Resolución N° 3909/04
Nro de Expediente:
4510-005426-04
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
16/8/2004


Tema:
CONVENIO-CONTRATO

Resumen:
Convenio IMM-050 S.R.L. canje neumáticos en desuso por cubiertas nuevas.-

Montevideo, 16 de Agosto de 2004.-
 
        VISTO: que el Servicio de Mantenimiento Vial informa que habiendo establecido contacto con empresas interesadas en la compra de neumáticos en desuso, varias de ellas han demostrado interés en el canje por cubiertas nuevas;
        RESULTANDO: 1º) que el mencionado Servicio continúa informando que: a) el lote de cubiertas en desuso es de aproximadamente 200 (de camiones y máquinas), que se encuentran en muy mal estado debido a cortes y desgaste, cuyo valor sería cero ya que normalmente las mismas terminan en Disposición Final de Residuos; b) de los ofrecimientos recibidos se cree oportuno aceptar el correspondiente a la firma "050 S.R.L." que propone entregar 5 neumáticos nuevos, sin uso, medidas de 1000 x 20 y 2 neumáticos de 1100 x 20 con cámara y protector todos ellos marca Firestone, además ofrece 3 meses un servicio de gomería, alineación y balanceo gratuito y c) los valores de plaza de los neumáticos, cámaras y protectores hace un total de U$S 1.623;
        2º) que la División Vialidad comparte lo expresado por el Servicio competente y propone la suscripción de un convenio que luce de fs. 10 a fs. 10 vta. de estas actuaciones;
        CONSIDERANDO: que el Departamento de Acondicionamiento Urbano entiende que corresponde la aprobación del convenio respectivo;
        EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1º.- Aprobar el siguiente texto de Convenio a celebrarse entre esta Intendencia Municipal y "050 S.R.L.":
        PROYECTO DE CONVENIO
        CONVENIO.- En la ciudad de Montevideo a los ............ días del mes de ............. del año dos mil cuatro.- POR UNA PARTE: La Intendencia Municipal de Montevideo (en adelante la Intendencia), con domicilio en la Avda. 18 de Julio Nº 1360, representada por ............... .- POR OTRA PARTE: la empresa "050 S.R.L." representada por .............., con domicilio en Avda. Millán Nº 4348.- CONVIENEN en la celebración de lo siguiente: PRIMERO: ANTECEDENTES.- El Servicio de Mantenimiento Vial cuenta con un lote de neumáticos en desuso retirados de servicio por desgaste excesivo, roturas y averías en general, los cuales normalmente terminan en Disposición Final de Residuos. Con el fin de obtener algún beneficio de estos materiales el Servicio solicitó a varias empresas interesadas en la compra de neumáticos en desuso, presupuestos de cubiertas nuevas para entregar en modo de canje, de los cuales el correspondiente a la firma " 050 S.R.L." se entendió que era el más conveniente.- SEGUNDO: OBJETO.- La Intendencia a través de la División Vialidad, entregará a la empresa "050 S.R.L." la totalidad de los neumáticos en desuso depositados en el Servicio de Mantenimiento Vial.- TERCERO: Como contrapartida "050 S.R.L." entregará al Servicio de Mantenimiento Vial 5 (cinco) neumáticos nuevos, sin uso, medidas 1000 x 20 y 2 (dos) neumáticos de 1100 x 20, con cámara y protector todos ellos marca Firestone. La propuesta incluye servicio de gomería, alineación y balanceo por 90 (noventa) días sin costo, realizado por personal capacitado.- CUARTO: COSTO.- El precio de la presente permuta se establece en U$S 1.623 (mil seiscientos veintitrés dólares americanos) considerándose equivalentes las prestaciones de las partes tal como lo dispone el Art. 38º del TOCAF.- QUINTO.- La Intendencia no incurrirá en responsabilidad alguna en caso de incumplimiento a lo pactado en este Convenio, debido a caso fortuito, fuerza mayor, o cualquier otra causa extraña fuera de su control.- SEXTO: COMUNICACIONES.- Toda notificación, comunicación o aviso, cualquiera fuere su contenido, que se dé bajo este Convenio, deberán ser efectuados por escrito y a través de carta con constancia de recibo, fax, telex u otro medio idóneo que diere certeza de su realización, a los domicilios que lucen en la comparecencia. SEPTIMO.- Las partes caerán en mora de pleno derecho, sin necesidad de acción judicial o extrajudicial alguna por el sólo incumplimiento de las obligaciones estipuladas.- Para constancia y en señal de conformidad se suscriben tres ejemplares del mismo tenor en el lugar y fecha indicados en el acápite.-
        2º.- Delegar en el Director General del Departamento de Acondicionamiento Urbano la facultad de suscribir el convenio que se aprueba por el numeral que precede.-
        3º.- Comuníquese al Departamento de Recursos Financieros, a la División Vialidad y pase por su orden al Departamento de Acondicionamiento Urbano y al Servicio de Mantenimiento Vial.-
ARQ. MARIANO ARANA, Intendente Municipal.-
LAURA FERNANDEZ, Secretaria General.-