Resolución N° 945/23/1200
Nro de Expediente:
2023-5229-98-000421
 
PROSECRETARIA GENERAL
Fecha de Aprobación:
20/9/2023


Tema:
MULTAS

Resumen:
Se aplica una multa de UR 20 a la empresa Ziknor SA, con domicilio en la calle Dr. Teófilo Díaz No. 1665 Bis, por constatarse el acopio de residuos sin la identificación correspondiente.-

Montevideo, 20 de Setiembre de 2023.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la empresa Ziknor SA, RUT 216913830010, con domicilio declarado en Av. Central Of. 2 - Las Piedras, Canelones, y siendo el domicilio fiscal en la calle Dr. Teófilo Díaz No. 1665 bis;
        RESULTANDO: 1o.) que el Servicio de Convivencia Departamental informó que personal inspectivo constató el acopio de 6 bolsones de residuos ubicados en la Rambla República de México esquina Belastiqui, sin la identificación correspondiente, labrándose el Acta No. 06356 de 22/02/23;
        2o.) que se procedió a otorgar vista de acuerdo a lo dispuesto por el artículo R.69 del Volumen II del Digesto Departamental, a efectos de la formulación de descargos, sin que estos se hayan presentado;
        3o.) que en tal sentido el precitado Servicio solicita aplicar una multa de UR 20, por infringir lo dispuesto en el artículo R.424.110.6 del Volumen V del Digesto Departamental, conforme a lo preceptuado en el artículo D.1928.14, inciso b) del Volumen VI "Higiene y Asistencia Social" de idéntico cuerpo normativo;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales de acuerdo a lo dispuesto por el Decreto N.º 34.134 de 12/4/12 y la Resolución N.º 2287/13 de 3/6/13;
        2o.) que por Resoluciones Nos. 4242/20 de 1/12/20 y 570/20/1000 de 4/12/20 se delegó en

        el Prosecretario General las facultades de aplicar multas de hasta un monto de UR 20;
        EL PROSECRETARIO GENERAL DE LA
        INTENDENCIA DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de UR 20 (unidades reajustables veinte) a la empresa Ziknor SA, RUT 216913830010, con domicilio declarado en Av. Central Of. 2 - Las Piedras, Canelones, y siendo el domicilio fiscal en la calle Dr. Teófilo Díaz No. 1665 bis, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Disponer que transcurrido el plazo de 30 (treinta) días, si la multa permaneciera impaga, el Servicio de Convivencia Departamental comunicará a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes a los efectos de gestionar el cobro.-
        3.- Comuníquese a la División Asesoría de Desarrollo Municipal y Participación a sus efectos, al Servicio Gestión de Contribuyentes y pase al Servicio de Convivencia Departamental para la notificación correspondiente y demás efectos.-

Dr. Daniel González, Prosecretario General.-