Resolución N° 33/00/2000
Nro de Expediente:
2230-025333-99
 
RECURSOS FINANCIEROS
Fecha de Aprobación:
13/1/2000


Tema:
EXONERACIONES - TRIBUTOS MUNICIPALES

Resumen:
Se exonera a la Asociación Uruguaya de Protección a la Infancia (AUPI), del pago de la Tasa General Municipal que grava a los inmuebles de su propiedad padrones Nos. 8.408, 42.088, 1.827, 61.958, 3.566, 69.162, 170.664 y 77.355.

Montevideo, 13 de Enero de 2000.-
 
        VISTO: lo dispuesto en el Decreto No. 28.928 del 16 de diciembre de 1999, promulgado por Resolución No. 14/00 del 3 de enero del 2000, por el cual de conformidad con la Resolución No. 4218/99 del 8 de noviembre de 1999, se faculta a este Ejecutivo para exonerar a la Asociación Uruguaya de Protección a la Infancia (AUPI), del pago de la Tasa General Municipal que grava a los inmuebles de su propiedad padrones Nos. 8.408, 42.088, 1.827, 61.958, 3.566, 69.162, 170.664 y 77.355, estableciendo que la exoneración que se promueve se mantendrá en tanto AUPI, sea propietaria de los inmuebles. La misma deberá dar cuenta a la Intendencia Municipal en caso de enajenar los inmuebles a terceros;
        CONSIDERANDO: que por Resolución No. 580/95 de fecha 20 de febrero de 1995, se delegó en el Director General del Departamento de Recursos Financieros la facultad de dictar las Resoluciones cuyo objeto hubiera sido previamente autorizado o facultado por la Junta Departamental de Montevideo mediante Decretos que oportunamente se hubieren promulgado por el Ejecutivo Departamental;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO DE RECURSOS
        FINANCIEROS EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1o.- Exonerar a la Asociación Uruguaya de Protección a la Infancia (AUPI), del pago de la Tasa General Municipal que grava a los inmuebles de su propiedad padrones Nos. 8.408, 42.088, 1.827, 61.958, 3.566, 69.162, 170.664 y 77.355, estableciendo que la exoneración que se promueve se mantendrá en tanto AUPI, sea propietaria de los inmuebles. La misma deberá dar cuenta a la Intendencia Municipal en caso de enajenar los inmuebles a terceros.-
        2o.- Pase al Servicio de Ingresos Inmobiliarios.-

Cr. LUIS EDUARDO SANGUINETTI, Director General Interino del Departamento de Recursos Financieros.-