VISTO: las presentes actuaciones promovidas por la División Gestión y Desarrollo de Personas;
RESULTANDO: 1°.) que el Servicio de Planeamiento Estratégico de Gestión Humana en coordinación con la Unidad Selección y Carrera Funcional, solicitan la aprobación de un llamado a Concurso Abierto de Evaluación de Méritos y de las Bases completas del mismo, para cubrir 12 (doce) funciones de contrato zafral destinado a RECREADORES/AS PARA EL TIEMPO LIBRE Y RECREACIÓN para desempeñar tareas en el marco del “Programa Verano 2025-2026” desarrollado por la Secretaría de Educación Física, Deporte y Recreación, División Asesoría de Desarrollo Municipal y Participación;
2°.) que dicha solicitud responde a la necesidad planteada por la Secretaría de Educación Física, Deporte y Recreación a través de Expediente N° 2025-3110-98-000149;
3°.) que se eleva la nómina de personas que integrará el Tribunal del concurso;
CONSIDERANDO: 1°.) lo dispuesto en el Decreto Nº 28.387, sus resoluciones reglamentarias y el Reglamento de Concursos vigente;
2°.) que por tratarse de funciones de contrato zafral con características particulares, se solicita exceptuar el presente llamado a concurso de las condiciones previstas en los Artículos R.245.1 y R.245.5 del Volumen III del Digesto Departamental;
3º.) que la Dirección General del Departamento de Gestión Humana y Recursos Materiales estima pertinente el dictado de resolución en tal sentido;
EL INTENDENTE DE MONTEVIDEO
RESUELVE:
1º.- Autorizar a la División Gestión y Desarrollo de Personas, Unidad Selección y Carrera Funcional, a realizar un llamado a concurso abierto de evaluación de méritos para cubrir 12 (doce) funciones de contrato zafral destinado a RECREADORES/AS PARA EL TIEMPO LIBRE Y RECREACIÓN para desempeñar tareas en el marco del “Programa Verano 2025-2026” desarrollado por la Secretaría de Educación Física, Deporte y Recreación, División Asesoría de Desarrollo Municipal y Participación;
2º.- Aprobar las siguientes Bases de llamado a concurso:
BASES DE LLAMADO A CONCURSO ABIERTO N° 1659 - E2/25:
La Intendencia de Montevideo llama a concurso abierto de evaluación de méritos, a ciudadanas y ciudadanos, para cubrir 12 (doce) funciones de contrato zafral destinado a RECREADORES/AS PARA EL TIEMPO LIBRE Y RECREACIÓN desempeñando tareas en el marco del“Programa Verano 2025-2026” desarrollado por la Secretaría de Educación Física, Deporte y Recreación, División Asesoría de Desarrollo Municipal y Participación.
Los/as Recreadores/as seleccionados/as serán contratados/as para desempeñar tareas en el Área Recreativa Deportiva en playasy centros deportivos.
DEDICACIÓN HORARIA:
24 (veinticuatro) horas semanales (horas de 60 minutos), en régimen de 6 (seis) días a la semana (lunes a sábados), incluyendo feriados, en horario vespertino de 16:00 a 20:00 horas.
Los/as Recreadores/as que sean contratados/as desempeñarán sus funciones de acuerdo al siguiente detalle:
- 8 recreadores para playas en turno vespertino.
- 2 recreadores para apoyo en SACUDE,
- 2 recreadores para apoyo en CRECE
La Intendencia de Montevideo podrá introducir cambios en los horarios de las actividades si las exigencias de la operativa así lo exige.
REMUNERACIÓN:
Sueldo base: $ 35.508,oo (pesos uruguayos treinta y cinco mil quinientos ocho) -vigencia 1° de abril de 2025- equivalente al Grado SIR 6, para 24 (veinticuatro) horas semanales, más los incrementos y beneficios que se otorgue a los/as funcionarios/as de la IdeM.
CONDICIONES DEL CONTRATO:
- Se trata de un contrato a término, desde el día siguiente a la notificación de la resolución de contratación, hasta el 28 de febrero del 2026.
- En caso de resultar ganadores/as funcionarios/as de la Intendencia de Montevideo, previo a la toma de posesión, deberán renunciar a sus cargos presupuestales o funciones de contrato, según corresponda.
COMUNICACIÓN:
Toda la información referida a las distintas instancias del concurso, será publicada y comunicada a través de la página web de la Intendencia de Montevideo: https://ofertalaboral.montevideo.gub.uy/
Éste será el único medio válido por el cual se realizarán todas las comunicaciones y notificaciones pertinentes, siendo de estricta responsabilidad de los/as postulantes mantenerse informados/as al respecto.
