Resolución N° 268/01/4000
Nro de Expediente:
4720-002623-00
4740-030546-00

 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
12/3/2001


Tema:
PERMISO REMISE

Resumen:
Aplicar multa 35 U.R. Edgardo Rodríguez Causa, ex-permisario remise mat. Nº 30.364.-

Montevideo, 12 de Marzo de 2001.-
 
        VISTO: que por Resolución N° 2.114/93 del 6/VIII/93 modificada por Resolución Nº 2.405/93 del 3/IX/93 se dispuso dejar sin efecto, entro otros, el permiso para la prestación del servicio de remise identificado con la matrícula Nº 30.364, al que se encontraba afectado el vehículo empadronado con el Nº 287.232, cuyo titular era el Sr. Edgardo Rodríguez Causa, C.I. Nº 1:478.433-5, con domicilio en Plaza Independencia Nº 838 piso 2, esc. 10;
        RESULTANDO: 1º) que la Sección Asesoramiento Legal informa que: a) con fecha 4/II/98 se dispuso la captura de dicho vehículo por encontrarse caducado y presuponiendo que el permisario aún se encontraba efectuado el servicio, dado que nunca hizo entrega de las placas ni de la libreta de propiedad; b) el 6/VII/00 el Servicio de Vigilancia envía juego de placas de matrícula y libreta las que se remiten al Servicio de Contralor y Registro de Vehículos el 17/VII/00 para su destrucción; c) por lo expuesto el propietario utilizó las placas de remise durante 7 años en su beneficio, logrando salvar el control que se efectúa respecto al cumplimiento del Decreto Departamental Nº 25.858 por realizar traslado de personas sin autorización y d) por lo expuesto corresponde aplicar una multa de 35 U.R.;
        2º) que la División Tránsito y Transporte comparte lo aconsejado;
        CONSIDERANDO: que por Resolución N° 2.478/00 del 17/VII/00, el Señor Intendente Municipal delegó en el Director General del Departamento de Acondicionamiento Urbano, la facultad de aplicar multas de hasta 55 U.R.;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE ACONDICIONAMIENTO URBANO
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1º.- Aplicar al Sr. Edgardo Rodríguez Causa, C.I. Nº 1:478.433-5, con domicilio en Plaza Independencia Nº 838 piso 2, esc. 10, una multa de 35 U.R. (treinta y cinco unidades reajustables) por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2º.- Establecer que dispone de un plazo de 30 (treinta) días a partir de la notificación, para hacer efectivo el pago de la multa impuesta, al término del cual, en caso de incumplimiento, se procederá al cobro por vía judicial.-
        3º.- Comuníquese al Servicio Gestión de Cobro de Morosos y pase al Servicio de Transporte.-

ARQ. ROBERTO VILLARMARZO, Director General.-