Resolución N° 327/02
Nro de Expediente:
4431-005595-01
 
RECURSOS HUMANOS Y MATERIALES
Fecha de Aprobación:
21/1/2002


Tema:
HORAS EXTRAS

Resumen:
Se exceptúa de los topes previstos en el Art. R. 175.3, al amparo del Art. R. 175.4, Volumen III del Digesto Municipal, autorizando la realización de hasta 72 horas extras de labor mensuales, al Sr. Julio Briozzo.-

Montevideo, 21 de Enero de 2002.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones, promovidas por el Servicio de Mantenimiento de Vehículos;
        RESULTANDO: 1o.) que en las mismas solicita se exceptúe de los topes previstos en el art. R. 175.3, al amparo del art. R. 175.4, Volumen III del Digesto Municipal, al funcionario Sr. Julio Briozzo, C.I. Nº 1.342.855, autorizándolo a realizar hasta 72 (setenta y dos) horas extras de labor mensuales;
        2o.) que la División Limpieza se manifiesta de conformidad;
        CONSIDERANDO: que la Dirección General del Departamento de Recursos Humanos y Materiales estima procedente dictar resolución en el sentido solicitado, por un periodo de 6 (seis) meses;
        EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1º.- Exceptuar de los topes previstos en el art. R. 175.3, al amparo del art. R. 175.4, Volumen III del Digesto Municipal, al funcionario Sr. Julio Briozzo, C.I. Nº 1.342.855, autorizándolo a realizar hasta 72 (setenta y dos) horas extras de labor mensuales, a partir de la fecha de la presente resolución, por un periodo de 6 (seis) meses.-
        2°.- Las horas extras de referencia se encuentran comprendidas en el cupo correspondiente al Departamento de Desarrollo Ambiental.-
        3°.- Comuníquese al Departamento de Desarrollo Ambiental; a la División Limpieza, al Servicio de Mantenimiento de Vehículos, que notificará al funcionario; a las Unidades Auditoría de Personal, Empleos y Valoración
        de Puestos; y pase, por su orden, a los Servicios de Liquidación de Haberes y Administración de Recursos Humanos, a sus efectos.-
SR. ERNESTO DE LOS CAMPOS, Intendente Municipal (I).-
ING. QUIMICO PABLO BUONOMO, Secretario General (I).-