Sin perjuicio de ello, cuando deban efectuarse convocatorias personales a los/as postulantes, la Intendencia de Montevideo estará facultada a utilizar la comunicación telefónica, al número de teléfono fijo y/o celular que proporcione el/la interesado/a. Quien deslinda de toda responsabilidad a esta Institución en caso de que el mensaje no llegue al/la destinatario/a.
REQUISITOS OBLIGATORIOS:
1) - Título de Técnico/a en Recreación o Técnico/a en Tiempo Libre, Animación y Recreación, expedido por la DGETP – UTU (ex CETP – UTU); o
- Diploma de Técnico/a en Recreación Educativa, expedido por la Universidad Católica o el Instituto Universitario Asociación Cristiana de Jóvenes; o
- Bachillerato completo (DGES o DGETP-UTU); y acreditar experiencia de al menos 1 (un) año en animación, recreación y/o liderazgo, en instituciones educativas, deportivas y/o ONGs.
- Bachillerato completo (DGES o DGETP-UTU); y certificado de Líder expedido por instituciones educativas, deportivas y/o ONGs.
2) - Certificado de control de salud (ex-carné de salud) vigente expedido por instituciones habilitadas por el Ministerio de Salud Pública.
3) - Tener 18 años cumplidos al momento de la inscripción.
4) - Para quienes hayan actuado en la temporada anterior, haber alcanzado un puntaje de evaluación de al menos 75 (setenta y cinco) puntos. A su vez, se controlará que quien aspire a alguna de estas funciones no haya renunciado en las 3 (tres) últimas temporadas a contrataciones para desempeñar tareas en el marco del Programa Verano, exceptuándose quienes lo hayan hecho para optar por otra función del mismo programa.
5) - Ser ciudadano/a natural o legal (Art. 76 de la Constitución de la República).
La participación en el concurso de Evaluación de Méritos estará sujeta al cumplimiento de la totalidad de los Requisitos Obligatorios y la presentación de toda la documentación requerida en estas bases.
INTERRELACIÓN JERÁRQUICA:
Los/as ganadores/as del concurso que se designen como Recreadores/as para la temporada 2025/26 responderán directamente al Supervisor/a del Área Recreativa y Deportiva
PROPÓSITO DEL PUESTO:
Desempeñar sus tareas en conjunto con el profesor/a, estudiantes e instructores/as en docencia directa en las actividades deportivas y recreativas, con perfil comunitario, en los espacios dispuestos y durante el Programa de Verano 2025-2026 de la Secretaría de Educación Física, Deporte y Recreación.
PRINCIPALES TAREAS:
. Organiza, planifica y ejecuta, en coordinación con el/la supervisor/a del área y el equipo de trabajo, la realización de actividades de Educación Física, Deportes y Recreación, de acuerdo a los objetivos propuestos y el cronograma.
. Aplica métodos y técnicas de enseñanza en el área de la recreación que comprometan al ser en su totalidad para el logro de una mejor calidad de vida.
. Desarrolla sus actividades en todos los espacios del Programa de Verano (playas, parques , plazas, etc.), zona este y oeste del departamento.
. Inscribe y registra la asistencia diaria de los participantes.
. Utiliza, mantiene y conserva: las herramientas, útiles, instrumentos, máquinas, equipos propios de su trabajo, equipamiento personal y su ámbito de trabajo ya sean instalaciones fijas, transitorias y/o vehículos, así como las zonas definidas para uso exclusivo del personal, en condiciones de orden e higiene de acuerdo a las normas generales y/o procedimientos de seguridad específicos. Hace uso adecuado de los materiales, dispone y retira los materiales sobrantes y desechos productos del proceso de trabajo, según los protocolos y/o procedimientos establecidos.
INSCRIPCIÓN DE LOS/AS ASPIRANTES:
Las inscripciones se recibirán personalmente en la Unidad Selección y Carrera Funcional (8vo. Piso del Edificio Sede la IdeM. – Puerta 8003), en horario y fecha a determinar.
Alentamos a postularse a todas las personas que cumplan con los requisitos y condiciones del presente llamado, independientemente de su edad, género, raza, creencia, y sin otra distinción que las de sus talentos y virtudes.
DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR EN ACTO DE INSCRIPCIÓN:
Los/as aspirantes deberán concurrir dentro del plazo establecido, con la siguiente documentación en carpeta. La misma deberá estar correctamente enlazada, numerada y organizada:
- Declaración jurada por la autenticidad de los documentos presentados.
