Resolución N° 209/02
Nro de Expediente:
7300-008430-01
 
DESARROLLO ECONOMICO E INTEGRACION REGIONAL
Fecha de Aprobación:
14/1/2002


Tema:
PERMISOS QUIOSCOS RODANTES

Resumen:
Autorizar por vía de excepción, la transferencia del permiso para la explotación de un quiosco rodante ubicado en la calle José Freire esquina Avda. Agraciada, a favor de la Sra. AMANDA DOMINGUEZ BIANCHI.

Montevideo, 14 de Enero de 2002.-
 
        VISTO: estas actuaciones relacionadas con la gestión presentada por la Sra. Norma Otero, propietaria del quiosco rodante ubicado en la calle José Freire esquina Avda. Agraciada;
        RESULTANDO: 1o.) que por la misma, solicita se autorice la transferencia del permiso para la explotación del referido quiosco rodante a favor de su prima, la Sra. Amanda Domínguez Bianchi;
        2o.) que motiva la referida solicitud que la titular padece severos problemas de salud, que no le permiten la atención del referido quiosco;
        CONSIDERANDO: 1o.) que el Abogado Asesor informa que si bien la transferencia sería fuera del grado de parentesco permitido en la reglamentación vigente, la documentación médica aportada por la titular, así como el informe de la Asistente Social justifican ampliamente la situación, sugiriendo otorgar la autorización por vía de excepción;
        2o.) que la Dirección General del Departamento de Desarrollo Económico e Integración Regional, eleva actuaciones solicitando el dictado de resolución, otorgando el permiso precario y revocable, estableciendo las condiciones que regirán dicha transferencia;
        EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1.- Autorizar por vía de excepción, la transferencia del permiso para la explotación de un quiosco rodante ubicado en la calle José Freire esquina Avda. Agraciada, a favor de la Sra. AMANDA DOMINGUEZ BIANCHI, C.I. Nº 1.301.552-1, de acuerdo a las siguientes condiciones:
        a) regirán para el permiso de que trata, lo dispuesto en Capítulo II, Sección I "De los Quioscos"- del Volumen X, del Digesto Municipal;
        b) el permisario deberá abonar:
        cuota mensual...............U.R. 4.5
        cuota anual...................U.R. 11.5
        Los derechos por concepto de transferencia, se abonarán en 6 (seis) cuotas iguales y consecutivas, a partir de los 30 días contados desde el siguiente a la notificación de la presente resolución.
        c) el permiso otorgado es de carácter precario y revocable y no podrá ser transferido total ni parcialmente, sin la autorización previa y escrita de la I.M.M., la que se reserva el derecho de aceptar y rechazar el traspaso.
        2.- Comuníquese al Departamento de Descentralización para su conocimiento, de la División Salud y Programas Sociales y del Servicio Centro Comunal Zonal respectivo; a la División Tránsito y Transporte; al Servicio Central de Inspección General y pase a la División Promoción Económica para notificación de los interesados y demás efectos.
ERNESTO DE LOS CAMPOS, Intendente Municipal (i).-
DRA. MARIA JULIA MUÑOZ, Secretaria General.-