Resolución N° 1232/22
Nro de Expediente:
2022-5500-98-000023
 
DESARROLLO SOCIAL
Fecha de Aprobación:
28/03/2022


Tema:
CONVENIOS/CONTRATOS

Resumen:
APROBAR EL TEXTO DE CONVENIO A SUSCRIBIRSE ENTRE LA UNIVERSIDAD DE LA REPÚBLICA – FACULTAD DE PSICOLOGÍA Y LA INTENDENCIA, EN EL MARCO DEL PROGRAMA DE PRACTICANTES DE PSICOLOGÍA.-

Montevideo, 28 de Marzo de 2022.-
 

          VISTO: las presentes actuaciones elevadas por la Dirección General del Departamento de Desarrollo Social, tendientes a aprobar el texto de convenio entre la Facultad de Psicología de la Universidad de la República y esta Intendencia;

        RESULTANDO 1o.) que con fecha 23 de octubre del año 2000 la Universidad y la Intendencia suscribieron un convenio marco de cooperación el que fue celebrado por Resolución Nº 3361/00 en el cual acordaron elaborar y ejecutar, de común acuerdo, programas y proyectos de cooperación, los que serían objeto de acuerdos complementarios que especificarían objetivos, modalidades y metodologías de trabajos;

2o.) que el presente convenio tiene por objeto implementar un programa de Practicando en Psicología de común acuerdo entre las instituciones, en el que participarán estudiantes avanzados de la Licenciatura en Psicología, quienes se insertarán en diferentes servicios y dispositivos de políticas sociales y de salud de esta Intendencia, como así también podrán participar los licenciados que estén cursando posgrados profesionales o académicos en la Facultad de Psicología;

3o.) que con el "Programa de Practicantes de Psicología" se busca la incorporación de los saberes psicológicos y las prácticas psicológicas en los diferentes niveles de las políticas públicas que lleva adelante esta Administración y cuyos conocimientos contribuyan a mejorar la calidad de vida de la población de la ciudad de Montevideo;

4o.) que la Dirección General del Departamento de Desarrollo Social solicita se apruebe el texto de convenio a suscribirse con la Facultad de Psicología de la Universidad de la República, por la suma total de $ 3.443.960,oo (pesos uruguayos tres millones cuatrocientos cuarenta y tres mil novecientos sesenta), y por el plazo de 1 (un) año a partir de su suscripción, renovándose automáticamente por iguales períodos salvo manifestación en contrario de cualquiera de las partes, la que deberá realizarse con una antelación mínima de 60 (sesenta) días calendario y no podrá en ningún caso, verificarse hasta la culminación del correspondiente año lectivo;

5o.) que a tales efectos la Unidad de Gestión Presupuestal realizo la solicitud en el programa SAP Nº 102.589, por la suma de $ 2.582.970,oo (pesos uruguayos dos millones quinientos ochenta y dos mil novecientos setenta), la que sera abonada de la siguiente manera: la suma de $ 1.721.980,oo (pesos uruguayos un millón setecientos veintiún mil novecientos ochenta) a la firma, la suma de $ 860.990,oo (pesos uruguayos ochocientos sesenta mil novecientos noventa) a los 6 (seis) meses de la rúbrica, y a los 12 (doce) meses de la primera la cantidad de $ 860.990,oo (pesos uruguayos ochocientos sesenta mil novecientos noventa) quedando esta última para el ejercicio 2023;

6o.) que la Unidad de Convenios y Asesoría Legal elevo el texto de convenio que se pretende suscribir;

7o.) que el Equipo Técnico Contralor de Contratos perteneciente a la División Asesoría Jurídica, formuló observaciones al texto propuesto, que fueron recogidas y consignadas en el presente;

          CONSIDERANDO: 1o.) que se entiende pertinente su aprobación en el sentido indicado;

2o.) que a los efectos de dotar de mayor agilidad al sistema asegurando su ejercicio eficiente se entiende conveniente hacer uso del mecanismo previsto en el artículo 280 de la Constitución de la República;

3o.) lo previsto en el artículo 33 literal D) numeral 1 del Texto Ordenado de la Ley de Contabilidad y Administración Financiera del Estado (TOCAF);

LA INTENDENTA DE MONTEVIDEO

RESUELVE:

1.- Aprobar el texto de convenio a suscribirse entre la Facultad de Psicología de la Universidad de la República y esta Intendencia, en el marco del "Programa de Practicantes de Psicología" en los siguientes términos:

