Resolución N° 1784/99
Nro de Expediente:
A 20347
 
CULTURA
Fecha de Aprobación:
18/5/1999


Tema:
CONVENIOS

Resumen:
Autorizar las cláusulas de convenio a suscribirse entre la IMM y el Grupo Experimental de Ballet Folklórico "Tihuimen".

Montevideo, 18 de Mayo de 1999.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con el convenio a suscribirse entre la Intendencia Municipal de Montevideo y el Grupo Experimental de Ballet Folklórico "Tihuimen";
        RESULTANDO: 1o.) que dicho grupo de Ballet, ha sido invitado a representar a Uruguay en el primer Festival de "Integración Latinoamericana", a realizarse en los días 14 y 15 de mayo del año en curso, en las ciudades de Concepción del Uruguay y Líbaros (Provincia de Entre Ríos, República Argentina);
        2o.) que por lo expuesto la División Turismo y Recreación, sugiere se apruebe las cláusulas de convenio, y se otorgue una transferencia de $ 4.000,oo, como colaboración de esta Comuna, a su actuación en la mencionada Provincia de Entre Ríos;
        3o.) que el gasto se encuentra previsto por Solicitud No. 29.163, en la suma de $ 4.000,oo;
        CONSIDERANDO: que la Dirección General del Departamento de Cultura entiende que procede aprobar las cláusulas del convenio de referencia;
        EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1o.- Convalidar lo actuado por el Departamento de Cultura y aprobar las cláusulas del convenio a suscribirse entre la Intendencia Municipal de Montevideo y el Grupo Experimental de Ballet Folklórico "Tihuimen", en los siguientes términos: CONVENIO: En Montevideo, a los días del mes de de mil novecientos noventa y nueve, comparecen: POR UNA PARTE: la Intendencia Municipal de Montevideo, en adelante denominada IMM, representada por , en su calidad de , con domicilio en Avda. 18 de Julio Nº 1360 y POR OTRA PARTE: el Grupo Experimental de Ballet Folklórico "Tihuimen", representado por la Profesora Gricelda Saucedo, C.I. No. 1.526.921-1, con domicilio en la calle Lorenzo Fernandez No. 3034, acuerdan lo siguiente: ANTECEDENTES: El Grupo Experimental de Ballet Folklórico "Tihuimen", formado en el año 1990, se dedica a la proyección artística del folklore citadino y campesino de Uruguay. El mismo ha desarrollado una importante trayectoria en el medio y ha logrado primeros premios en certámenes nacionales como los de Asamblea General de Folklore durante tres años consecutivos, en rubros como: Tango Profesional, Candombe, Malambo, Danzas Campesinas de Uruguay, así como mejor propuesta escénica en los años 1997 y 1998. Actualmente el Grupo está integrado por diez bailarines y un percusionista, todos jóvenes cuyas edades están comprendidas entre los catorce y veintitrés años de edad, estando la Dirección General a cargo de la Profesora Gricelda Saucedo. CLAUSULA PRIMERA: La IMM, a través del Departamento de Cultura, transferirá un apoyo económico al Grupo Experimental de Ballet Folklórico "Tihuimen", a los efectos de solventar gastos asumidos por la participación en el primer festival de "Integración Latinoamericana", a realizarse en los días 14 y 15 de mayo del corriente año, en las ciudades de Concepción del Uruguay y Líbaros (Provincia de Entre Ríos, República Argentina). CLAUSULA SEGUNDA: El Grupo Experimental de Ballet Folklórico "Tihuimen" recibirá una asistencia municipal de $ 4.000,oo (pesos uruguayos cuatro mil). CLAUSULA TERCERA: La IMM abonará la suma acordada al contado a partir de la firma del presente convenio. CLAUSULA CUARTA: Como contraprestación, el Grupo Experimental de Ballet Folklórico "Tihuimen" se compromete a realizar 2 (dos) actuaciones, sin cargo alguno para la IMM, en el lugar y fecha que determine la División Turismo y Recreación en coordinación con el Grupo Experimental de Ballet Folklórico "Tihuimen". CLAUSULA QUINTA: Se pacta la mora automática. En caso de incumplimiento la IMM se reserva la facultad de rescindir el convenio administrativamente.
        De conformidad y para constancia se firman dos ejemplares de igual tenor en el lugar y fecha indicados en el acápite.-
        2o.- Establecer que el gasto se encuentra previsto por la Solicitud No. 29.163 en la suma de $ 4.000,oo (pesos uruguayos cuatro mil), con cargo al Derivado 745000 " Transferencias a Instituciones Deportivas, Culturales y Recreativas, Sin Fines de Lucro".-
        3o.- Delegar la firma del presente convenio en el Director General del Departamento de Cultura.-
        4o.-Comuníquese a la Secretaría General, a los Departamentos de Recursos Financieros, a la División Turismo y Recreación, al Servicio de Relaciones Públicas y Comunicaciones, a las Unidades de Apoyo y Asesoramiento del Departamento de Cultura y de Convenios, y pase - por su orden- al citado Departamento para la suscripción del convenio de referencia y al Servicio de Contabilidad General.-
ARQ. MARIANO ARANA, Intendente Municipal.-
DRA. MARIA JULIA MUÑOZ, Secretaria General.-