramientas, de la vestimenta, así como la contratación de los vehículos correspondientes para la carga, tareas y supervisión; IV) Realizar el seguimiento de la totalidad del proceso educacional, según lo expresado en el plan de trabajo educativo presentado; V) Educar según el uso del tiempo libre de las mujeres y organizar eventos a estos efectos; y VI) Rendir cuentas ante la Unidad Central de Auditoría Interna de la IMM mensualmente, dentro de los diez días siguientes a la finalización de cada mes, con detalle de la utilización del dinero donado de acuerdo con el destino previsto por este contrato.- CUARTO : ACEPTACIÓN Y PLAZO: La Institución acepta la donación y se obliga a cumplir puntualmente el modo establecido en la cláusula anterior a partir de la firma del presente contrato y hasta el 31 de diciembre de 2009. El presente podrá renovarse por un plazo igual, si mediare al respecto información favorable del equipo técnico de la Secretaría de la Mujer, acerca del cumplimiento cabal del modo por parte de la Institución.- QUINTO: CONTRALOR DEL CUMPLIMIENTO DEL MODO: La IMM controlará: I) el cumplimiento de la ejecución del modo, seguimiento y la evaluación del proceso educativo por parte del Equipo Técnico de la Secretaría de la Mujer, que coordinará instancias conjuntas con la Institución y realizará informes periódicos. La evaluación de la tarea de barrido la realizará el Centro Comunal Zonal y la División Limpieza realizará controles periódicos; II) que las rendiciones de cuentas presentadas de acuerdo a lo estipulado en la cláusula tercera; y III) que la Institución cumpla con toda la legislación nacional vigente en lo que tiene que ver con la relación que ella trabe con los individuos seleccionados para realizar la experiencia de reinserción educativo-laboral, por lo cual la constatación de su incumplimiento en cualquier aspecto habilita a la IMM a la inmediata rescisión del contrato.- SEXTO: RESPONSABILIDAD DE LA INSTITUCIÓN: La Institución asume la totalidad de las responsabilidades emergentes de la relación trabada entre ella y las beneficiarias del programa, así como las obligaciones que por la misma pudieran generarse con otros organismos estatales, respecto de las cuales la IMM es por completo ajena. Asimismo la Institución indemnizará en caso de daños materiales ó personales causados a funcionarios municipales ó a terceros, cuando se constatare la responsabilidad de las participantes del programa, por acción, omisión ó negligencia en el desempeño de las tareas desarrolladas en cumplimiento del modo.- SEPTIMO: MORA AUTOMÁTICA: La mora se producirá de pleno derecho, sin necesidad de acto judicial ó extrajudicial alguno, por el solo vencimiento de los términos establecidos, así como por la realización u omisión de cualquier acto ó hecho que se traduzca en hacer o no hacer algo contrario a lo estipulado.- OCTAVO: RESCISIÓN: El incumplimiento de todas o cualquiera de las obligaciones a cargo de la Institución dará lugar al inicio, previa constatación del mismo, de los tramites tendientes a la rescisión de esta donación por parte de la IMM. Se considerará que la Institución ha incurrido en incumplimiento que amerite la rescisión, cuando notificada por escrito de la constatación del mismo, dentro del plazo de diez días siguientes no lo rectificara a satisfacción de la IMM, salvo que la conducta verificada implique una acción u omisión no susceptible de rectificación. Serán de aplicación las normas que regulan la sustanciación del procedimiento administrativo en la IMM, que la Institución declara conocer y aceptar.- NOVENO: DOMICILIOS ESPECIALES: Las partes constituyen domicilios especiales a todos los efectos de este contrato, en los indicados como respectivamente suyos en la comparecencia.- DECIMO: COMUNICACIONES: Cualquier notificación ó intimación que deban realizarse las partes, se tendrá por válidamente efectuada si es hecha a los domicilios constituidos en este documento, por medio de telegrama colacionado o cualquier otro medio que diera certeza de su realización.- DECIMO PRIMERA: REPRESENTACIÓN: La Institución acredita la representación invocada según ......................... expedido el día ..................................- Y en prueba de conformidad, se firman tres ejemplares del mismo tenor en el lugar y fecha indicados en el acápite.-
        2.- Delegar en la Dirección General del Departamento de Desarrollo Social la facultad de firmar la donación modal cuyo texto por el numeral anterior se aprueba.-
        3.- Establecer que la erogación resultante se atendrá con cargo a la solicitud SEFI No. 115651.-
        4.- Comuníquese a los Departamentos de Descentralización, Recursos Financieros y Recursos Humanos y Materiales, a las Divisiones Políticas Sociales, Región Centro, Limpieza, y Comunicación, a la Asesoría Jurídica, Centro Comunal Zonal Nos. 2 y 3, Unidad Central de Presupuesto, Escribanía, a la Unidad Central de Auditoría Interna, a la Secretaría de la Mujer y pase a la Contaduría General.-
RICARDO EHRLICH, Intendente Municipal.-
ALEJANDRO ZAVALA, Secretario General.-