Resolución N° 399/10/5100
Nro de Expediente:
5111-001948-10
 
ADMINISTRACION DE PERSONAL
Fecha de Aprobación:
9/8/2010


Tema:
ACUMULACION DE CARGOS

Resumen:
Se autoriza la acumulación de las tareas docentes que la funcionaria Lic. Rosana Abella, cumple en la A.N.E.P. - Consejo de Educación Técnico Profesional, -15 horas semanales-, con las que desempeña en la Unidad Ejecutora del Plan de Saneamiento, -20 horas semanales-, de conformidad con lo establecido en el art. R. 368, Volumen III del Digesto.

Montevideo, 9 de Agosto de 2010.-
 
        VISTO: la gestión promovida por la funcionaria Lic. Rosana Abella, quien se desempeña en la Unidad Ejecutora del Plan de Saneamiento, tendiente a que se le autorice la acumulación de las tareas docentes que cumple en la A.N.E.P. - Consejo de Educación Técnico Profesional, con las que realiza en esta Intendencia;
        RESULTANDO: 1º.) que el referido Consejo certifica que el titular cumple funciones con una carga horaria de 15 (quince) horas semanales;
        2º.) que la carga horaria en esta Administración es de 20 (veinte) horas semanales;
        3º.) que el Servicio de Administración de Recursos Humanos informa que no existiendo coincidencia de horarios se puede autorizar la acumulación de tareas, teniendo en cuenta que se cumplen los requisitos establecidos en el art. 1º. del Decreto del Poder Ejecutivo Nº 185/91;
        CONSIDERANDO: 1º.) que se estima procedente el dictado de resolución, accediendo a lo solicitado conforme con lo previsto en el art. R. 368 Volumen III del Digesto;
        2º.) las facultades oportunamente delegadas;
        LA DIRECCION DE LA DIVISION
        ADMINISTRACION DE PERSONAL
        RESUELVE:
        1º.- Autorizar la acumulación de las tareas docentes que la funcionaria Lic. Rosana Abella, C.I. Nº 1.807.985, cumple en la A.N.E.P. - Consejo de Educación Técnico Profesional, -15 (quince) horas semanales-, con las que desempeña en la Unidad Ejecutora del Plan de Saneamiento, -20 (veinte) horas semanales-, de conformidad con lo establecido en el art. R. 368, Volumen III del Digesto.-
        2º.- Comuníquese al Departamento de Desarrollo Ambiental; a los Servicios de Liquidación de Haberes, de Planeamiento y Desarrollo de Recursos Humanos; a las Unidades Información de Personal y Ejecutora del Plan de Saneamiento, que notificará a la funcionaria; y pase, por su orden, al Sector Despacho del Departamento de Gestión Humana y Recursos Materiales y al Servicio de Administración de Recursos Humanos, a sus efectos.-

Humberto RUOCCO, Director de la División Administración de Personal.-