Resolución N° 227/04/6300
Nro de Expediente:
6302-000837-04
 
DESARROLLO AMBIENTAL
Fecha de Aprobación:
5/7/2004


Tema:
CLAUSURA

Resumen:
Se levanta la clausura a la empresa GRAN TORRE S.A., No. de RUC 211159490012, que gira en el ramo de curtiembre, con domicilio en la calle Ferreira y Artigas No. 197, dentro de los límites del Servicio Centro Comunal Zonal No. 14o.

Montevideo, 5 de Julio de 2004.-
 
      VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la firma GRAN TORRE S.A., No. de RUC 211159490012, que gira en el ramo de curtiembre, con domicilio en la calle Ferreira y Artigas No. 197, dentro de los límites del Servicio Centro Comunal Zonal No. 14o;
      RESULTANDO: 1o) que por Resolución No. 521/04, de fecha 9 de febrero de 2004, el Intendente Municipal de Montevideo, dispuso la clausura preventiva de las actividades de la mencionada firma por incumplimiento al Decreto No. 13.982, Artículo 4o. (Ordenanzas sobre Disposición de Aguas Residuales Industriales) hasta que se de cumplimiento a lo expuesto en fojas 32, Autorización de Desagües Industrial;
      2o) que con fecha 4 de marzo del año en curso, la mencionada empresa gestiona se levante la clausura;
      CONSIDERANDO: 1o) que la Unidad de Efluentes Industriales del Servicio de Operación y Mantenimiento de Saneamiento con fecha 23 de junio de 2004, expresa, que no habría inconveniente en que se levante la clausura preventiva, compartiendo lo manifestado por la Dirección Nacional de Medio Ambiente (DINAMA), que luce a fojas 44 y 45 de estas actuaciones;
      2o) que la mencionada Dirección le otorga un plazo de noventa (90) días, para la presentación del Informe de Puesta en Operación de su sistema de tratamiento de líquidos residuales;
      3o) que según Resolución No. 2814/00 de fecha 10 de agosto del 2000 el Intendente Municipal de Montevideo, delegó en el Director General del Departamento de Desarrollo Ambiental, la facultad de autorizar la rehabilitación de los establecimientos cuyo funcionamiento hubiera sido impedido, una vez eliminadas las circunstancias que

      ameritaron la medida;
      EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO
      DE DESARROLLO AMBIENTAL
      EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
      RESUELVE:
      1o.-Autorizar a reanudar las actividades a la empresa GRAN TORRE S.A., No. de RUC 211159490012, que gira en el ramo de curtiembre, con domicilio en la calle Ferreira y Artigas No. 197, dentro de los límites del Servicio Centro Comunal Zonal No. 14o, dentro de los límites del Servicio Centro Comunal Zonal No. 14
      2o.-La Unidad de Efluentes Industriales del Servicio de Operación y Mantenimiento de Saneamiento controlará las condiciones de funcionamiento y de producirse un impacto negativo en la zona, se reaplicará la clausura sin más trámite.
      4o.-Comuníquese al Departamento de Descentralización, los Servicios Central de Inspección General y Centrro Comuanl Zonal No. 14 y a la Unidad de Efluentes Industriales; cumplido, pase a la División Saneamiento para la notificación a la firma involucrada.

FERNANDO NOPITSCH, Director General (I) del Departamento de Desarrollo Ambiental.-