Resolución N° 2440/00
Nro de Expediente:
6400-000026-99 6400-000685-00
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
11/7/2000


Tema:
PERMISOS DE CONSTRUCCION

Resumen:
Autorizar, Mimatec S.A. implantación supermercado Avda. 8 de Octubre Nº 3342 y Asilo Nº 3361 bis, aprobando Acta mitigación.-

Montevideo, 11 de Julio de 2000.-
 
        VISTO: la solicitud de prefactibilidad presentada por Mimatec S.A., a la Comisión Creada por Resolución Nº 2.248/99 del 18/VI/99 para la implantación de un supermercado de aproximadamente 880 m2 de área (útil) del local de ventas en los Padrones Nos. 76.003, 32.799 y 27.257 propiedad de Refal S.A., de 1.979,30 m2, ubicado en la Avda. 8 de Octubre Nº 3342 y la calle Asilo Nº 3361 bis;
        RESULTANDO: que la Comisión Creada por Resolución Nº 2.248/99 del 18/VI/99 informa que por expedientes Nos. 6410-000026-99 y 6400-000685-00 se gestionó la viabilidad de uso del suelo para un supermercado y un estacionamiento del que surge que puede autorizarse condicionado al cumplimiento de ciertos requisitos por parte de la firma y b) se solicitó la presentación del proyecto edilicio definitivo y una propuesta de mitigación que incluya la señalización, horario de carga y descarga de mercaderías, mejoramiento del espacio público por la calle Asilo (plantación de arbolado, mejoramiento de la iluminación, etc.) y se condicionó la aprobación de la factibilidad del emprendimiento a la firma de un Acta de mitigación que incluya los aspectos que se detallan en el informe correspondiente;
        2º) que la División Espacios Públicos adjunta Proyecto de Acta de mitigación, contando con la conformidad de la Junta Local Zona Nº 6;
        CONSIDERANDO: que el Departamento de Acondicionamiento Urbano propicia dictar resolución de acuerdo a lo


        aconsejado;
        EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1º.- Autorizar, a Mimatec S.A. la implantación de un supermercado con estacionamiento propio y 3 niveles en los Padrones Nos. 76.003, 32.799 y 27.257 ubicados con frentes a la Avda. 8 de Octubre Nº 3342 y la calle Asilo Nº 3361 bis, de acuerdo a los recaudos adjuntos.-
        2º.- Aprobar el siguiente texto de Acta de compromiso a celebrarse entre esta Intendencia Municipal y Mimatec S.A.:
        PROYECTO DE ACTA DE MITIGACION
          ACTA.- En la ciudad de Montevideo a los ................ días del mes de .................... del año dos mil, "Mimatec S.A.", representada por .............. con domicilio en la calle ............. , quien asume las obligaciones que se indican: PRIMERO: ANTECEDENTES.- I) "Refal S.A." es propietaria de los predios Padrones Nos. 76.003, 32.799 y 27.257 ubicados frente a la Avda. 8 de Octubre Nº 3342 y la calle Asilo Nº 3361 bis. II) "Mimatec S.A." es arrendataria de dichos predios y gestionó ante la Comisión creada por Resolución Nº 2.248/99 del 18/VI/99 la “Factibilidad de Implantación” de un supermercado en un predio cuya superficie total asciende a 1.979,30 m2 que incluye un área útil de atención al público de 880 m2, el que fue autorizado en forma condicionada a la firma de un “Acta de Mitigación”, el 13 de abril del 2000.- SEGUNDO: OBJETO.- Atendiendo a lo expuesto anteriormente, el objeto de la presente Acta consiste en instrumentar las medidas de mitigación de los impactos en la zona que podría ocasionar la instalación de un supermercado.- TERCERO: OBLIGACIONES: I) La empresa "Mimatec S.A." se obliga a: a) Realizar el acondicionamiento del espacio público frente al predio de la calle Asilo entre la calle Agustín Abreu y el Bvar. José Batlle y Ordóñez delimitado en el plano de ubicación, en cuanto a la plantación del arbolado, la instalación del alumbrado público y la señalización de acuerdo a los recaudos agregados a fs. 7 y fs. 8 del expediente Nº 6400-000685-00, que forman parte de esta Acta, así como las demás especificaciones que aprueben las oficina técnicas correspondientes. A esos efectos se deberá gestionar la aprobación del proyecto de alumbrado en la Unidad Técnica de Alumbrado Público y de la plantación del arbolado público en la Unidad de Areas Verdes. Se incluyen en el costo a cargo de la Empresa el proyecto, honorarios, ejecución, materiales, fletes, mano de obra, leyes sociales, etc.; b) hacerse cargo del mantenimiento adecuado y de la vigilancia del espacio público referido; c) cumplir con el horario de carga y descarga de mercaderías de 07:00 a 15:00 horas; d) cumplir con la normativa aplicable en cuanto a las marquesinas, cartelería y publicidad, así como obtener la habilitación de funcionamiento correspondiente. II) La Intendencia, por su parte: a) Prestará asesoramiento para la realización de los proyectos de alumbrado y arbolado y controlará su correcta ejecución y b) prohibirá el estacionamiento por la calle Asilo entre el Bvar. José Batlle y Ordóñez y la calle Agustín Abreu.- CUARTO: Las tareas detalladas en el literal a) del numeral precedente, deberán ejecutarse en un plazo de 90 (noventa) días a partir de la aprobación del Permiso de Construcción y las detalladas en los demás numerales deberán cumplirse en tanto se mantengan las condiciones de funcionamiento del supermercado.- QUINTO: “Mimatec S.A.” asume la responsabilidad jurídica y económica que pudiera derivarse de los actos, hechos y actividades cuya ejecución toma a su cargo por esta Acta y en especial asume todas las responsabilidades respecto de las contrataciones que pueda efectuar con terceros y de sus consecuencias.- SEXTO: Se aplicarán las sanciones que correspondan, en caso de incumplimiento de lo establecido en la presente Acta.- SEPTIMO: La Intendencia por intermedio de las Divisiones Espacios Públicos y Edificaciones y Servicios Desconcentrados, así como de la Junta Local Zona Nº 6, en lo que corresponde a sus competencias, supervisarán la realización de los trabajos objeto de esta Acta y el cumplimiento de las obligaciones asumidas por “Mimatec S.A.”.- Para constancia y en señal de conformidad se suscriben dos ejemplares del mismo tenor en el lugar y fecha indicados en el acápite.-
        3º.- Comuníquese a los Departamentos de Descentralización, para su transcripción a la Junta Local Zona Nº 6, de Recursos Financieros, a las Divisiones Planificación Territorial, Servicios Desconcentrados y al Servicio de Contralor de Edificaciones y pase al Sector Acuerdo del Departamento de Acondicionamiento Urbano.-
ALBERTO ROSSELLI, Intendente Municipal.-
DRA. MARIA JULIA MUÑOZ, Secretaria General.-