Resolución N° 168/11/6000
Nro de Expediente:
6440-002273-10
 
PLANIFICACION
Fecha de Aprobación:
7/12/2011


Tema:
VIGENCIAS

Resumen:
Autorizar desde el punto de vista urbanístico, de acuerdo a lo dispuesto por los Arts. D.8 (modificación cualificada), y D.40 del Volumen IV, Urbanismo, Plan Montevideo (POT), Título I, Capítulos I y IV respectivamente del Digesto, exceder la altura reglamentaria hasta los 46,84 metros, en el bien inmueble empadronado con el Nº 5121, ubicado con frente a la Av. 18 de Julio Nº 857, entre las calles Convención y Andes, dentro de los límites del C.C.Z. Nº 1, Municipio B.-

Montevideo, 7 de Diciembre de 2011.-
 
          VISTO: el presente trámite en consulta relacionado con la solicitud de tolerancia por exceder la altura reglamentaria, en el bien inmueble empadronado con el Nº 5121, ubicado con frente a la Av. 18 de Julio Nº857, entre las calles Convención y Andes, dentro de los límites del C.C.Z. Nº 1, Municipio B;
          RESULTANDO: 1º) que por Resolución Nº4806/11 de fecha 19 de octubre de 2011, se solicitó la correspondiente anuencia a la Junta Departamental de Montevideo la que fue otorgada por el Decreto Nº33.976 de fecha 10 de noviembre de 2011;
          2º) que por Resolución Nº5284/11 de fecha 21 de noviembre de 2011, se promulgó el Decreto antedicho pasándose estas actuaciones al Departamento de Planificación;
          CONSIDERANDO: que por Resolución Nº3089/10 de fecha 12 de julio de 2010, se delegó en el Director General del Departamento de Planificación la facultad de dictar Resoluciones cuyo objeto hubiera sido previamente autorizado o facultado por la Junta Departamental de Montevideo, mediante Decretos que oportunamente se hubiesen promulgado por este Ejecutivo;
          EL DIRECTOR GENERAL
          DEL DEPARTAMENTO DE PLANIFICACIÓN
          EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
          RESUELVE:
          1º. Autorizar desde el punto de vista urbanístico, de acuerdo a lo dispuesto por los Arts. D.8 (modificación cualificada), y D.40 del Volumen IV, Urbanismo, Plan Montevideo (POT), Título I, Capítulos I y IV respectivamente del Digesto, exceder la altura reglamentaria hasta los 46,84 metros, en el bien inmueble empadronado con el Nº 5121, ubicado con frente a la Av. 18 de Julio Nº 857, entre las calles Convención y Andes, dentro de los límites del C.C.Z. Nº 1, Municipio B, según gráficos aprobados adjuntos al expediente Nº6440-002273-10.-
          2º. Establecer que los solicitantes deberán realizar los trámites tendientes a la obtención del permiso ante el Servicio de Contralor de la Edificación correspondiendo la aplicación de mayor aprovechamiento por la suma de $10:123.949 (pesos uruguayos diez millones ciento veintitres mil novecientos cuarenta y nueve), debiéndose realizar el pago del 10 % de la suma indicada, por concepto de precio compensatorio, según las modalidades establecidas en la Resolución Nº 1066/07 de fecha 26 de marzo de 2007.-
          3º. Comuníquese al Municipio B; al Departamento de Acondicionamiento Urbano; a la División Planificación Territorial; a los Servicios de Contralor de la Edificación, Centro Comunal Zonal Nº 1 y Catastro y Avalúos; a la Unidad de Patrimonio y pase a la Oficina Central del Departamento de Planificación.-

Arq. JUAN PEDRO URRUZOLA, Director General del Departamento de Planificación.-