Resolución N° 1395/23/1000
Nro de Expediente:
2023-5229-98-000955
 
SECRETARIA GENERAL
Fecha de Aprobación:
11/10/2023


Tema:
MULTAS

Resumen:
Se aplica una multa ala empresa Reitex SA de UR 54 por actividades no autorizadas por el Servicio de Regulación Alimentaria en el local sito en la calle Ing. José Serrato Nº 2867.-

Montevideo, 11 de Octubre de 2023.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el establecimiento comercial ubicado en la calle Ing. José Serrato Nº 2867, responsabilidad de la empresa Reitex SA, RUT 215103060015, con domicio fiscal y declarado a estos efectos en la citada dirección;
        RESULTANDO: 1o.) que el Servicio de Convivencia Departamental informa que personal inspectivo constató actividades no autorizadas por el Servicio de Regulación Alimentaria en el establecimiento de referencia, labrándose el Acta Nº 05290, de 31/05/23;
        2o.) que de acuerdo a lo dispuesto por el artículo R.69 del Volumen II del Digesto Departamental se otorgó vista a efectos de la formulación de descargos, no siendo estos presentados;
        3o.) que en tal sentido el mencionado Servicio sugiere aplicar una multa de UR 54 de acuerdo a lo dispuesto en el artículo D.896, inciso a) del Volumen VI "Higiene y Asistencia Social" del Digesto Departamental y en el artículo 4, apartado A), numeral 4, inciso a) del Decreto Nº 21.626 (Régimen Punitivo Departamental);
        4o.) que la Prosecretaría General remite las actuaciones para el dictado de la correspondiente resolución;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales de acuerdo al Decreto Nº 34.134 de 12/04/12 y la Resolución Nº. 2287/13 de 03/06/13;
        2o.) que por la Resolución Nº 4242/20 de 01/12/2020 se delegó en la Secretaria General la

        facultad de aplicar multas de hasta un monto de UR 55;
        EL SECRETARIO GENERAL DE LA
        INTENDENCIA DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de UR 54 (unidades reajustables cincuenta y cuatro) a la empresa Reitex SA, RUT 215103060015, con domicilio fiscal y declarado a estos efectos en la calle Ing. José Serrato Nº 2867, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Disponer que transcurrido el plazo de 30 (treinta) días si la multa permaneciera impaga el Servicio de Convivencia Departamental comunicará a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes a los efectos de gestionar dicho cobro.-
        3.- Comuníquese a la División Asesoría de Desarrollo Municipal y Participación a sus efectos, al Servicio Gestión de Contribuyentes y pase al Servicio de Convivencia Departamental para la notificación correspondiente y demás efectos.-

Dr. Ing. Guillermo Moncecchi, Secretario General (I).-