Resolución N° 1467/99
Nro de Expediente:
A 20356
 
CULTURA
Fecha de Aprobación:
26/4/1999


Tema:
CONVENIOS

Resumen:
Aprobar las cláusulas de convenio de patrocinio a suscribirse entre la IMM y la institución Alianza Francesa.

Montevideo, 26 de Abril de 1999.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados, con el convenio a suscribirse entre la Intendencia Municipal de Montevideo y la institución Alianza Francesa;
        RESULTANDO: 1o.) que en el marco de las políticas de cooperación, esta Comuna desarrolla el proyecto "Teatro para la Educación" a través de la Unidad Teatro en el Aula, en coordinación con el Consejo de Educación Secundaria;
        2o.) que el proyecto "Teatro para la Educación" antes mencionado, es una propuesta que consiste en el acercamiento de la actividad teatral a los centros de estudio y se viene realizando desde hace doce años, conteniendo ciclos de representaciones en aulas y en salas teatrales, y de talleres complementarios dirigidos a alumnos y a docentes;
        3o.) que a través del fortalecimiento de los lazos de cooperación, y de la incorporación de nuevos actores de nuestra sociedad al proyecto en cuestión, como lo es en este caso, la institución Alianza Francesa, se procura así, el logro de un objetivo común: el beneficio de la comunidad;
        4o.) que por lo expuesto la Divisón Promoción y Acción Cultural, sugiere se apruebe un proyecto de convenio que luce agregado a fs. 6 de estas actuaciones;
        CONSIDERANDO: que la Dirección General del Departamento de Cultura entiende que procede aprobar las cláusulas del convenio de referencia;

        EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:

        1.- Aprobar las cláusulas del convenio a suscribirse entre la Intendencia Municipal de Montevideo y la institución Alianza Francesa, en los siguientes términos: CONVENIO DE PATROCINIO: En Montevideo, a los días del mes de de mil novecientos noventa y nueve, comparecen: POR UNA PARTE: la Intendencia Municipal de Montevideo, en adelante denominada IMM, representada por , en su calidad de , con domicilio en Avda. 18 de Julio Nº 1360 y POR OTRA PARTE: la institución Alianza Francesa, representada por el Sr. Pierre Legionet, C.I. N° 2.834.364, con domicilio en la calle Soriano N° 1176, en su calidad de Secretario del Consejo de Administración de la misma, quienes acuerdan lo siguiente: ANTECEDENTES: En el marco de las políticas de cooperación la IMM desarrolla el proyecto "Teatro para la educación", a través de la Unidad Teatro en el Aula, en coordinación con el Consejo de Educación Secundaria. La propuesta consiste en el acercamiento de la actividad teatral a los centros de estudio y se viene realizando desde hace doce años, conteniendo ciclos de representaciones en aulas y en salas teatrales y de talleres complementarios dirigidos a alumnos y a docentes. En ese mismo camino de fortalecimiento de los lazos de cooperación, y a través de la incorporación de nuevos actores de nuestra sociedad al proyecto en cuestión, como lo es en este caso la institución Alianza Francesa, se procura el logro de un objetivo común: el beneficio de la comunidad. CLAUSULA PRIMERA - OBLIGACIONES DE LA ALIANZA FRANCESA: Dicha institución cede la utilización de parte de sus instalaciones del edificio sito en Soriano N° 1176, para que la Unidad Teatro en el Aula desarrolle actividades durante el período que va de la firma del presente convenio, hasta el 22 de noviembre de 1999, de acuerdo al siguiente detalle: 1) Los salones indicados con las letras S y T del tercer piso del citado edificio. 2) Un salón para la realización de ensayos de los títulos para el aula, durante cuatro semanas, en una franja horaria de 4 horas, en los meses de abril, julio y agosto del año en curso respectivamente. 3) La utilización de la sala 1 para la representación de uno o más títulos. Durante los días jueves, entre el 29 de abril y el 30 de setiembre de este año. Quedando a convenir, según disponibilidad de dicha sala, la realización de una función más por semana. 4) La limpieza, calefacción y servicio de vigilancia general del edificio. 5) Las actividades serán desarrolladas en días y horarios a convenir entre las partes, según las necesidades de la Unidad. CLAUSULA SEGUNDA - OBLIGACIONES DE LA IMM: Por su parte, la IMM se compromete a: 1) Transferir la suma de U$S 8.000,oo (dólares americanos ocho mil) a la Alianza Francesa, pagaderos en 8 cuotas mensuales, iguales y consecutivas de U$S 1.000,oo (dólares americanos mil), la primera a la firma del presente convenio y las subsiguientes los días 22 de cada mes. 2) Abonar la suma de $ 400,oo (pesos uruguayos cuatrocientos) cada vez que la Sala 1 sea utilizada. CLAUSULA TERCERA: El presente convenio tendrá vigencia para la temporada en curso. CLAUSULA CUARTA: Las partes pactan la mora automática, estableciéndose que la IMM podrá rescindir unilateralmente el presente convenio en caso de incumplimiento.
        De conformidad y para constancia se firman dos ejemplares de igual tenor en el lugar y fecha indicados en el acápite.-
        2.- Delegar la firma del presente convenio en el Director General del Departamento de Cultura.-
        3.- Comuníquese a la Secretaría General para su transcripción a la Junta Departamental de Montevideo, al Departamento de Recursos Financieros, a la División Promoción y Acción Cultural, al Servicio de Relaciones Públicas y Comunicaciones, a las Unidades de Apoyo y Asesoramiento y Teatro en el Aula del Departamento de Cultura y de Convenios, y pase - por su orden - al citado Departamento para la suscripción del convenio de referencia y al Servicio de Contabilidad General.-
ARQ. MARIANO ARANA, Intendente Municipal.-
DRA. MARIA JULIA MUÑOZ, Secretaria General.-