CONVENIO ENTRE LA UNIVERSIDAD DE LA REPÚBLICA – FACULTAD DE PSICOLOGÍA Y LA INTENDENCIA DE MONTEVIDEO • En la ciudad de Montevideo, a los .................... días del mes de .................... de dos mil veintidós, comparecen POR UNA PARTE: la Facultad de Psicología de la Universidad de la República en adelante la Facultad, inscripta en el Registro Único Tributario de la Dirección General Impositiva con el Nº 214471920013, representada en este acto por el/laSr./Sra .................... en su calidad de ...................., con domicilio en la calle Tristan Narvaja Nº 1674 de esta ciudad, y POR OTRA PARTE: la Intendencia de Montevideo en adelante la IdeM, inscripta en el Registro Único Tributario de la Dirección General Impositiva con el Nº 211763350018, representada en este acto por el/la Sr./Sra .................... en su calidad de ...................., con domicilio en la Avda. 18 de Julio Nº 1360, de esta ciudad, denominada cada una como “la parte” y en su conjunto como “las partes” convienen la suscripción del siguiente convenio:

1º ANTECEDENTES: Con fecha 23 de octubre del año 2000 la IdeM y la Universidad de la República suscribieron un convenio marco de cooperación en el cual acordaron elaborar y ejecutar, de común acuerdo, programas y proyectos de cooperación, los que serán objeto de acuerdos complementarios que especificarán objetivos, modalidades, metodología de trabajo y obligaciones de cada una de las partes. A partir de esta iniciativa, la IdeM y la Facultad han suscripto múltiples convenios específicos, como el Convenio entre la IdeM, Departamento de Desarrollo Social (Secretaría de Discapacidad) y la Facultad; Convenio entre la IdeM, Secretaría de Infancia y la Facultad y el Convenio entre la IdeM División Asesoría para la Igualdad de Género y la Facultad, entre otros.-

2º OBJETO: El presente convenio tiene por objeto implementar un programa de Practicantado en Psicología, en común acuerdo entre la Facultad y la IdeM, en el que participarán estudiantes avanzados de la Licenciatura en Psicología, quienes se insertarán en diferentes servicios y dispositivos de las políticas sociales y de Salud de la IdeM. Asimismo, podrán participar los licenciados que estén cursando posgrados profesionales o académicos en la Facultad de Psicología.-

El Programa de Practicantes de Psicología en la IdeM tiene los siguientes objetivos: 1o.) La incorporación de los saberes psicológicos y las prácticas psicológicas en los diferentes niveles de las políticas públicas de la IdeM; 2o.) La formación de psicólogos en la intervención en el marco de la ejecución de políticas públicas, con los niveles de calidad y actualización requeridos por la sociedad montevideana; 3o.) La producción de conocimientos psicológicos que contribuyan a mejorar la calidad de vida de la población montevideana.-

3º OBLIGACIONES: La Facultad se compromete a: 1) Designar a los docentes supervisores, 1 (uno) por cada 6 (seis) estudiantes que estén realizando la pasantía- con una base anual de 6 (seis); 2) Designar la Coordinación Académica del Programa, que deberá ser 1 (un) docente Gr. 3 (tres), 4 (cuatro) o 5 (cinco), que podrá ser o no uno de los docentes supervisores; 3) Designar representantes y participar de la Comisión Coordinadora. Uno de los coordinadores académicos deberá necesariamente conformar la Comisión Coordinadora del Practicantado. La IdeM se compromete a: 1) Contratar a los estudiantes practicantes que sean seleccionados a través del Convenio Marco de pasantías y practicantado existente entre la IdeM y la Universidad de la República del 26 de diciembre de 2008 y su adenda del 3 de febrero de 2014, que serán remunerados según el régimen general de pasantías de la IdeM y en acuerdo con lo establecido en el Anexo I; 2) Contratación de seguro para la cobertura de accidentes y enfermedades profesionales para los Practicantes (estudiantes); 3) Transferir a la Universidad de la República con destino a la Facultad de Psicología, la suma necesaria para la remuneración salarial y demás partidas que correspondan al equivalente de 6 (seis) docentes grado 3 (tres) con 20 (veinte) horas que actuarán como supervisores y al equivalente de una extensión horaria en un cargo docente grado 3 (tres) de 20 hs a 30 hs, a quien actúe como coordinador, lo que actualmente equivale a la suma anual de $U 3.443.960,oo (pesos uruguayos tres millones cuatrocientos cuarenta y tres mil novecientos sesenta). Dicha suma se abonará en 3 (tres) partidas: la primera a la firma, por la suma de $U 1.721.980,oo (pesos uruguayos un millón setecientos veintiún mil novecientos ochenta), la segunda a los 6 (seis) meses de la primera por la suma de $U 860.990,oo (pesos uruguayos ochocientos sesenta mil novecientos noventa), y la tercera a los 12 (doce) meses de la primera por la suma de $U 860.990,oo (pesos uruguayos ochocientos sesenta mil novecientos noventa). Las referidas sumas se ajustarán en las oportunidades y porcentajes dispuestos de acuerdo a la Escala Docente de la Universidad de la República, vigente a la fecha de cada transferencia. Los pagos se realizarán a la cuenta ….. del BROU a nombre de la Facultad de Psicología; 4) Designar un referente del Programa por la IdeM a los efectos de que realice la gestión del Programa, la coordinación con los diferentes servicios de la IdeM y con los interlocutores de la Facultad.- Ambas partes se comprometen a cumplir las obligaciones de acuerdo a lo establecido en el Anexo 1 que se suscribe simultáneamente con el presente y se considera parte integrante de este convenio.-

