Resolución N° 748/99/3000
Nro de Expediente:
3200-005588-99
 
DESCENTRALIZACION
Fecha de Aprobación:
12/5/1999


Tema:
MULTAS - INSPECCION GENERAL

Resumen:
Aplicar multa al local sito en la calle Pirineos No. 2736, cuyo responsable legal es el Centro Cultural y Deportivo Hijos del Mar.-

Montevideo, 12 de Mayo de 1999.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el local, sito en la calle Pirineos Nº 2736 , cuyo responsable es el Centro Cultural y Deportivo Hijos del Mar, con igual domicilio a los efectos legales;
        RESULTANDO: 1º) que en inspección realizada el 11 de abril de 1999, a la hora 02:00, se constató según Acta Nº 7388, la presencia de niveles de sonido de 50/52 dB (A) en la casa del denunciante, lo que excede lo autorizado por la normativa vigente, transgrediendo lo dispuesto por el Artículo D.2808, incisos 7a y 7b, del Digesto Municipal, Volumen XIII (De los Espectáculos Públicos);
        2º) que por la infracción constatada y de acuerdo al Decreto Nº 21.626 del 23 de abril de 1984, corresponde la aplicación de una multa de U.R. 12,2437 (Unidades Reajustables doce con 2437/10.000), por tratarse de la primera reincidencia, al titular de obrados;
        3º) que la División Administraciones Locales estima pertinente el dictado de resolución en el sentido indicado precedentemente;
        CONSIDERANDO: 1º) las facultades que el Intendente Municipal delegó en la Dirección General del Departamento de Descentralización;




        2º) que se estima procedente dictar resolución en tal sentido;
        LA DIRECCION GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE DESCENTRALIZACION
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
      1.- Aplicar una multa de U.R. 12,2437 (Unidades Reajustables doce con 2437/10.000), al Centro Cultural y Deportivo Hijos del Mar, con domicilio en la calle Pirineos Nº 2736 , a los efectos legales, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente Resolución.
      2.- Transcurrido el plazo de treinta días, si la multa permaneciera impaga, el Servicio Central de Inspección General comunicará al Servicio de Tesorería a efectos de descontar el importe del depósito de garantía.-
      3.- En caso que el depósito resultare insuficiente el Servicio Central de Inspección General informará al Departamento de Recursos Financieros, a efectos de gestionar el cobro de la diferencia.-
      4.- Comuníquese al Servicio de Gestión de Cobro de Morosos, Sección Multas del Servicio de Ingresos Comerciales y pase al Servicio Central de Inspección General para la notificación y demás efectos.-

Sr. ALBERTO ROSSELLI, Director General del Departamento de Descentralización.-