Resolución N° 258/00/3000
Nro de Expediente:
3240-001012-98
 
DESCENTRALIZACION
Fecha de Aprobación:
9/3/2000


Tema:
MULTAS - INSPECCION GENERAL

Resumen:
Aplicar multa al establecimiento destinado a fábrica y colocación de caños de escape, sito en Avda. Gral. Flores 3429, propiedad de la firma BURGHI KOVACS.

Montevideo, 9 de Marzo de 2000.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con el establecimiento destinado a fabricación y colocación de caños de escape, sito en Avda. Gral.. Flores No. 3429, propiedad de la firma Burghi y Kovacs, Sociedad de Hecho, R.U.C. 21.3142430013, con domicilio a los efectos legales en el mismo;
        RESULTANDO: 1o) que pese a los plazos concedidos y las sanciones aplicadas anteriormente según Resolución No. 795/99, de fecha 27 de julio de 1999, no han presentado la documentación habilitante, que autorice el funcionamiento del establecimiento de su propiedad;
        2o) que por lo expuesto, el Servicio Central de Inspección General sugiere la aplicación de dos multas de U.R. 9, 7164 y U.R. 14,8410 al titular de obrados por respectivamente, por infracción al Decreto No. 5332 y Resolución No. 2873/92, y el Art. D. 3419.10 Volumen XV Tomo II, Art. 3o. Inc. 20 de acuerdo al Decreto No. 21.626 de fecha 23 de abril de 1984;
        3o) que la División Administraciones Locales se muestra de conformidad;
        CONSIDERANDO: 1o) que la normativa vigente fija en unidades Reajustables los montos de las multas que se apliquen por transgredir las ordenanzas departamentales, hasta el máximo legal vigente;
        2o) que por Resolución No. 581/95 del 20/II/95 el Sr. Intendente Municipal delegó en el Director General del Departamento de Descentralización la facultad de aplicar multas hasta un monto de 55 U.R.;
        LA DIRECCION GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE DESCENTRALIZACION
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1.- Aplicar dos multas de U.R. 9, 7164 ( Unidades Reajustables nueve con siete mil ciento sesenta y cuatro diezmilésimas ) y U.R. 14, 8410 (Unidades Reajustables catorce con ocho mil cuatrocientas diez diezmilésimas) a la firma Burghi y Kovacs, Sociedad de Hecho, R.U.C. 21.3142430013, con domicilio a los efectos legales en Avda. Gral. Flores No. 3429, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente Resolución.-
        2.- Disponer que transcurrido el plazo de 30 (treinta) días, si la multa permaneciera impaga, el Servicio Central de Inspección General informará a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Cobro de Morosos a los efectos de gestionar el cobro.-
        3.- Comuníquese al Servicio Centro Comunal Zonal No. 3 y pase al Servicio Central de Inspección General para su notificación y demás efectos.-,

PROF. ANA MARIA OLIVERA,, Directora General del Departamento de Descentralización.-