4º COORDINACIÓN INTERINSTITUCIONAL COMISIÓN DE SEGUIMIENTO INTENDENCIA DE MONTEVIDEO • FACULTAD DE PSICOLOGÍA: Se conformará una Comisión Coordinadora del Practicantado. La misma estará integrada por 2 (dos) representantes de la Facultad y 2 (dos) representantes de la IdeM Uno de los representantes de la Facultad será necesariamente quien ocupe el cargo de Coordinación Académica, uno de los representantes de la IdeM será necesariamente el Coordinador del Programa en la IdeM. La Comisión tendrá por objetivos: I) Acordar los lugares y/o líneas y plazas de inserción de los practicantes, de acuerdo al Anexo 2 que se firma simultáneamente con el presente y se entiende parte integrante de este convenio;II) Realizar y evaluar la Convocatoria a los Proyectos trienales de intervención, formación y producción de conocimiento; III) Dar seguimiento a la implementación de los Proyectos trienales; IV) Relevar las problemáticas que emerjan en las intervenciones del Programa, e impulsar la producción de conocimiento novedoso y pertinente para su resolución; V) Orientar académica y políticamente las actividades que se realizan en el marco del proyecto, tendiendo a establecer líneas estratégicas a ser priorizadas por la IdeM y la Facultad tanto a nivel de la intervención como en la producción de conocimiento en el marco del Programa.-

5º MANEJO DE LA INFORMACIÓN: Esta propuesta se regirá bajo los siguientes criterios, en los cuales "las partes" se refiere tanto a la IdeM como a la Facultad: A) Confidencialidad: Cada una de las partes se compromete a no difundir bajo ningún concepto la información científica, técnica o de cualquier especie, perteneciente a la otra parte, y de las que haya tenido conocimiento como consecuencia del desarrollo del presente Convenio, siempre que esa información no sea de dominio público; B) Publicación de resultados: Cuando una de las partes desee utilizar los resultados parciales o finales, en parte o en su totalidad, para su publicación, deberá solicitar la conformidad de la otra parte por escrito, mediante carta certificada o telegrama colacionado. La otra parte deberá responder en un plazo máximo de 7 (siete) días, comunicando su autorización, sus reservas o su disconformidad sobre la información contenida en el artículo o conferencia por el mismo procedimiento. Transcurrido dicho plazo sin obtener respuesta, se entenderá que el silencio es la tácita autorización para su difusión; C) Propiedad Intelectual: Para el caso de que en cualquiera de las fases a que refiere este convenio, se produjera un resultado que pueda ser objeto de propiedad intelectual, la titularidad de la misma corresponderá a ambas partes en régimen de condominio. El régimen de condominio implica que ninguna de las partes contratantes puede utilizar dichos resultados sin el consentimiento de la otra. Oportunamente se acordará la participación que cada una de las partes tendrá en relación con la tramitación de la protección así como sobre los derechos de propiedad intelectual del caso. En la parte que eventualmente pudiere corresponder a la Universidad de la República se regirá por lo dispuesto por la Ordenanza de los Derechos de la Propiedad Intelectual aprobada por el Consejo Directivo Central con fecha 8 de marzo de 1994 y sus modificativas; D) Derechos de uso: La Facultad, previa comunicación a la IdeM -por un medio fehaciente-, podrá autorizar el uso académico de la información científica y estadística obtenida siempre que esta no refiera a aspectos que la IdeM considere de uso restringido. Tanto la IdeM, como la Facultad podrán hacer uso interno de los resultados derivados de la ejecución de esta Propuesta. La IdeM autoriza a la Facultad el uso de los resultados y de la información científica y estadística obtenida para uso académico y para investigaciones futuras.-

