Resolución N° 3015/20
Nro de Expediente:
2020-0011-98-000163
 
SECRETARIA GENERAL
Fecha de Aprobación:
24/08/2020


Tema:
ACCIONES JUDICIALES

Resumen:
SE CREA UNA COMISIÓN ESPECIAL DELEGADA "COMISIÓN ADMINISTRADORA DEL CENTRO CULTURAL JULIA ARÉVALO" (CECJA) CON LOS COMETIDOS E INTEGRACIÓN QUE SE INDICAN, MUNICIPO A.-

Montevideo, 24 de Agosto de 2020.-
 

                           VISTO: la Resolución No. 84/20/0111 de 31 de julio de 2020 dictada por el Municipio A;

                         RESULTANDO: 1o.) que por la citada resolución se solicita la creación de una comisión especial delegada "Comisión Administradora del Centro Cultural Julia Arévalo" (CECJA) al amparo de lo dispuesto por el artículo 278 de la Constitución de la República;

                                                             2o.) que la referida comisión estará compuesta por 5 miembros:
a.- un/a representante del Municipio A, designado directamente por el/la Alcalde/sa entre sus funcionarios/as;
b.- un/a representante del Concejo Municipal designado por este Órgano;
c.- un/a representante del Departamento de Cultura de esta Intendencia, elegido entre los/las funcionarios/as del Programa Esquinas de la Cultura que desempeñan territorialmente funciones en el Municipio A;
d.- dos representantes de la comunidad, designados/as por el/la Alcalde/sa entre las propuestas presentadas por organizaciones sociales o grupos de vecinos/as representativos de la zona. Estos/as representantes deberán cumplir con los mismos requisitos exigidos para la postulación a integrar el Concejo Vecinal y tendrán un mandato máximo de dos años, sin opción a reelección inmediata.
                                                           3o) que además tendrá los siguientes cometidos:
a) administrar todos los aspectos relacionados con el funcionamiento del Centro Cultural Julia Arévalo, organizando y promoviendo actividades culturales de la zona en forma directa o en acuerdo con otras personas, organizaciones o instituciones públicas o privadas, sin delegar su responsabilidad y cometidos.
b) aprobar el plan de gestión anual del Centro Cultural Julia Arévalo, a partir de una propuesta elaborada por el/la responsable de la gestión cultural.
c) velar por el correcto y óptimo funcionamiento de los recursos humanos y materiales del Centro.
d) crear comisiones asesoras y de trabajo, así como delegar tareas, siempre bajo su supervisión, para el mejor cumplimiento de sus cometidos y promover la participación social en la gestión del CECJA.
e) gestionar la búsqueda de financiación complementaria a la autorizada por el Municipio, dentro de los marcos legales habilitantes.
f) disponer la administración de un fondo de financiación municipal, por una suma de $ 8.000,oo (pesos uruguayos ocho mil) mensuales, los que serán entregados en efectivo al referente dispuesto por la CECJA. Este fondo deberá rendirse de acuerdo a la normativa aplicable de esta Intendencia.
g) administrar los fondos obtenidos para su funcionamiento tales como: donaciones, cobro de talleres y todo otro concepto de ingreso monetario a las arcas de la CECJA, los que serán volcados a una cuenta bancaria especial que deberá ser abierta por la comisión en una institución bancaria. Trimestralmente se rendirá cuenta de los movimientos de ingresos y egresos al Municipio A, de acuerdo a las disposiciones legales vigentes (artículos 128 a 130 y 132 del Texto Ordenado de Contabilidad y Administración Financiera del Estado), debiendo el saldo de los asientos presentados coincidir con el de la cuenta bancaria al momento de la rendición. A tales efectos la comisión designará entre sus miembros un responsable de esa tarea o podrá contratar un asesor externo que se encargará de la rendición de cuentas correspondiente.
h) efectuar los gastos necesarios para la administración corriente del Centro Cultural, así como para la compra de mobiliario o equipamiento necesarios y otros gastos generados por uso y beneficio de las instalaciones y del edificio, los que seran asumidos por la propia Comisión, contando a tales efectos con las fuentes detalladas en los literales f) y g) anteriores.
i) presentar al Municipio propuestas de inversiones referentes a la infraestructura, lo que podrá incluir obras de ampliación o reforma edilicia, para su aprobación y financiación a cargo del Municipio.
j) presentar al Municipio una memoria de las actividades realizadas, en igual período al correspondiente a la rendición definida en el literal g).
k) articular con las diversas organizaciones sociales e instituciones públicas y privadas a nivel local para el cumplimiento de sus fines.
                                                  4o.) que la comisión se vinculará administrativamente con el Municipio A, al que remitirá la información correspondiente a su funcionamiento y uso de recursos económicos y toda otra que le sea solicitada.
                                                  5o.) que los miembros de la Comisión serán honorarios y una vez designados permanecerán en sus funciones hasta el nombramiento de sus sustitutos.

                         CONSIDERANDO: 1o.) que procede proveer de conformidad;

                                                                 2o.) lo dispuesto por el artículo 278 de la Constitución de la República;


EL INTENDENTE DE MONTEVIDEO

RESUELVE:

1.- Crear una comisión especial delegada que se denominará "Comisión Administradora del Centro Cultural Julia Arévalo" (CECJA), cuya integración y cometidos se indican en la parte expositiva de la presente resolución.-

2.- Comuníquese al Departamento de Cultura, al Programa Esquinas de la Cultura y pase a la Municipio A a sus efectos.-

CHRISTIAN MARTÍN DI CANDIA CUÑA, INTENDENTE DE MONTEVIDEO.-

FERNANDO DANIEL NOPITSCH D'ANDREA, SECRETARIO GENERAL.-