Resolución N° 3602/16
Nro de Expediente:
2016-6545-98-000024
 
DESARROLLO SOSTENIBLE E INTELIGENTE
Fecha de Aprobación:
8/8/2016


Tema:
PLATAFORMA DE CIUDADES INTELIGENTES

Resumen:
Aprobar el siguiente texto de convenio tipo a celebrarse con cada uno de los actores interesados en el marco del programa Montevideo Plataforma de Experimentación.-

Montevideo, 8 de Agosto de 2016.-
 
          VISTO: el interés de esta Intendencia de impulsar iniciativas innovadoras que promuevan una mejor calidad de vida de las montevideanas y los montevideanos mediante el uso de tecnologías y herramientas asociadas al concepto de Ciudades inteligentes;
          RESULTANDO: 1º) que se han presentado varias universidades, emprendedores y empresas manifestando su interés en colaborar con la Intendencia en el desarrollo de estas iniciativas;
          2º) que se han hecho dos experiencias pilotos con buenos resultados;
          3º) que se ha diseñado un convenio tipo a ser firmado por la Intendencia de Montevideo y cada uno de los actores interesados;
          CONSIDERANDO: 1º) que la Dirección General del Departamento de Desarrollo Sostenible e Inteligente entiende pertinente su aprobación;
          2º) que el Consejo Consultivo de Ciudades Inteligentes ha manifestado una opinión favorable en la materia;
          EL INTENDENTE DE MONTEVIDEO
          RESUELVE:
          1º. Aprobar el siguiente texto de convenio tipo a celebrarse con cada uno de los actores en el marco del programa Montevideo Plataforma de Experimentación:
          CONVENIO: En la ciudad de Montevideo, el ... del mes ... de dos mil... comparecen, POR UNA PARTE: la Intendencia de Montevideo (en adelante IM), R.U.T. 211763350018, con domicilio en la Avda. 18 de julio 1360 de Montevideo, representada en el acto por .... y POR OTRA PARTE: ...., RUT ...., representada en este acto por ..... en su calidad de .... con domicilio en esta ciudad en la calle .... quienes acuerdan lo siguiente:
          PRIMERO: Antecedentes: 1) En el marco del programa de Ciudades Inteligentes la IdeM se propone impulsar iniciativas que promuevan la colaboración y la co-creación con distintos actores en la búsqueda de soluciones que mejoren la calidad de vida de sus ciudadanos y ciudadanas. 2) Montevideo dispone de una plataforma para ciudades inteligentes la cual permite integrar distintas soluciones 3) Uruguay, y en particular Montevideo, cuenta con universidades, centros de emprendedurismo, emprendedores y empresas locales que han posicionado al país en un lugar muy destacado en materia tecnológica, así como un conjunto de políticas públicas que han permitido contar con una infraestructura tecnológica que habilita el desarrollo de la tecnología 4) Esta Intendencia se propone facilitar el desarrollo de productos tecnológicos basadas en la electrónica, la informática, la robótica, la mecánica y demás áreas afines, disponiendo del espacio del Departamento para el testeo de los prototipos generados. 5) Asimismo se impulsa la integración de aplicaciones móviles con dispositivos que configuran lo que se denomina internet de las cosas 6) Esta iniciativa busca contribuir a fortalecer el desarrollo económico, social y cultural de los ciudadanos y ciudadanas, siendo un agente integrador a nivel local de las tecnologías 7) La contratante reúne el conocimiento, las herramientas y una propuesta específica a testear en Montevideo 8) Que dicha propuesta es de interés departamental 9) En este marco se suscribe el convenio entre las partes a los efectos de describir el alcance de la relación entre la IdeM y la contratante.-
          SEGUNDO: Objeto: El objeto del presente convenio es mejorar la calidad de vida de montevideanos y montevideanas mediante el uso de la tecnología, integrando iniciativas tecnológicas basadas en dispositivos inteligentes.-
          TERCERO: Obligaciones de la contratante: A) la contratante desarrollará prototipos basados la propuesta específica presentada y que se adjunta B) Una vez que los mismos sean aceptados y declarados de interés por la IdeM, se coordinará el testeo C) los mismos serán testeados en Montevideo plataforma de experimentación, en las condiciones y en el espacio físico que la IdeM establezca a sus efectos D) Una vez culminado el testeo, la empresa deberá entregar un informe de resultados.-
          CUARTO: Obligaciones de la IdeM: A) La IdeM ofrece como parte de su contribución: A) Realizar una validación inicial de la propuesta para comprobar el interés de la misma con el objetivo de mejorar la calidad de vida de la ciudadanía B) Disponer de un espacio físico en la ciudad para que la empresa pueda testar los dispositivos C) Disponer de funcionarios que colaboren con la tarea de puesta en el territorio de los mismos D) Facilitar la información que sea necesaria tanto para la puesta en producción como para la evaluación de los resultados E) Analizar el informe de resultados presentado por la contratante y realizar y comunicar su propia evaluación de resultados de acuerdo a los objetivos previstos F) Coordinar con la contratante las acciones de comunicación a los efectos de lograr los objetivos del presente convenio G) En caso que lo crea conveniente, podrá adquirir los dispositivos testeados siempre que su costo no exceda el de la compra directa.-
          QUINTO: Vigencia del convenio. El presente convenio estará en vigencia a partir de la firma y por el plazo máximo de doce meses consecutivos a contar de dicha firma.-
          SEXTO: Responsabilidad: la contratante asume la responsabilidad jurídica y económica ante cualquier daño y perjuicio que pudiera derivarse de los actos, hechos y actividades cuya ejecución toma a su cargo por este convenio, excluyendo a la IdeM de toda responsabilidad.-
          SEPTIMO: Coordinación: la contratante y la IdeM a través de la Dirección General del Departamento de Desarrollo Sostenible e Inteligente acordarán los mecanismos de coordinación a los efectos de facilitar la ejecución del presente convenio.-
          OCTAVO: Prohibiciones. las partes acuerdan que los derechos y obligaciones derivadas de este convenio no podrán ser cedidos a terceros salvo que medie acuerdo previo por escrito.-
          NOVENO: Las partes acuerdan: A) Las comunicaciones entre las partes serán realizadas por correo electrónico. Estas comunicaciones serán plenamente válidas entre las partes a los efectos de este convenio. B) Constituyen domicilios especiales a todos los efectos del presente convenio, los declarados como suyos en la comparecencia.-
          DECIMO: Rescisión del convenio: El incumplimiento de todas o cualquiera de las obligaciones a cargo de la contratante dará lugar a inicio, previa constatación del mismo, de los trámites tendientes a su rescisión. Se considerará que la misma ha incurrido en incumplimiento que amerite la rescisión del convenio, cuando notificada por escrito de la constatación del mismo, dentro de la duración de las actividades, no lo rectificara. Serán aplicables las normas que regulan la sustanciación del procedimiento administrativo de la IdeM que la contratante declara conocer y aceptar.-
          2º. Encomendar a la Dirección General del Departamento de Desarrollo Sostenible e Inteligente el estudio de cada una de las propuestas que se presenten, convocando a integrantes de los Departamentos involucrados a los efectos que analicen y validen su alcance.-
          3º. Comuníquese a todos los Municipios, a todos los Departamentos, a la Contaduría General, a las Divisiones Asesoría Jurídica, Asesoría de Desarrollo Municipal y Participación y pase, por su orden, a los Servicios de Escribanía y de Relaciones Públicas para la formalización del convenio.-
ING. DANIEL MARTINEZ, Intendente de Montevideo.-
FERNANDO NOPITSCH, Secretario General.-