Resolución N° 4580/01
Nro de Expediente:
6370-005920-01
 
DESARROLLO AMBIENTAL
Fecha de Aprobación:
26/11/2001


Tema:
EXPROPIACIONES

Resumen:
Se remite a consideración de la Junta Departamental de Montevideo, expropiar parcialmente y declarar su urgente ocupación al inmueble afectado por las obras de Saneamiento Urbano de Montevideo Etapa III, caratulada "Red de colectores de aguas negras y pluviales de a Cañada Jesús María" y obras anexas.

Montevideo, 26 de Noviembre de 2001.-
 
      VISTO: la instrumentación de las Obras de Saneamiento Urbano de Montevideo, Etapa III, de la obra caratulada "Red de colectores de aguas negras y pluviales de la cuenca de la Cañada Jesús María" y obras anexas;
      RESULTANDO: 1o.) que por Resolución No. 270/96 del 3 de junio de 1996, el Director General del Departamento de Desarrollo Ambiental designó como responsable de la instrumentación de los trámites y de la preparación al Escribano Pedro Storace, en colaboración con la Dirección Administrativa de dicho Departamento;
      2o.) que el referido profesional con el asesoramiento del Ingeniero Agrimensor Andrés Dibarboure, informan que el monto total aproximado de la indemnización por la expropiación parcial del inmueble que se indica:

      PADRON No.
      MONTO ESTIMADO DE INDENMIZACION
      176.540
      $ 36.000,oo (pesos uruguayos treinta y seis mil)

      CONSIDERANDO: que el Director General del Departamento de Desarrollo Ambiental entiende que corresponde solicitar anuencia a la Junta Departamental de Montevideo para efectuar la expropiación;
      EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
      RESUELVE:
      1o.-Remitir a consideración de la Junta Departamental de Montevideo, el

      siguiente:
      PROYECTO DE DECRETO
          ARTICULO 1º.- Facúltase a la Intendencia Municipal de Montevideo a designar para expropiar parcialmente y declarar su urgente ocupación al inmueble afectado por las obras de Saneamiento Urbano de Montevideo Etapa III, caratulada "Red de colectores de aguas negras y pluviales de la Cañada Jesús María" y obras anexas, que se indica:
          PADRON No.
          AREA TOTAL (m.c)
          AREA A EXPROPIAR (m.c.)
          176.540
          2.538,00
          564,62
          ARTICULO 2º.- Comuníquese.
        2o.-Comuníquese a la Unidad Ejecutora del Plan de Saneamiento y pase a la Secretaría General para su remisión, sin más trámite, a la Junta Departamental de Montevideo.
ERNESTO DE LOS CAMPOS, Intendente Municipal (i).-
DRA. MARIA JULIA MUÑOZ, Secretaria General.-