Resolución N° 246/24/1200
Nro de Expediente:
2023-5220-98-001587
 
PROSECRETARIA GENERAL
Fecha de Aprobación:
10/5/2024


Tema:
MULTAS

Resumen:
Se aplica una multa de UR 17 a la Sra. Ana Carolina Ferraguz Mandioni, por infracción al Art. D.2156.1 del Digesto Departamental, por carecer del permiso de arrendamiento para el inmueble ubicado en la Av. Ramón Anador No. 3352, padrón No. 34311.-

Montevideo, 10 de Mayo de 2024.-
 
        VISTO: estas actuaciones relacionadas con el inmueble ubicado en la Av. Ramón Anador No. 3352, padrón No. 34311, responsabilidad de la Sra. Ana Carolina Ferraguz Mandioni, CI 2.719.491-7, con domicilio a estos efectos en la calle Echevarriarza No. 3535/509;
        RESULTANDO: 1o.) que la señora María Priore presenta nota ante el Servicio de Convivencia Departamental, solicitando saber si el inmueble citado tiene permiso de arrendamiento;
        2o.) que el referido Servicio indica que no se registran datos de la solicitud de permiso para arrendamiento del inmueble de referencia;
        3o.) que en tal sentido, el mencionado Servicio, visto el plazo otorgado de 10 días para presentar descargos ante la falta de habilitación para arrendar, sin que éstos se hubiesen presentado, sugiere aplicar una multa de UR 17 a la Sra. Ana Carolina Ferraguz Mandioni, por infringir el Art. D.2156.1 del Digesto Departamental que establece que los apartamentos o fincas arrendadas deben contar con la habilitación de la Intendencia de Montevideo o serán sancionados con el equivalente en Unidades Reajustables a un mes de alquiler, de acuerdo al Decreto Nº 21.626, Sección II, Artículo 3º, numeral 2;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) que por Resoluciones Nos. 4242/20 de 1/12/20 y 570/20/1000 de 4/12/20 se delegó en
        la Prosecretaría General las facultades de aplicar multas de hasta un monto de
        UR 20;
        EL PROSECRETARIO GENERAL DE LA
        INTENDENCIA DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de UR 17 (unidades reajustables diecisiete) a la Sra. Ana Carolina Ferraguz Mandioni, CI 2.719.491-7, con domicilio a estos efectos en la calle Echevarriarza No. 3535/509, por infracción al Art. D.2156.1 del Digesto Departamental, por carecer del permiso de arrendamiento para el inmueble ubicado en la Av. Ramón Anador No. 3352, padrón No. 34311.-
        2.- Disponer que transcurrido el plazo de 30 (treinta) días, si la multa permaneciera impaga, el Servicio de Convivencia Departamental comunicará a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes a los efectos de gestionar el cobro.-
        3.- Comuníquese a la División Asesoría de Desarrollo Municipal y Participación a sus efectos, al Servicio Gestión de Contribuyentes y pase al Servicio de Convivencia Departamental para la notificación correspondiente y demás efectos.-

Dr. Daniel González, Prosecretario General.-