Resolución N° 1884/24
Nro de Expediente:
2019-5310-98-000003
 
ASESORÍA JURÍDICA
Fecha de Aprobación:
06/05/2024


Tema:
VARIOS

Resumen:
PETICIÓN. NO SE HACE LUGAR A LA PETICIÓN ADMINISTRATIVA PROMOVIDA POR EL SR. FAUSTINO OMAR MESA TOLOSA MEDIANTE LA CUAL SOLICITA DEJAR SIN EFECTO LA RESOLUCIÓN DE FECHA 20/02/19, DICTADA POR LA DIRECCIÓN GENERAL DEL DEPARTAMENTO DE GESTIÓN HUMANA Y RECURSOS MATERIALES POR LA CUAL NO SE HIZO LUGAR A LA SOLICITUD ENCAMINADA A LA EXONERACIÓN DEL PAGO DE DERECHO DE PISO POR DEPÓSITO DE VEHÍCULO RETIRADO DE LA VÍA PÚBLICA.-

Montevideo, 06 de Mayo de 2024.-
 

                         VISTO: los recursos de reposición y apelación en subsidio interpuestos por el Sr. Faustino Omar Mesa Tolosa contra la resolución de fecha 20/02/19, dictada por la Dirección General del Departamento de Gestión Humana y Recursos Materiales por la cual no se hizo lugar a la solicitud encaminada a la exoneración del pago de derecho de piso por depósito de vehículo retirado de la vía pública;

                         RESULTANDO: 1o.) que el peticionante se agravia en que el vehículo de su propiedad no se hallaba abandonado en la vía pública siendo utilizado para desarrollar tareas laborales y que a la fecha del guinchado se encontraba impedido de salir de su domicilio debido a un padecimiento de salud, entre otras consideraciones;

2o.) que la Unidad Asesoría indica que desde el punto de vista adjetivo los recursos administrativos fueron presentados fuera de plazo y por tanto corresponde considerar el accionamiento deducido  con carácter de petición;

3o.) que desde el punto de vista sustancial, dicha Unidad informa que el artículo 7 de la Ley Nº 18.791 establece que serán considerados en situación de abandono los vehículos estacionados en la vía pública cuando su permanencia exceda el tiempo establecido en la reglamentación y que, en tal caso, los vehículos serán transportados al depósito habilitado por el organismo actuante, previa intimación por 72 horas;

4o.) que por su parte, el artículo D.653 del Volumen V del Digesto Departamental establece que los vehículos estacionados en la vía pública por más de 48 horas ininterrumpidas, serán transportados a un depósito de la Intendencia, con previo aviso al propietario si fuere posible, siendo de cargo de éste los gastos que se originen;

5o.) que asimismo, el artículo R.424.224 de la citada compilación normativa establece que se podrá ordenar el retiro de vehículos en la vía pública y su depósito bajo custodia de la autoridad competente o de la persona que ésta designe, entre otras situaciones, cuando un vehículo permanezca abandonado en la vía pública durante el tiempo y en las condiciones necesarias para presumir racional y fundadamente tal abandono;

6o.) que resulta de obrados que ante la denuncia de un vehículo abandonado en la vía pública, matrícula SAZ 6284 con fecha 25/08/2018, se cumplieron con las disposiciones normativas citadas,  constatándose con fecha 09/10/2018 la presencia de dicho vehículo en la vía pública (intervenido SA 0802017), intimando su retiro con plazo de 72 horas;

7o.) que en fecha 18/10/18 se constató que la situación del vehículo de referencia permanecía incambiada, procediéndose a su traslado al Depósito de Bienes Muebles, conforme a lo dispuesto por el artículo D.869 del Volumen V del Digesto Departamental;

8o.) que se desprende la actuaciones agregadas, especialmente de lo informado en actuación Nº 6 del expediente Nº 2019-5010-98-000044, que el vehículo fue multado con fecha 09/10/18  por estar estacionado más de 48 horas ininterrumpidas, siendo nuevamente multado con fecha 18/10/18 por el mismo concepto  y en esta última oportunidad además por haber sido guinchado, confiriéndose vista previa de ambos actos administrativos sin que el peticionante haya presentado descargos;

9o.) que según surge de actuación Nº 13 del expediente agregado Nº 2019-5010-98-000044 la información respecto de la situación del vehículo fue ingresada al sistema informático correspondiente, así como se efectuó la comunicación a la Seccional 3ª en tiempo y forma;

10o.) que no resulta relevante a los efectos de determinar el abandono del vehículo el pago del tributo Patente de Rodados y Seguro Obligatorio de Automóviles, siendo que este se configura por encontrarse el vehículo estacionado en la vía pública excediendo el lapso previsto en la normativa aplicable;

11o.) que la prueba ofrecida por el peticionante resulta inconducente en tanto de la propia petición se desprende que la denuncia data del 25/08/18, constatándose la contravención en dos oportunidades posteriores, el 09/10/18 y el 18/10/18, por lo cual habiendo transcurrido un mes y medio entre la denuncia y la última constatación, de conformidad con las reglas de la sana crítica, corresponde tener por acreditada la infracción;

12o.) que asimismo no agrega certificado médico que acredite la enfermedad que, según lo mencionado, le habría impedido por un lapso extenso salir de su domicilio;

13o.) que en consecuencia, corresponde la aplicación de lo dispuesto por el artículo R.424.225 del Volumen V del Digesto Departamental, que establece que el retiro del vehículo implicará la conducción a un depósito o predio designado para ello y del artículo R.424.227 del propio cuerpo normativo que dispone que los gastos ocasionados serán de cuenta del conductor y subsidiariamente del titular y serán exigidos al recuperarse el vehículo;

14o.) que en mérito a lo expuesto la Unidad Asesoría sugiere se propicie el dictado de resolución por la cual no se haga lugar a la petición planteada;

                         CONSIDERANDO: que la División Asesoría Jurídica remite las actuaciones para su consideración;



EL INTENDENTE DE MONTEVIDEO

RESUELVE:

1.- No hacer lugar a la petición administrativa promovida por el Sr. Faustino Omar Mesa Tolosa, CI 4.090.691-3, mediante la cual solicita dejar sin efecto la resolución de fecha 20/02/19, dictada por la Dirección General del Departamento de Gestión Humana y Recursos Materiales por la cual no se hizo lugar al pedido de exoneración del pago de derecho de piso por depósito de vehículo retirado de la vía pública.-

2.- Pase a la División Tránsito para notificar al interesado y demás efectos.-

MAURICIO EMILIO ZUNINO CANEPA, INTENDENTE DE MONTEVIDEO (I).-

OLGA BEATRIZ OTEGUI PINTOS, SECRETARIA GENERAL.-