Resolución N° 502/22/1500
Nro de Expediente:
2022-5239-98-000094
 
MOVILIDAD
Fecha de Aprobación:
13/6/2022


Tema:
PRESCRIPCIÓN

Resumen:
Declarar la prescripción de cinco multas aplicadas en los años 2015 y 2016 (Ley 19.824 art. 33) al titular de los vehículos matrículas SBH 4024 y QAC 3980, Sr. Omar Olmedo C.I.: 3.866.408-6.

Montevideo, 13 de Junio de 2022.-
 
        VISTO: la solicitud de prescripción de multas presentada por el Sr. Omar Olmedo C.I.: 3.866.408-6, en relación a las contravenciones cometidas en los años 2015 y 2016 con los vehículos matrículas SBH 4024 y QAC 3980 de su propiedad;
        RESULTANDO: 1º) que el Servicio de Inspección de Tránsito expresa que la totalidad de las multas se encuentran en plazo de prescripción, según lo establecido en el Art. 33 de la Ley Nº 19.824;
        2º) que el Servicio Gestión de Contribuyentes informa que no existen convenios por multas realizados ni a nombre del solicitante ni por las matrículas mencionadas;
        3º) que la División Tránsito comparte lo informado, sugiriendo el dictado de la resolución correspondiente; CONSIDERANDO: que por Resolución N°
        0881/22 del 23 de febrero de 2022, la Sra. Intendenta de Montevideo delegó en la Dirección General del Departamento de Movilidad, la facultad de declarar la prescripción de las sanciones por infracciones de tránsito, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 33 de la Ley Nº 19824;
        LA DIRECCIÓN GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE MOVILIDAD
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1.- Declarar la prescripción de las multas aplicadas al Sr. Omar Olmedo C.I.: 3.866.408-6, correspondientes a los vehículos matrículas SBH 4024 y QAC 3980, de acuerdo al siguiente detalle:

        Intervenido N°
        Fecha
        Artículo
        SA 393080
        18/09/2015
        1/8/1 - Conducir sin licencia
        1/139 - Conducir con imprudencia
        Ley de Patentes - Circular con deuda de patente
        SA 502400
        13/03/2016
        1/8/1 - Conducir sin licencia
        1/148/3 - Conducir sin cinturón de seguridad
        2.- Disponer que se den de baja del sistema las multas declaradas prescriptas.
        3.- Comuníquese a los Servicios Gestión de Contribuyentes, Contralor y Registros de Vehículos y Contralor de Conductores y pase al Servicio Inspección de Tránsito.

PABLO INTHAMOUSSU, Director General del Departamento de Movilidad.-