Resolución N° 157/01/2500
Nro de Expediente:
195057
 
DESARROLLO ECONOMICO E INTEGRACION REGIONAL
Fecha de Aprobación:
28/2/2001


Tema:
AUTORIZACIONES MESAS

Resumen:
LA CIGALE S.A.

Montevideo, 28 de Febrero de 2001.-
 
        VISTO: la gestión presentada por la empresa LA CIGALE S.A. solicitando autorización para instalar mesas y sillas en la acera del local ubicado en Av. 18 de Julio Nº 1179;
        RESULTANDO: 1o.) que la Unidad Gestión Comercial verificó que no hay observaciones que formular, por ajustarse la gestión a la normativa vigente, Decreto Nº 17.266 de 12 de noviembre de 1975 y Resolución Nº 77.944 de 16 de setiembre de 1976;
        2o.) que, asimismo, establece las condiciones en que se otorgará el permiso gestionado;
        CONSIDERANDO: 1o.) que por lo expuesto correspondería el dictado de resolución en tal sentido;
        2o.) a las potestades delegadas por Resolución Nº 2586/00 de 27 de julio de 2000;
        LA DIRECCION GENERAL DEL DEPARTAMENTO DE
        DESARROLLO ECONOMICO E INTEGRACION REGIONAL
        RESUELVE:
        1.- Otorgar a la empresa LA CIGALE S.A. autorización para la instalación de mesas con sus correspondientes sillas, en la acera del local ubicado en Av. 18 de Julio Nº 1179, de acuerdo a lo que estipula el Decreto Nº 17.266 y al siguiente detalle:
        ENERO DE 2001: 3 BANCOS, derechos 0.36 Unidades Reajustables
        FEBRERO DE 2001: 3 BANCOS, derechos 0.36 Unidades Reajustables
        MARZO DE 2001: 3 BANCOS, derechos 0.36 Unidades Reajustables
        ABRIL DE 2001: 3 BANCOS, derechos 0.36 Unidades Reajustables
        MAYO DE 2001: 3 BANCOS, derechos 0.36 Unidades Reajustables
        JUNIO DE 2001: 3 BANCOS, derechos 0.36 Unidades Reajustables
        JULIO DE 2001: 3 BANCOS, derechos 0.36 Unidades Reajustables
        AGOSTO DE 2001: 3 BANCOS, derechos 0.36 Unidades Reajustables
        SETIEMBRE DE 2001: 3 BANCOS, derechos 0.36 Unidades Reajustables
        OCTUBRE DE 2001: 3 BANCOS, derechos 0.36 Unidades Reajustables
        NOVIEMBRE DE 2001: 3 BANCOS, derechos 0.36 Unidades Reajustables
        DICIEMBRE DE 2001: 3 BANCOS, derechos 0.36 Unidades Reajustables
        2.- Comuníquese al Departamento de Descentralización para conocimiento del Servicio Centro Comunal Zonal respectivo, al Servicio Central de Inspección General, y pase a la División Promoción Económica para notificación del interesado y demás efectos.

Sr. ALBERTO ROSSELLI, Director General del Departamento de Desarrollo Económico e Integración Regional.-