Resolución N° 1506/01/4000
Nro de Expediente:
4001-005969-01
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
4/12/2001


Tema:
TRANSITO PREFERENCIAL Y FLECHAMIENTO

Resumen:
Establecer doble sentido para la calle Sarandí entre Juan Lindorfo Cuestas y Rambla Francia.-

Montevideo, 4 de Diciembre de 2001.-
 
        VISTO: la gestión iniciada por la Junta Departamental de Montevideo a fin de dejar sin efecto el sentido único de circulación que rige para la calle Sarandí entre Juan Lindolfo Cuestas y Rambla Francia;
        RESULTANDO: 1°) que el Servicio de Ingeniería de Tránsito informa que es necesario establecer doble sentido de circulación en el tramo de referencia, dado el escaso caudal vehicular que por allí circula;
        2º) que la División Tránsito y Transporte comparte lo expresado por el Servicio competente;
        CONSIDERANDO: que por Resolución Nº 2.465/00 del 17/VII/00, el Sr. Intendente Municipal delegó en el Director General del Departamento de Acondicionamiento Urbano la facultad, entre otras, de establecer sentido único de circulación en la vía pública;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE ACONDICIONAMIENTO URBANO
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1º.- Establecer doble sentido de circulación en la calle Sarandí entre las calles Juan Lindolfo Cuestas y Rambla Francia.-
        2º.- Comuníquese a la Secretaría General para su transcripción a la Junta Departamental de Montevideo, al Departamento de Descentralización para conocimiento de la autoridad local competente, al Banco de Seguros del Estado, a la Jefatura de Policía de Montevideo, al Servicio de Vigilancia y a la Unidad
        Ejecutora de Coordinación y pase al Servicio de Ingeniería de Tránsito.-

ARQ. ROBERTO VILLARMARZO, Director General.-