6º PLAZO: El plazo del presente convenio será de 1 (un) año a partir de su suscripción, renovándose automáticamente por iguales períodos salvo manifestación en contrario de cualquiera de las partes, la que deberá realizarse con una antelación mínima de 60 (sesenta) días calendario y no podrá en ningún caso, verificarse hasta la culminación del correspondiente año lectivo. Lo antes mencionado es sin perjuicio de la Evaluación y Seguimiento de las actividades del Convenio, realizada por ambas Instituciones mediante informe escrito al finalizar cada año lectivo, la que, en caso de ser negativa podrá dar lugar a la rescisión por cualquiera de ellas.-

7º RENDICIÓN DE CUENTAS: La Facultad deberá rendir cuentas en forma semestral respecto de los fondos recibidos para las cuales deberán presentar rendición de cuentas respecto de cada partida vertida mediante certificación contable con informe de revisión limitada de los gastos efectuados por Contador Público de acuerdo a lo establecido por Resolución Nº 2554/14 de fecha 23 de junio del 2014 de la IdeM, que recoge la obligatoriedad establecida en el Pronunciamiento Nº 20 del Colegio de Contadores, Economistas y Administradores del Uruguay aprobado por Resolución Nº 4401/13 de fecha 30 de setiembre del año 2013 de la IdeM para todas las Rendiciones de Cuentas que se presenten ante la Intendencia por las instituciones y/o organizaciones que vayan a suscribir convenios de cualquier tipo o reciban donaciones modales. Las rendiciones deberán ser presentadas en la forma y condiciones que determine la Unidad Central de Auditoría Interna de la IdeM.-

8º RESCISIÓN: El presente convenio podrá rescindirse en forma unilateral por cualquiera de las partes, debiendo comunicarlo por escrito a la otra parte con una antelación mínima de 60 (sesenta) días al vencimiento del mismo. En caso de rescisión, y a fin de no generar un perjuicio a los estudiantes colaboradores desde el punto de vista curricular, la vigencia se extenderá hasta la culminación del año lectivo en curso. El incumplimiento de todas o cualquiera de las obligaciones a cargo de las partes dará lugar al inicio, previa constatación, de los trámites tendientes a la rescisión de este convenio. Se considerará que alguna de las partes ha incurrido en incumplimiento que amerite la rescisión cuando, notificada por escrito de la constatación, dentro del plazo de 10 (diez) días siguientes no lo rectificara a satisfacción de la parte reclamante, salvo que la conducta verificada implique una acción u omisión no susceptible de rectificación. Serán de aplicación las normas que regulan la sustanciación del procedimiento administrativo que las partes declaran conocer y aceptar.-

9º MORA: La mora en el cumplimiento de las obligaciones pactadas se producirá de pleno derecho y por el solo vencimiento de los términos fijados o por la omisión o realización de cualquier acto o hecho que se traduzca en hacer o no hacer algo contrario a lo pactado.-

10º PROHIBICIONES: La Facultad no podrá ceder los derechos y obligaciones emergentes de este convenio a persona o institución pública o privada, no admitiéndose sub-contratos.-

11º CONSTITUCIÓN DE DOMICILIOS: Las partes constituyen domicilios especiales a todos los efectos de este convenio, en los indicados como respectivamente suyos en la comparecencia.-

12º COMUNICACIONES: Cualquier notificación o intimación que deban realizarse las partes, se tendrá por válidamente efectuada si es hecha a los domicilios constituidos en este documento, por medio de telegrama colacionado o cualquier otro medio que diera certeza de su realización.-

13º LECTURA, OTORGAMIENTO Y SUSCRIPCIÓN: Previa lectura, en señal de conformidad y consentimiento, los comparecientes otorgan y suscriben el presente documento expresando hacerlo con sus firmas habituales en 2 (dos) ejemplares de idéntico tenor.-

- ANEXO I -

Características del practicantado

1) Duración y Carga horaria: La duración y carga horaria de los practicantados se regirá por el régimen general de pasantías.-

2) Perfil de los estudiantes y mecanismos de selección: Serán estudiantes avanzados de la Licenciatura en Psicología que ya hayan cumplido con las Prácticas del Ciclo Integral y tengan la totalidad de las Unidades Curriculares Obligatorias acreditadas. El proceso de selección de los estudiantes estará a cargo de la Facultad. Incluirá la valoración de méritos, carta de motivación y entrevista. Se valorará especialmente la escolaridad, y la experiencia en actividades de extensión universitaria. Se podrán incluir valoraciones y/o requisitos específicos para la incorporación en espacios que así lo requieran.-