- Título de Técnico/a en Recreación o Técnico/a en Tiempo Libre, Animación y Recreación, expedido por la DGETP – UTU (ex CETP – UTU); (original y fotocopia); ó
- Diploma de Técnico/a en Recreación Educativa, expedido por la Universidad Católica o el Instituto Universitario Asociación Cristiana de Jóvenes (original y fotocopia); ò
- Constancia que acredite 6to. Año de Educación Media completa (DGES o DGETP-UTU) y constancia que acredite experiencia al menos 1 (uno) año en animación, recreación y/o liderazgo, en instituciones educativas, deportivas y/o ONGs.
. Cédula de Identidad vigente (original y fotocopia).
. Credencial Cívica (original y fotocopia).
. Certificado de control de salud (ex-carné de salud) vigente expedido por instituciones habilitadas por el Ministerio de Salud Pública.
. Carpeta de Méritos numerada, debidamente foliada, enlazada y organizada conteniendo:
. Currículum Vítae con foto: con datos personales y detalle de estudios, experiencia laboral y otros méritos, con los anexos que corresponda.
. Copia de la documentación que acredita los méritos declarados. La experiencia laboral se debe especificar con el tipo de tareas realizadas, el grado de participación, fecha y duración de los trabajos y actividades declaradas. No suficiente recibos de sueldo.
. Certificado de actuación en temporadas anteriores: quienes hayan actuado en temporadas anteriores, deberán presentar la constancia con la evaluación correspondiente.
. Todo mérito declarado que no esté debidamente certificado, no podrá ser puntuado por el Tribunal actuante.
. Toda documentación deberá ser presentada 1 (uno) por hoja y legible.
. Toda formación en el extranjero para ser considerada en el concurso deberá presentarse debidamente legalizada y traducida.
SELECCIÓN DE LOS/AS ASPIRANTES:
El proceso de selección de los/as aspirantes se realizará en base a los siguientes componentes:
1. EVALUACIÓN DE MÉRITOS: El puntaje máximo es de 100 (cien) puntos.
La evaluación de los méritos presentados por los/as concursantes se realizará de acuerdo al siguiente detalle:
A. FORMACIÓN - Puntaje Máximo: 40 (cuarenta) puntos.
Se valorará únicamente la formación relacionada con las tareas a desarrollar.
B. EXPERIENCIA - Puntaje Máximo: 50 (cincuenta) puntos.
Se valorará experiencia laboral acorde a las tareas a desempeñar.
C. POR BUEN DESEMPEÑO EN TEMPORADAS ANTERIORES - Puntaje: 10 (diez) puntos.
Se asignará un máximo de 10 (diez) puntos a quienes hayan trabajado en la últimas 3 (tres) temporadas anteriores y cuyo puntaje de evaluación sea igual o mayor a los 75 (setenta y cinco) puntos, distribuidos de la siguiente manera.
- 4 (cuatro) puntos para quienes hayan trabajado en la temporada 2024-2025.
- 3 (tres) puntos para quienes hayan trabajado en la temporada 2023-2024.
- 3 (tres) para quienes hayan trabajado en la temporada 2022-2023.
El Tribunal elaborará una Lista de Prelación ordenada de mayor a menor, con el Puntaje Total obtenido por los/as concursantes.
En el caso que se necesite cubrir algún puesto, se tomará al primer suplente y así sucesivamente, de la lista única de suplentes ordenada de mayor a menor,
EL PUNTAJE MÍNIMO DE APROBACIÓN DE LA EVALUACIÓN DE MÉRITOS ES DE 55 (cincuenta y cinco) PUNTOS.
Quienes hayan superado las instancias anteriores estarán en condiciones de ser convocados para la realización de la Evaluación Psicolaboral. La convocatoria se realizara respetando el orden de prelación de las listas de cada área de acuerdo a la cantidad de funciones requerida.
Al momento de ser convocados a la Evaluación Psicolaboral, deberán presentar la Jura de la Bandera, constancia de tramitación del Certificado de Antecedentes Judiciales y Antecedentes de delitos sexuales, expedido por la Dirección Nacional de Policía Técnica del Ministerio del Interior (Mercado Agrícola) en la Unidad de Selección y Carrera Funcional.
