Resolución N° 572/14/4000
Nro de Expediente:
3110-002125-14
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
21/8/2014


Tema:
SOLICITUD DE ESPACIO PUBLICO

Resumen:
Se autoriza condicionado al Sr. Carlos Perdomo el uso del espacio verde ubicado en la intersección de la Rbla. Pte. Wilson y el Bvar. Gral. Artigas (a 100 mts. de la Estación ANCAP), el día 25/VIII/14 en el horario comprendido entre las 14:30 y las 17:30 horas, a los efectos de instalar arco de "Largada" y mesa de hidratación para llevar a cabo un evento de carácter deportivo denominado "Fondo Nostálgico".-

Montevideo, 21 de Agosto de 2014.-
 
        VISTO: la solicitud del Sr. Carlos Perdomo para que se le conceda el uso del espacio verde ubicado en la interseccion de la Rbla. Pte. Wilson y el Bvar. Gral. Artigas (a 100 mts. de la Estación ANCAP), el día 25/VIII/14 en el horario comprendido entre las 14:30 y las 17:30 horas (tomando en cuenta la instalación y retiro de la estructura) a los efectos de colocar un arco de "Largada" y mesa de hidratación para llevar a cabo un evento de carácter deportivo denominado "Fondo Nostálgico", consistente en una maratón deportiva abierta a todo el público a realizarse en el circuito que luce a fs. 1 de estas actuaciones;
        RESULTANDO: 1º) que motiva dicha solicitud la realización de un evento de carácter deportivo denominado "Fondo Nostálgico", consistente en una maratón deportiva abierta a todo el público a realizarse en el circuito que luce a fs. 1 de estas actuaciones;
        2º) que el Municipio B presta su conformidad;
        3º) que la Secretaría de Educación Física, Deporte y Recreación no opone reparos en la realización del evento;
        4º) que el Servicio de Planificación, Gestión y Diseño informa que no se presentan objeciones para su autorización, recomendando el cumplimiento de los aspectos detallados a fs. 5 de obrados;
        5º) que la División Espacios Públicos y Edificaciones no tiene inconveniente en acceder a la solicitud planteada, conforme a las condiciones detalladas a fs. 9 y 10;
        CONSIDERANDO: que por Resolución Nº 4272/10 del 17/IX/10, la Sra. Intendenta de Montevideo delegó en la Dirección General del Departamento de Acondicionamiento Urbano la facultad, entre otras, de autorizar la realización de actos públicos en parques y plazas;
        LA DIRECCION GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE ACONDICIONAMIENTO URBANO
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1º.- Autorizar al Sr. Carlos Perdomo el uso del espacio verde ubicado en la interseccion de la Rbla. Pte. Wilson y el Bvar. Gral. Artigas (a 100 mts. de la Estación ANCAP), el día 25/VIII/14 en el horario comprendido entre las 14:30 y las 17:30 horas (tomando en cuenta la instalación y retiro de la estructura) a los efectos de colocar un arco de "Largada" y mesa de hidratación para llevar a cabo un evento de carácter deportivo denominado "Fondo Nostálgico", consistente en una maratón deportiva abierta a todo el público a realizarse en el circuito que luce a fs. 1 de estas actuaciones, condicionado a que el peticionante deberá: A) cumplir con: a) las disposiciones vigentes en cuanto a la utilización del espacio público solicitado y el horario fijado, tomando todas las medidas necesarias para no poner en riesgo la seguridad de las personas que intervengan en la actividad, siendo el único responsable de todo daño, perjuicio o accidente que se pudiera ocasionar; b) la normativa ambiental vigente, debiendo tener un plan de gestión de residuos que abarque la actividad a desarrollar y c) las condiciones que establece el Servicio de Planificación, Gestión y Diseño a fs. 5 de estas actuaciones, las cuales se dan aquí por enteramente reproducidas y cuya fotocopia deberá ser anexada a la presente resolución; B) Responsabilizarse: a) de todo deterioro que se produzca en dicho espacio público, debiendo restituirlo en correctas condiciones de higiene y mantenimiento, siendo de su cargo los daños que se produzcan al mobiliario urbano, pavimentos, especies vegetales y demás instalaciones, tanto a nivel de superficies aéreas o subterráneas, prohibiéndose terminantemente hacer uso de árboles, columnas de alumbrado público u ornamentos para la instalación de equipo sonoro, luminarias o carteles de cualquier tipo y en caso de utilizar equipo de amplificación, los decibeles deberán ajustarse a la normativa vigente y b) de todas las consecuencias que se originen o deriven de la actividad a desarrollar, quedando la Intendencia exonerada de toda responsabilidad; C) Efectuar las coordinaciones correspondientes con el Municipio B y los Servicios Centro Comunal Zonal Nº 2 y Central de Inspección General y D) El incumplimiento de las condiciones en que se otorga, así como las molestias que puedan provocarse al vecindario, dará lugar a la inmediata suspensión de la actividad.-
        2º.- Establecer que deberá cumplir con la normativa vigente en materia de espectáculos públicos.-
        3º.- Comuníquese a la Secretaría General para conocimiento de la Jefatura de Policía de Montevideo, al Municipio B, a los Servicios Centro Comunal Zonal Nº 2 y Central de Inspección General y pase a la Oficina Central de este Departamento para la notificación pertinente y demás efectos.-

Eleonora Bianchi Caserta, Directora General.-