3) Acreditación: El practicantado será acreditado en la Licenciatura en Psicología como Pasantía de Servicios de 5° (Plan 88) o como Práctica y Proyecto, otorgando 40 créditos (Plan 2013). Esta acreditación podrá ser modificada por el Consejo de Facultad de Psicología, por asesoramiento de la Comisión de Carrera de la Licenciatura en Psicología, comunicándose a la IdeM.-

4) Aspectos contractuales: Los practicantes serán contratados por la IdeM de acuerdo al régimen general de pasantías.-

5) Definición de líneas: La Comisión Coordinadora definirá de común acuerdo los lugares de inserción de los practicantes, orientada por los objetivos formativos. Se podrán definir lugares específicos o líneas de intervención más abarcativas, que incluyan más de un lugar. Será un requisito que los lugares de inserción cuenten con una figura que pueda ser referente en el servicio del practicante. Se procurará involucrar en la definición a los actores institucionales y sociales locales directamente involucrados en los potenciales lugares y/o líneas de inserción. En cada una de las líneas y/o lugares de inserción se definirán: objetivos generales en los niveles de intervención, formación y producción de conocimiento; disponibilidad presupuestal asignada para la supervisión docente; plazas para practicantes de grado y/o posgrado.-

6) Convocatoria y definición de los Planes Trienales: A partir de la definición de líneas y/o lugares de inserción, la Comisión Coordinadora realizará una convocatoria a equipos docentes, quienes deberán presentar un proyecto de intervención, formación y producción de conocimiento. Los mismos tendrán una duración de 3 (tres) años. La Comisión podrá resolver por unanimidad la renovación de los mismos.-

7) Dirección Académica y supervisión: El programa contará con una Coordinación Académica, que deberá ser ocupada por un/a docente Gr. 3, 4 o 5 de la Facultad de Psicología. Dicha función será cubierta mediante una convocatoria interna del Consejo de Facultad de Psicología a docentes interesados/as. Se realizará una designación inicial de 2 (dos) años, pudiendo renovarse por un período adicional de 4 (cuatro) años. La supervisión estará a cargo de los docentes responsables de los Planes Trienales, que serán aprobados por la Comisión Coordinadora.-

8) Referente del Programa en la IdeM: La IdeM designará a un Referente del Programa de la IdeM, que será preferentemente psicólogo y pueda dedicar una carga horaria semanal de al menos 10 horas a la gestión del Programa, a la coordinación con los diferentes servicios dela IdeM y con los interlocutores de la Facultad.-

 ANEXO II

En una primera fase de implementación se plantean las siguientes posibles líneas y posibles lugares de inserción para el año 2022:

- Centros Diurnos para personas en situación de calle. - Unidad de Atención Social - Secretaría de Empleabilidad.

- Políticas de Migración - Equipo de Acompañamiento en tres Plantas de Clasificación de Residuos.

- Acompañamiento Educativo en 2 (dos) Policlínicas de la Intendencia - Casa Asistida en Colón, en el marco de la implementación de la Ley de Salud Mental.

En una primera etapa la IdeM y Facultad de Psicología definirán el número de plazas y lugares de inserción en la fase de implementación. Cada seis practicantes, se incorporará un docente supervisor. La Coordinación Académica comenzará sus funciones con la firma del convenio. Sin perjuicio de lo anterior, a lo largo de 2022 o en años siguientes en el caso de que el convenio sea renovado, se podrán ir incorporando otras líneas de trabajo como: 1) Situaciones de emergencia (crisis); 2) Salud mental adolescente (en policlínicas); 3) Infancias y adolescentes trans (equipo interdisciplinario).-

• A los efectos de realizar las convocatorias a los planes trienales, la IdeM y la Facultad de Psicología establecerán de común acuerdo los objetivos de formación, intervención y producción de conocimiento en cada uno de los lugares.-

2.- Delegar en la Dirección General del Departamento de Desarrollo Social la facultad de firmar el convenio que se aprueba por el numeral anterior.-

3.- Establecer que la erogación resultante será atendida con cargo a la solicitud SAP Nº 102.589, para el ejercicio 2022.-

4.- Comuníquese a los Departamento de Secretaría General, de Desarrollo Social y de Recursos Financieros, a las Divisiones de Políticas Sociales y de Asesoría Jurídica, al Servicio de Escribanía, a la Unidad de Convenios y Asesoría Legal, a las Unidades Central de Auditoría Interna y Central de Presupuesto, a la Unidad de Gestión Presupuestal y pase a Contaduría General a sus efectos.-

ANA CAROLINA COSSE GARRIDO, INTENDENTA DE MONTEVIDEO.-

OLGA BEATRIZ OTEGUI PINTOS, SECRETARIA GENERAL.-