2. EVALUACIÓN PSICOLABORAL:
Tendrá carácter eliminatorio y será realizada a los/as 12 (doce) primeros/as de la lista de prelación. En caso de que alguno/a de los/as concursantes resulte eliminado/a en la instancia mencionada, se convocará la cantidad de concursantes necesarios para completar los cargos objeto del llamado, respetando el orden en la lista de prelación.
Sera realizada a todos/as los/as candidatos/as que postulan por primera vez al puesto.
Para aquellos/as postulantes que hayan participado en temporadas anteriores la Unidad de Selección y Carrera Funcional podrá validar hasta por una temporada las evaluaciones realizadas en esa instancia.
La prueba psicolaboral se realizará en base al siguiente perfil:
. Organización y Planificación.
. Proactividad.
. Trabajo en Equipo.
. Comunicación Efectiva.
. Relaciones Interpersonales.
. Adaptabilidad y Flexibilidad.
. Apego a las normas ético laborales.
. Orientación a la ciudadanía.
3. EXAMEN DE APTITUD FÍSICA:
Será evaluada a través de la presentación del Certificado de control de salud (ex-carné de salud) vigente expedido por instituciones habilitadas por el Ministerio de Salud Pública.
Quedarán seleccionados/as quienes hayan aprobado la Evaluación Psicolaboral y presentado el Certificado vigente de control de salud.
DISPOSICIONES GENERALES:
- No podrán ingresar a los cuadros funcionales de la IdeM. los/as ciudadanos/as que sean titulares de otros cargos remunerados en esta Administración u otros organismos públicos, o perciban pasividades u otras prestaciones, cuya acumulación no está permitida por las leyes vigentes.
- La Lista de Prelación del presente concurso tendrá validez hasta el 28 de febrero de 2026, siendo de absoluta responsabilidad de los postulantes comunicar cualquier cambio en sus datos personales (teléfono fijo y/o celular, domicilio y correo electrónico), ante la eventualidad de una posible convocatoria . En caso de ser convocados, los/as concursantes deberán realizar previamente el examen psicolaboral, el que tendrá carácter eliminatorio.
- La renuncia al cargo una vez designado/a, imposibilitará al/la ciudadano/a a presentarse en las tres temporadas siguientes exceptuándose quienes lo hayan hecho para optar por otra función del mismo programa.
- En caso de que alguno/a de los/as aspirantes resulte ganador/a en más de uno de los llamados que conforman este “Programa Verano 2025-2026”, éste deberá optar por una de las funciones de contrato para las que haya sido designado/a.
- La distribución de las personas contratadas será realizada por la Secretaría de Educación Física, Deporte y Recreación teniendo en cuenta los destinos de trabajo establecidos según las funciones concursadas, pudiendo ser trasladadas según las necesidades de la Secretaría.
- Los espacios a trabajar serán todos aquellos donde se desarrolle el Programa Verano de la Secretaría de Educación Física, Deporte y Recreación (Zona Este y Oeste de Montevideo), de acuerdo a las necesidades de la Administración.
- En caso de producirse renuncias y a los efectos de facilitar un rápido diligenciamiento en la contratación de suplentes, la Dirección General del Departamento de Gestión Humana y Recursos Materiales podrá efectuar contrataciones en un todo conforme a lo surgido de este concurso de evaluación de méritos.
INTEGRACIÓN DEL TRIBUNAL:
La evaluación de los méritos presentados por los/as postulantes estará a cargo de un Tribunal integrado por:
Titulares:
Presidente: ELEONOR CALLERO CI Nº 3.333.261
2do. Miembro: JOSE COTELO CI Nº 3.438.052
3er. Miembro: ADRIANA DORADO CI Nº 1.883.826
Suplentes:
1er. Suplente: ADRIAN BLANCO CI Nº 1.886.991
2do. Suplente: MARTIN RODRIGUEZ CI Nº 2.756.061
3°.- Exceptuar el presente llamado a concurso de las condiciones previstas en los Artículos R.245.1 y R.245.5 del Volumen III del Digesto Departamental.-
4°.- Encomendar a la Unidad Selección y Carrera Funcional la determinación de las fechas de publicación de Bases, así como de inscripción al concurso y presentación de la Carpeta de Méritos.-
5°.- Comuníquese a las Divisiones de Gestión y Desarrollo de Personas, de Administración de Personal y Asesoría de Desarrollo Municipal y Participación, a la Secretaría de Educación Física, Deporte y Recreación, a los Servicios de Planeamiento Estratégico de Gestión Humana y de Administración de Gestión Humana y pase a la Unidad Selección y Carrera Funcional, a sus efectos.- |